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¿Se hizo justicia o falló Martín Soria?: la Corte Suprema y una decisión que le costará $80.000 millones a la Casa Rosada

La determinación se conoció horas después de una reunión del ministro de Justicia con las autoridades del máximo tribunal

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Casa Rosada. (Foto: Télam).
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La Corte Suprema de Justicia le ordenó al Estado nacional la devolución de unos 80.000 millones de pesos a Santa Fe por la detracción de fondos coparticipables. Este fallo del máximo tribunal se dio a conocer luego del primer encuentro entre el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, con las autoridades de la Corte. Con lo cual, la pregunta es: ¿se hizo justicia o falló la charla con el funcionario?

El máximo tribunal, con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, cristalizó los efectos de un fallo firmado el 24 de noviembre de 2015 ante una “acción declarativa de inconstitucionalidad” instada por Santa Fe contra la Nación, según informó NA. En ese entonces, todavía no se había cuantificado el monto a reintegrar a las arcas provinciales.

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La provincia obtuvo fallo favorable en su pedido de inconstitucionalidad de la detracción del 15% de la masa de impuestos, pero dejó librado a un acuerdo de partes el monto que el Estado debía devolver. El pago nunca terminó de concretarse por falta de acuerdo y la Corte volvió a intervenir. Evaluó que “las partes coinciden en cuanto al monto histórico mensual de los descuentos efectuados, con la salvedad del período noviembre de 2015”.

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Ante esta situación, el máximo tribunal resolvió que “corresponde disponer que los intereses se computen a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina”, lo que eleva el monto a más de 80.000 millones de pesos. La intención de la Nación era una “reducción prudencial de la cantidad resultante de la liquidación –que estima en un tercio–, en función de lo que considera un crecimiento proporcionalmente mayor en las prestaciones que la Anses tuvo a su cargo en la Provincia durante todo el período (liquidado) y hasta la actualidad”.

Sin embargo, esa suerte de mecanismo de compensación fue desestimado por el fallo que salió este martes. “La pretensión del demandado (el Estado Nacional), consistente en que se le aplique la tasa del 6,72763943919512% nominal anual, no resulta admisible, porque dicho porcentaje no fue previsto por las partes en el Consenso Fiscal para la situación de los juicios con sentencia firme de este Tribunal”, dijo la Corte.

El Estado también invocó como argumento la aceptación por parte de la provincia de la cancelación parcial de la deuda mediante bonos, pero la Corte le replicó: “Tampoco puede ser admitida la interpretación del impugnante según la cual la aceptación de los títulos por parte de la Provincia de Santa Fe habría significado la conformidad de esta última en cuanto a la aplicación de la tasa de interés fijada”.

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Cabe recordar que el fallo original de la Corte fue firmado apenas había asumido Mauricio Macri en 2015, pero las partes no se pusieron de acuerdo a lo largo de casi seis años, por lo que Santa Fe planteó la necesidad de que fijara el monto del resarcimiento. Con lo cual, la Corte terminó especificando la forma en que debe realizarse el cálculo, tal cual pretendía la provincia.

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