En lo que hace a la actualización jubilatoria de septiembre y la comparación con la inflación, cabe mencionar que la séptima medición de la misma llegará al 15,53% a partir del mes que viene. A esto debe sumársele un refuerzo de ingresos de $7.000 pagaderos en septiembre, octubre y noviembre. De todos modos, este dato se ubica por debajo de las expectativas de inflación para el período julio-septiembre.
Esto se debe al hecho de que la inflación estimada en ese período de tiempo se estima en 20,0% en el trimestre, es decir, supera la actualización jubilatoria. En un primer momento, al comparar la inflación del período de donde se aplica la actualización durante 2021 se observa que la primera actualización significó un incremento de 8,07%, mientras que la inflación alcanzó 12,92%.
El problema es que, desde la segunda en adelante, el resultado se invierte: 12,12% vs 10,98%, 12,39% vs 9,27% y 12,11% vs 10,12%. Esto significa que tres de las primeras cuatro actualizaciones jubilatorias de 2021 consiguieron superar la inflación (junio, septiembre y diciembre 2021). Mientras que, para compensar el segundo trimestre, se pagó un bono de $5.000 en agosto.
Finalmente, en diciembre de 2021, los jubilados percibieron hasta $8.000, cobrando no menos de $37.062. Esto significa que la fórmula posibilitó mejorar el derrotero de la evolución del haber, logrando que el 2021 cierre con 52,67% de actualización contra 50,79% de inflación. En 2022, la primera actualización sumó 12,28%, pero la inflación superó dicho guarismo y se ubicó en 16,07%.
En el segundo trimestre, y con una inflación creciente, la segunda actualización del año, (de 15,0%) no logró superar la evolución de precios del período que alcanzó 17,3%. Para compensar lo sucedido, se decidió implementar un bono de $6.000 pagadores en abril. Luego de ello, y con el objetivo de equiparar el Refuerzo de Ingresos se decidió incorporar un segundo monto, pagaderos en mayo, de $12.000.
La tercera actualización alcanzó 15,53% y si se cumpliesen los pronósticos quedaría por debajo de la evolución de precios. Para compensar la situación, se impulsó un bono de $7.000 mensuales para el período septiembre a noviembre. La modificación de la fórmula permitió mejorar el indicador en lo que respecta a los meses de marzo 2021, diciembre 2022, marzo 2022 y septiembre de 2022.
Si se considera la jubilación mínima desde principios de 2019 en adelante, se observa que la curva se mantiene relativamente estable, con los saltos relacionados con el impacto de los bonos respectivos, aunque con un mínimo en el tercer trimestre de 2022. Esto quiere decir que no se recuperan aún los valores perdidos durante los 4 años de gestión de Cambiemos, pero la jubilación mínima no pierde mayormente contra la inflación.
Vale mencionar que el monto de $18.000 y el anunciado de $7.000 para el periodo julio-septiembre más que compensa, en la jubilación mínima, el diferencial de los primeros tres trimestres de actualización de la movilidad y la evolución de la inflación. La evolución actual de la movilidad implica que la actualización futura (diciembre) le gane a la inflación para producir el efecto mencionado anteriormente.
Si se compara los índices de movilidad con la fórmula anterior y los resultantes de la aplicación de la ley actual, se observa un evidente mejor desempeño de la reciente norma. La actualización jubilatoria, en caso de haberse mantenido la fórmula votada a finales de 2017 hubiese sumado 49,6% en 2021 y 40,8% en lo que va del 2022. Asimismo, con la nueva fórmula, ese valor ascendió a 52,7% en 2021 y 49,2% en lo que va del 2022. La diferencia asciende a 17,1 puntos.
Para comparar, si la jubilación mínima con la actualización de septiembre alcanza a $43.352, con la movilidad anterior sería de $38.955, es decir, de casi $4.400 menos. Asimismo, la jubilación media alcanzará aproximadamente $66.895 en septiembre de 2022 con la nueva ley y hubiese sumado $59.672 con la anterior, es decir, una diferencia de $7.222. En la serie acumulada de diferencias desde inicio de 2021 a la fecha, existe un dato incontrastable.
Y es que los jubilados hubieses recibido con la antigua ley $40.092 menos en el caso de la jubilación mínima y $66.944 en el caso de la jubilación media. Por otra parte, se encuentra en vigencia el cálculo del 82% Móvil, esto es que, en caso de que el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) supere a la jubilación mínima, entonces los jubilados reciban dicho haber habiendo logrado su jubilación con 30 años de aportes.
Dada la decisión de adelantar los incrementos de SMVM, en el mes de agosto el 82% del SMVM alcanzaría los $39.237, mientras que el haber mínimo sumará $37.525. En definitiva, en ese mes, las personas mencionadas sumarán $1.712 a su haber. Vale mencionar que se convocó al Consejo del Salario para el día 22 de agosto, por lo que el incremento del SMVM, podría desembocar en un diferencial adicional en los próximos meses.