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El legislador Roberto Palina “muy complicado” en la denuncia por presunto abuso sexual

La víctima sería una niña de 13 años que estaba bajo su cuidado en un departamento. En ese marco, se conoció el resultado de la pericia de la cámara Gesell por la que pasó la víctima.

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Roberto Palina
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No podía salir de su incredulidad Roberto Palina. Cuando en su momento, el legislador peronista fue debidamente notificado acerca de que se le había abierto un expediente por la denuncia de abuso sexual en su contra, no podía dar cuenta de lo noticia. Mucho menos todavía cuando la misma fue ratificada por la madre de una menor de edad, una todavía niñas de apenas unos 13 años.

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Todo comenzó cuando la madre de la víctima relató que su hija era oriunda de una localidad del este de la provincia y que, de lunes a viernes, se quedaba en la casa en la que vivían Palina y su pareja. Esto se debía al hecho de que la menor cursaba sus estudios secundarios en un colegio de la capital. Y fue la propia damnificada quien en el pasado mes de febrero le pidió a su madre que la cambiara de su establecimiento y que la inscribiera en una escuela de su localidad natal.

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En un principio, la mujer se negó a hacerlo, por lo que la niña sufrió una profunda crisis de nervios. Según figura en el texto de la denuncia policial, la denunciante dijo que la reacción de su hija fue debido a que directamente acusó al legislador de haber abusado de ella al menos tres veces el año pasado, cuando su tía salía a realizar actividades fuera del departamento en el que vivían.

Ese mismo día, el expediente fue recibido en la fiscalía I de Delitos contra la Integridad Sexual que conduce María del Carmen Reuter. Grande fue su sorpresa cuando se percató de quién era el denunciado. Fue por ello que remitió a la causa a la fiscal regional Mariana Rivadeneira. Cabe recordar que el nuevo Código Procesal Penal establece que la investigación contra un parlamentario debe ser realizada por los jefes de los fiscales.

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Entonces, la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), solicitó que se le dictara una prohibición de acercamiento en contra del legislador y a favor de la víctima y de sus familiares y que se la autorizara a investigar a Palina. Los planteos fueron rechazados por la jueza María Carolina Ballesteros, que según trascendió, habría fundamentado que la medida de protección podría pedirla el MPF y porque aún no había pruebas suficientes para iniciar la pesquisa.

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Fue por ello que, ante la negativa, ni lerda ni perezosa, Rivadeneira dictó una medida de protección de la que fue notificado el denunciado. En esta oportunidad, el pedido terminó en el despacho de Fanny Siriani, quien autorizó a que se investigara al legislador que además es el titular de FOTIA, el sindicato de los trabajadores de la industria azucarera. Y estableció que la investigación debía realizarse en dos meses.

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En un principio, se dejó en claro ese plazo podría extenderse si la fiscal solicitara una prórroga. En ese marco, para que no quedara duda alguna de la prolijidad con la que se llevó a cabo el debido proceso, en la resolución, la propia magistrada dio una larga explicación jurídica sobre por qué había autorizado a abrir la investigación en contra del legislador, citando las normas del Código Procesal Penal y todos los tratados internacionales que castiga los delitos de género.

“En esta línea de ideas, entiendo que autorizar la presente investigación sumaria conlleva materializar el fiel cumplimiento de la manda convencional, por lo que no encuentro obstáculos en el requerimiento de autorización; más aún, teniendo en cuenta que en estos tipos de delitos la mera denuncia justifica ingresar a su investigación”, fundamentó. Pero eso no fue todo de parte de la magistrada.

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Y es que, además de lo anterior, Fanny Siriani aprovechó la ocasión para advertir seriamente también que “sin inmiscuirme en el rol investigativo, la presente autorización se concede por el plazo de dos meses, bajo pena de caducidad. Debiendo el titular de la Fiscalía Regional de este Centro Judicial Capital adoptar las medidas necesarias a los fines de la correspondiente investigación”.

Fue por ello que, con la autorización concedida, la fiscal ordenó que profesionales realizaran un psicodiagnóstico para determinar en qué estado se encuentra la víctima. Y es que, si se encontraba en condiciones, se iba a proceder a pedir turno para que se le realice una cámara Gesell. De hecho, eso fue lo que realmente terminó pasando y la víctima finalmente pudo acceder a este estudio.

En ese sentido, cabe recordar que se trata de una pericia en la que profesionales, a través de entrevistas, procuran descubrir a través de su palabra lo que sucedió. Todas las partes pueden participar de la medida y hasta aclarar algunos puntos que se crean convenientes. Luego los profesionales elaboran un informe que debe ser analizado por la fiscala. Con lo que no contaba Palina es con el resultado de la cámara Gesell.

Y es que trascendió que la misma habría arrojado resultados donde quedarían comprobado el abuso sexual que en su momento denunció la madre de la menor. De esta manera, la situación del dirigente peronista se complica todavía más. Además, cabe mencionar que se estableció que, en caso de que en el desarrollo de la pesquisa surjan indicios para imputar a un legislador, se deberá realizar un pedido ante el juez competente.

Y es que el mismo tiene por fin solicitarle al magistrado nada más ni nada menos que el desafuero o destitución a la Legislatura. De esta manera, Roberto Palina pasó a forma parte del grupo de dirigentes tucumanos sobre los que existen denuncias de abuso. Entre los más renombrados que tienen causas penales en curso por acusaciones de violencia sexual que integran esta lista.

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José Alperovich

Es decir, figuran desde el ex senador y otrora gobernador provincial, José Alperovich, el legislador Ricardo Bussi y el intendente de Famaillá, José Orellana. Ahora se le suma Roberto Palina, cuya situación se vio todavía más complicada a sabiendas del resultado que habría arrojado la pericia de la cámara Gesell, por la que pasó la víctima de apenas 13 años, cuyo resultado sería positivo en lo que a existencia de abuso sexual se refiere.

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