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Caso Ersept: resolución clave de la Corte en la causa de los entes intervenidos

Se definió el tribunal que resolverá la demanda planteada en 2015; la situación del Ersept.

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Casi en simultáneo al dictado del DNU que dispuso la intervención del Ente Regulador de los Servicios Públicos de Tucumán (Ersept) hasta 2027, la Corte Suprema de Justicia (CSJT) emitió una resolución clave para el futuro de la causa que cuestiona precisamente la falta de normalización en el directorio de tres organismos estatales, en un proceso de amparo que lleva nueve años de trámite y que cuenta con un fallo de primera instancia en contra del Poder Ejecutivo (PE).

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El 20 de mayo, el gobernador, Osvaldo Jaldo, firmó el decreto -convalidado esta semana por la Legislatura- para la intervención del Ersept. De este modo, el ex legislador radical José Ricardo Ascárate quedó al frente de esta repartición, en reemplazo de un directorio que había acumulado críticas en el ámbito del cuerpo parlamentario.

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Otras reparticiones sin embargo arrastran décadas a la espera de su regularización. Es el caso del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (Ipsst, conocido como Subsidio de Salud), del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA), de la Caja Popular de Ahorros (CPA) y del Instituto Provincial de Acción Cooperativa y Mutual (Ipacym).

En abril de 2015, el entonces legislador del PRO Alberto Colombres Garmendia formalizó una acción de amparo ante la Sala II del fuero contencioso administrativo para solicitar el cese de la intervención de los tres primeros organismos, es decir, el Subsidio de Salud, el IPV y el IPLA. Uno de los principales argumentos del opositor radicó en el tiempo transcurrido sin que se designaran los directorios establecidos por las normas vigentes (el Ipsst ostenta el récord, ya que se encuentra en esa situación desde 1990).

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Si bien al inicio de la gestión de Juan Manzur surgió el compromiso de avanzar en ese sentido, finalmente esto no sucedió, y persistió la conducción precaria en todos ellos.

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En 2020, la Sala II, con los votos de Carlos Giovanniello y Ebe López Piossek (María Florencia Casas se expresó en disidencia) dieron la razón a Colombres Garmendia. “A nuestro juicio, se llegó así a desnaturalizar la figura de la intervención pues dejó de ser ‘temporaria’ al ser extendida ilimitadamente como si careciera de término final de duración”, se indicó en la sentencia. Y se advirtió además sobre “la grave repercusión que trae aparejada la continua violación de las leyes orgánicas y la manifiesta ilegalidad de las intervenciones administrativas del Ipsst, del IPV y del IPLA”. Por ello, se dio un plazo de 60 días al Gobierno provincial para definir la normalización de estos organismos.

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El fallo fue recurrido por el gobierno de Manzur y, vía casación, el expediente pasó a la órbita de la Corte Suprema.

A partir de entonces, el proceso sumó las excusaciones de tres miembros del alto tribunal, Daniel Leiva (presidente), Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos, entre otros pasos previos al estudio de la cuestión de fondo.

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Parentesco

El 13 de mayo, una semana antes del dictado del DNU por la intervención del Ersept, se determinó la integración de la sala que resolverá el amparo planteado por Colombres Garmendia. Con los votos de Claudia SbdarDaniel Posse y Sergio Gandur (completó el tribunal), la CSJT rechazó la excusación formulada por la camarista del fuero contencioso Ana María José Nazur, que había advertido sobre su relación de parentesco -es cuñada- con una asesora letrada del Subsidio de Salud. Los magistrados dijeron que esta causal de apartamiento precisamente está excluida en el nuevo Código Procesal Civil y Comercial, por lo que resolvieron no hacer lugar al planteo de Nazur.

Con esto, la sala en lo Contencioso Administrativo de la Corte provincial quedó en condiciones de abocarse a revisar el fallo en primera instancia, en una causa que puede definir la situación de los entes públicos intervenidos en Tucumán.

La situación de seis entes

– El subsidio de salud (Ipsst) tiene el directorio suspendido desde 1990.

– En 1991 se dispuso la intervención del Instituto de la Vivienda.

– El Ipacym se encuentra en esta situación desde 1998.

– El IPLA fue intervenido en 2000 por Julio Miranda.

– El alperovichismo sumó a la Caja Popular, en 2003.

– Este año, vía DNU, el Gobierno intervino el Ersept.

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