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La Justicia decidió que un condenado no resida en la misma ciudad que su víctima

La pena propuesta era de cumplimiento condicional. La denunciante entendió la situación pero pidió más medidas de protección

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“No estoy de acuerdo con que sólo deba usar una pulsera de control. Yo vivo en una casa de madera, sí él ya intentó entrar y quemar la vivienda de material que teníamos, entonces una de madera no lo detendrá. Ya me demostró que no le importa si están mis hijos o no”, expresó C.F.R durante la audiencia de juicio abreviado en la que se resolvía el futuro de su esposo, M.I.S. Al final se resolvió que el condenado no pueda residir en la misma ciudad que la víctima.

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El hombre llegaba acusado por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. Al no tener antecedentes por condenas previas y al reconocer su autoría en el hecho, la Fiscalía de Violencia de Género II proponía una pena de un año de ejecución condicional y la imposición de normas de conducta para el imputado. Ante el reclamo de C.F.R, el auxiliar fiscal Álvaro Litovic tuvo una reunión privada con la mujer y le explicó las limitaciones legales que tenían para poder aspirar a una pena mayor (por el delito de lesiones).

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“Comprendo lo que me dicen, pero por mi seguridad quisiera irme a un lugar seguro. Alquilar una casa de material. Hoy no duermo pensando en que él puede escapar (el acusado estaba con prisión preventiva) y venir a buscarme. Acá los vecinos son cómplices de sus acciones. Quiero irme a un lugar seguro con mis hijos, yo ya tomé la decisión de no aceptarlo más en mi vida”, agregó la víctima.

Agresiones

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Si bien la mujer hizo alusión a más de un caso de violencia, el hecho que se investigaba en este legajo ocurrió el 12 de noviembre pasado en horas de la madrugada. Según relató el auxiliar fiscal, ese día cerca de la 1.30 la pareja viajaba en auto por calle General Paz y, a la altura de la esquina con avenida Sáenz Peña, comenzaron a discutir. “El hombre se puso a agresivo: comenzó a insultarla y a agredirla, comenzó a ahorcarla con el brazo hasta que la mujer no aguantó más. La víctima logró sacárselo de encima y abrió la puerta para arrojarse del vehículo en movimiento”, describió Litovic.

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Tras el hecho, C.F.R sufrió algunas lesiones, cuando se recuperó fue a buscar a un policía y denunció el hecho en la seccional 2. M.I.S se fugó del lugar, pero días después regresó al hogar para restablecer la relación. Por nuevos hechos de violencia, C.F.R decidió dejar a su marido tras 20 años de estar en pareja (7 años casados).

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En el juicio

Luego de la reunión, Litovic explicó que ya le habían aclarado los alcances que tenían para esta causa. También explicó que no consideraban prudente una condena de cumplimiento efectivo porque no había antecedentes y porque eso afectaría a los hijos del condenado.

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“Voy a poner toda mi confianza en esa pulsera electrónica y en la Justicia, veremos si él cumple, pero no lo creo. Fue capaz de atacarme frente a sus hijos y de hacer tiros a mi casa”, agregó la víctima.

El juez Federico Moeykens, quien debía resolver si aceptaba o no el planteo, pidió explicaciones sobre esa última manifestación. El auxiliar aclaró que el tema de la presunta balacera no había sido denunciada en este proceso. La mujer reconoció que se tratarían de hecho diferentes. “Bueno, tendré que vivir así. Dormir con miedo y confiar en la Justicia”, se resignó C.F.R. El magistrado no dejó pasar esas palabras finales.

Resolución

El juez le consultó a M.I.S y a su defensora, Delfina Romano, si estaban de acuerdo con lo estipulado en el juicio abreviado. Ambos aceptaron, aunque la defensora sí planteó que restringir que el padre se acerque a la escuela de los hijos le parecía excesivo.

Con ese consentimiento, el juez validó el acuerdo entre las partes y condenó a un año de prisión condicional a M.I.S, pero decidió agregar una restricción más a las que imponía la fiscalía. De esa manera, el condenado, que recuperará la libertad en breve, deberá fijar residencia en otro distrito que no sea la capital ni Las Talitas, para mantenerse alejado de la víctima. “Para que la señora no tenga que vivir con ese miedo, es necesario aplicar los compromisos internacionales que asumió el Estado argentino. Hay que aplicar perspectiva de género”, fundamentó.

Además, M.I.S no podrá acercarse a la escuela de sus hijos (su madre los lleva y trae), al domicilio de la víctima ni a dos CAPS frecuentados por C.F.R. No podrá tener armas y deberá usar dispositivos de control, hacer tratamiento psicológico y acreditarlo ante la Justicia.

Recurso legal: la defensa no descartó la vía impugnativa; evaluarán la situación

Luego de resolver, el juez consultó si alguna de las partes deseaba impugnar el fallo. La Fiscalía adelantó que renunciaba a la vía impugnativa, sin embargo, por el inesperado final que tuvo la audiencia, la defensora oficial Romano adelantó que evaluarían el caso junto al titular de esa Defensoría, Guillermo González. En el acuerdo abreviado, la defensa pedía que la libertad de M.I.S no fuera demorada más de 10 días por falta de dispositivos duales. En ese sentido, buscar un nuevo lugar de residencia (se había propuesto una casa en el sur de la capital) podría significar más demoras.

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