¿En qué consiste la popularmente conocida “Ley Conan” (en alusión al nombre de un perro fallecido del presidente Javier Milei), propuesta por el diputado de Pro, Damián Arabia? ¿Mejora la norma anterior, llamada Sarmiento?
A los pocos días de que se viralizara en las redes, la imagen de un ómnibus escolar que atropelló, sin hacer el menor esfuerzo por esquivarla, a una perra que cruzaba tranquilamente la calle en Lanús, Arabia presentó un proyecto de ley para aumentar las penas de la anterior normativa (N°14.346).
Ante el hecho, Milei pidió a la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, que se ocupara del tema y que el hombre recibiera el castigo correspondiente. Así, el chofer fue aprendido en su casa de Lomas de Zamora, y declaró ante Silvia Bussano, titular de la Unidad Fiscal N°7 de Lanús. Tras la indagatoria fue liberado y espera el avance de la causa. De esta manera, quedó en evidencia que, a pesar de la ley Sarmiento, el castigo para quien maltrata a un animal es casi nulo.
“Hace mucho que vengo trabajando en un proyecto de ley sobre abandono animal”, indica Arabia. Y agrega: “Eso que desgraciadamente vemos todos los años. El perro, cachorrito, o lo que fuera que se regala para Navidad al niño, y al final de las vacaciones se abandona. Y los lugares de la costa quedan plagados de perros abandonados. Por eso, cuando sucedió lo del atropello, sentí curiosidad por lo que le pasaría al chofer del ómnibus escolar, y cuánto le darían de pena por lo que había hecho”.
“Llegué a la conclusión de que la pena sería nula. Trabajé muchos años en el Ministerio de Seguridad y sé que siempre se da la condena mínima, (de 15 días a un año, como establece la actual ley) con lo que este señor no iría a prisión. Como vi la ola, me apuré a redactar este proyecto para aumentar la pena y que fuera prisión efectiva. El objetivo era que tuviera impacto”, completa. “Lo nombré Proyecto de ley Modificación de la ley Sarmiento. La presenté ese mismo viernes, y explotó. Nunca me imaginé el impacto que tendría. Tampoco le puse ‘ley Conan’. Mi intención es no inferir partidariamente con la ley, y por otro lado no lo hice por respeto al Presidente. Pero la empezaron a nombrar así.”
Penas
El artículo tres del proyecto plantea el endurecimiento de las penas: “Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años y multa de 10 a 30 veces el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, quien infringiere actos de crueldad a los animales”. Dentro de estos, se enumeran: “practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados; mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene; intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario; experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica; abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones; causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente; lastimar o arrollar intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad; y realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.
La iniciativa también especifica que se considerará maltrato a: emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente a sus fuerzas, no alimentarlos en cantidad y calidad suficiente, azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; no proporcionar la atención médica y/o veterinaria adecuada; dejar a un animal en una situación de abandono; estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o suministrarles drogas no autorizadas por la autoridad sanitaria.
También se incluye, limitar la movilidad de animales, en áreas por cuyas dimensiones y exposición a condiciones extremas de temperatura, representen un peligro para su salud, e imponerles jornadas de esfuerzo excesivas o tareas inapropiadas, entre otros puntos.
Revuelo
En el mundo animalista, en el que cada vez es mayor la cantidad de abogados que dedican tiempo a defender los derechos de los animales, el proyecto causó gran revuelo, y se levantaron voces para aclarar algunos puntos considerados fundamentales para la protección de los animales La abogada penalista Susana Dascalasky dice: ”El único instrumento legal que tenemos hoy es una ley penal, que aunque sea vieja y obsoleta, nos dio una herramienta muy importante, que es la consideración de los demás animales como ‘víctimas’. Una persona que es víctima en el derecho penal, es sujeto de derecho. Al ser sujeto de derechos, no tienen dueños, sino que pasan a tener derechos a la libertad, a la dignidad, a la vida, a su salud física y psicológica. Esto nos posibilitó salvar muchas vidas y poder sacar a los animales de las manos de sus maltratadores. Como eso no lo tenemos en el Código Civil, porque sigue diciendo que los animales son cosas, si sacan [de la ley] la palabra “victima”, quedamos en la nada misma. Esta palabrita es la que nos ayudó en todos estas años a litigar. Por eso, el carácter de víctima es innegociable, al menos hasta que podamos tener la reforma del Código Civil que todavía está muy lejana”.
Sin embargo, Arabia, aclaró rápidamente: “La palabra ‘víctima’ está en el proyecto de ley. Lo que pasó, es que se redactó muy rápido para aprovechar que se estaba hablando de eso, pero en la presentación real, se incluyó esa palabra. Además, estoy muy abierto a mejorarla. Las leyes se discuten en comisiones y es allí donde se pule, cambia, se agrega”.
La actriz y activista Liz Solari, que presentó el proyecto de ley conocido como Sintientes, iniciativa que, entre otras cuestiones, sacaría a los animales de la categoría de cosas, opina: “Me puse en contacto con Damián Arabia para ofrecerle asistencia desde Sintientes, junto a nuestro equipo legal, especialista en materia penalista y animalista, y trabajar en equipo para mejorar la Ley Conan. Nos reunimos con él y acordamos que si bien la Ley tiene una buena intención, y puntos favorables, el proyecto puede y debe ser mejorado, y estamos en el proceso de colaborar juntos para que esto suceda”.
Y agrega: “La ley de maltrato animal N°14.346 necesita una actualización y una mejora urgente. Estamos hablando de una ley de 1954, cuando había una concepción diferente a la de hoy de nuestro vínculo con los animales. Ha sido y es de mucha ayuda para proteger a los animales, pero podría y debe ser aún mucho mejor, Quedó desactualizada. Agradecemos el interés del diputado en llevar adelante esta bandera porque representa a una gran parte de nuestra sociedad”.
“Punto número uno está bien. Hay que elevar las penas por maltrato y crueldad. Hay un sector de la sociedad que pide la elevación de penas, pero no es lo único ni lo más importante. No se incorporan delitos culposos que permitirían que se condene en muchos casos actos de maltrato o crueldad que, en realidad, son productos no del dolo o sea de la intención directa de dañar, sino también de la negligencia. El proyecto no incorpora delitos culposos que son producto de negligencia y no de conductas dolosas”, agrega Gonzalo Pérez Pejcic, autor del libro Solidaridad entre generaciones. Aportes animalistas y ambientalistas para su estudio.
Lo cierto es que se necesita actualizar urgente la única Ley con la que cuentan los animales, creada por Sarmiento a instancias de su sobrino Albarracín. Y muchos se ilusionan en que el actual Presidente, mirará con buenos ojos los urgentes cambios que se necesitan para que los animales dejen de ser “víctimas”.