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Los clientes de las prepagas tendrán que comunicar cuánto ganan

Deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud si ganan menos de seis salarios mínimos ($371.718) para que las empresas de medicina prepaga solo les aumenten un 4,91% la cuota de febrero. De lo contrario, el ajuste será del 8,21%

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Los afiliados a la medicina privada deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud si ganan menos de seis salarios mínimos ($371.718) para que las empresas de medicina prepaga solo les aumenten un 4,91% la cuota de febrero. De lo contrario, el ajuste será del 8,21%. Se trata de una “declaración jurada de ingresos” que se hará en Internet y deberá realizarse antes del día 20.

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Esta primera declaración toma en cuenta los ingresos netos de noviembre 2022 y debe ser registrada por “el usuario titular”, según fuentes de la Superintendencia, que también adelantaron que la Resolución respectiva será publicada en estos días en el Boletín Oficial. El trámite deberá hacerse todos los meses ya que el aumento diferenciado del valor de las cuotas que fijó el Gobierno es mensual.

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Y la variación de los ingresos de los afiliados y la evolución del salario mínimo vital y móvil (SMVM) también pueden tener cambios mensuales. El formulario ya está online en la web de la Superintendencia (www.sssalud.gob.ar o www.sssalud.gob.ar/misssalud/). Cabe mencionar que para acceder a él hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP.

Una vez en la página de la Superintendencia, el afiliado deberá hacer clic en el acceso a “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”. Entre otros datos, deberá “confirmar” los casilleros que dicen: “Declaro que poseo ingresos netos inferiores a 6 SMVM” y, a continuación, “Autorizo a la SSSalud a validar los datos ingresados con otros organismos”. La medida abarca a los afiliados voluntarios y a los que derivan sus aportes obligatorios a través del sistema de obras sociales.

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Al respecto, es menester dar cuenta acerca de que las prepagas ya empezaron a informar de la necesidad del registro a sus socios. “Para acceder a este ajuste (del 4,91%) usted deberá informar con carácter de Declaración Jurada y en forma mensual los ingresos netos de los y las contratantes del mes anterior, a través del sitio web que habilitará la Superintendencia de Servicios de Salud”.

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Y agregan: “La declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder”. En otros casos, se le especifica al afiliado que “la falta de veracidad en la declaración jurada, será considerada en los términos del Art. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione”.

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Habrá que cargar el formulario antes del día 20 para que las prepagas dispongan del tiempo suficiente para facturar con los porcentajes de incremento que corresponda. A quienes no realicen el trámite, se les aplicará el incremento del 8,21%. Fuentes de la SSSalud señalan que ni ese organismo ni las prepagas tienen información sobre los ingresos de los afiliados por lo que se resolvió que esa información recaiga sobre el afiliado en los términos de una declaración jurada.

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