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Desapareció documentación clave de la AFIP que complicaría a Cristóbal López

La jueza de la quiebra removió a los síndicos por entregarle el "legajo" a un abogado del empresario patagónico; en la imagen, López, con un ejemplar de "Sinceramente", el libro de Cristina Kirchner Fuente: Archivo
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En un giro inesperado que podría causarle pérdidas millonarias al Estado nacional, la documentación que sustenta el reclamo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en contra de Oil Combustibles , la petrolera de los empresarios patagónicos Cristóbal López y Fabián de Sousa, no aparece. Así lo alertó la jueza a cargo de la quiebra, Valeria Pérez Casado , que dio 48 horas para que aparezcan el material faltante.

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El eventual extravío del “legajo” de la AFIP, como se lo conoce, provocó la inmediata remoción de los síndicos de la quiebra, quienes estaban a cargo de custodiar las cajas que contenían la documentación reservada pero se las entregaron a un abogado de López, sin pedirle autorización previa a la jueza Pérez Casado, ni informarle sobre esa entrega durante más de ocho meses.

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Los síndicos también quedaron bajo la lupa judicial porque una vez removidos de sus cargos fueron más lejos. Aprovecharon una laguna en la resolución y radicaron una demanda contra la AFIP en un expediente colateral que inició otra empresa de López y De Sousa, Inversora M&S.

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La eventual desaparición del “legajo” de la AFIP se detectó a mediados de febrero, cuando llegó al Juzgado en lo Comercial N° 5 un oficio del Tribunal Fiscal, que solicitó acceder a toda la documentación respaldatoria del reclamo de la AFIP, y la jueza le ordenó a los síndicos, que integran el estudio “Capurro, Rossello y Zaragoza” que entregaran ese material “dentro del plazo de 72 horas”.

La respuesta que recibió el Juzgado, sin embargo, no fue la esperada. Los síndicos le informaron que, ocho meses antes, le habían entregado el “legajo” a Alberto Spota , uno de los abogados de Cristóbal López, para que avanzara con el peritaje contable dispuesto por el Tribunal Oral que juzga a los empresarios y al extitular de la AFIP Ricardo Echegaray .

Al ser informada de lo que había ocurrido a sus espaldas, la jueza Pérez Casado dispuso la inmediata remoción de los síndicos. Ese legajo, les recordó en su resolución, “es medular tanto para las controversias suscitadas en este fuero [por el Comercial], como las que se ventilan en la Justicia represiva [por la Penal]. Y ello, obviamente, no escapa al conocimiento de la sindicatura que tiene a través de sus integrantes el deber personal e indelegable de su custodia”.

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En esa misma resolución, la jueza remarcó que los síndicos ya habían acumulado otras conductas reprochables en el expediente de Oil, por las que habían recibido apercibimientos, llamados de atención y multas. Entre ellas, “la exhibición de actuaciones reservadas a interesados no autorizados a verlos”. Es decir, a integrantes del Grupo Indalo.

Al ser notificados de su remoción, los síndicos apelaron. Plantearon que era una sanción “llamativa, arbitraria y desproporcionada”, que la entrega del material a terceros resultaba “un acto inocuo”, ya que adujeron que los documentos solo eran “copias y no originales”, que “el préstamo y exhibición de legajos son cuestiones frecuentes” y que lo hicieron “a fin de cumplir con una pericia oficial a requerimiento de un Tribunal Oral”.

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No solo eso. Los síndicos también afirmaron que todo el material “se encuentra en poder de la perito contadora Flavia Irene Melzi, como corresponde”, y que ella lo tenía “a espera de continuar o finalizar la tarea que le fuese encomendada”. Por eso, plantearon, aun cuando fueran pasibles de una sanción, consideraron que removerlos era un exceso.

Sin embargo, la jueza rechazó sus argumentos. Remarcó que los síndicos faltaron a su deber como responsables de la “cadena de custodia” de la documentación y que no se trata de una “copia” sino del “legajo original” de la AFIP. Es decir, los documentos con que el organismo se presentó ante la Justicia y reclamó que la petrolera Oil Combustibles le adeuda varios miles de millones de pesos, “y con esas mismas constancias, que deben ser exactamente las mismas, deberán resolverse las revisiones”.

Demanda sorpresiva

En las horas que siguieron, sin embargo, los síndicos aprovecharon una laguna en las resoluciones judiciales que los removieron. Como la jueza Pérez Casado no precisó si al apelar ante la Cámara quedaba en suspenso la sanción que les había aplicado, presentaron un escrito en un expediente colateral a la quiebra y demandaron a la AFIP en lugar de Inversora M&S, otra de las empresas de López y De Sousa.

La respuesta de la jueza Pérez Casado fue furibunda: “Destácase que el hecho de que, encontrándose dictada la resolución mediante la cual fueron removidos de su cargo sindical, se apresuren a plantear la presente demanda cuando aún resta un término prudencial a los efectos de su perención y siendo manifiesto que no cuentan con el legajo de la AFIP desde aproximadamente el mes de junio o julio de 2019, confirma y ratifica que no se conducen dentro de los estándares requeridos para ejercer la sindicatura concursal”, sostuvo, para luego destacar que el 19 de diciembre se habían presentado los síndicos en el expediente que inició Inversora M&S para sostener que antes de dar otro paso solicitarían la “autorización de acreedores”, lo que ahora omitieron.

Pero por si fuera poco, la perito Melzi se presentó en el Juzgado y devolvió la documentación que tenía, pero el Juzgado corroboró que el legajo de la AFIP sigue incompleto. Por eso, la jueza Pérez Casado intimó a los síndicos removidos a que entreguen lo que falta, en el plazo de 48 horas, “bajo apercibimiento de adoptar las medidas que se estimen pertinentes”.

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