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Turbulencias: Cuánto se le puede reclamar a la línea aérea si el viaje en avión es malo

Desde el embarque al desembarque, el marco legal lo pone el denominado Convenio de Montreal, al que la Argentina adhiere

Turbulencias en vuelo
Los científicos apuntan que el cambio climático puede provocar más turbulencias en los vuelos, a veces invisibles en el radar unsplash
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En los últimos días, trascendió el caso de un avión -un Boeing 787-9 Dreamliner con 325 pasajeros a bordo- que sufrió fuertes turbulencias en un vuelo de Madrid a Montevideo, a tal punto que, en un momento, la aeronave cayó varios metros abruptamente. Los pasajeros que no tenían puesto el cinturón de seguridad “volaron” y terminaron en el techo de la aeronave.

Uno de ellos, incluso, quedó atorado en el maletero y, si bien no necesitó ser hospitalizado, todo el episodio despertó dudas acerca de en qué casos se puede reclamar una indemnización a la línea aérea.

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Según Diego Fargosi, socio de Fargosi Abogados y especialista en temas aerocomerciales, en vuelos internacionales rige el Convenio de Montreal. La aerolínea tiene una responsabilidad objetiva por cualquier hecho que genere lesiones o muertes, desde el embarque hasta el desembarque, hasta cierta cantidad de dinero.

Prórroga

“Obviamente que, en caso de que se demuestre negligencia de parte de la empresa, se amplían los límites del Convenio. Por el contrario, si la compañía demuestra que el pasajero no cumplió con las indicaciones y por ello sufrió lesiones, puede incluso no tener que indemnizarlo”, explicó.

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El artículo 17 del Convenio de Montreal -al que la Argentina adhiere- establece que el transportista es responsable del daño causado en caso de muerte o de lesión corporal de un pasajero por la sola razón de que el accidente se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquiera de las operaciones de embarque o desembarque. Y el artículo 21 añade que no podrá excluir ni limitar su responsabilidad con respecto al daño que no exceda los 128.821 Derechos Especiales de Giro por pasajero, que equivalen aproximadamente a US$170.000.

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Una pasajera del vuelo de Air Europa que salió de Madrid con destino a Montevideo compartió imágenes de cómo quedó el avión después de la intensa turbulencia
Una pasajera del vuelo de Air Europa que salió de Madrid con destino a Montevideo compartió imágenes de cómo quedó el avión después de la intensa turbulenciaTwitter

Por encima de esa cifra, el transportista puede invocar su irresponsabilidad porque el daño no se debió a la negligencia u otra acción u omisión indebida de sus dependientes o agentes; o porque el daño se debió únicamente a la negligencia u otra acción u omisión indebida de un tercero.

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“En principio, no me imagino una situación de turbulencia blanca en la que la línea aérea tenga que responder, lo que no quiere decir que después no la hagan responsable los jueces, pero hay que probar la culpabilidad. Esas turbulencias no se pueden detectar ni con el radar del avión ni desde la central de meteorología de la casa matriz”, apuntó Diego Ferrari, socio en Cambiaso y Ferrari.

En tanto, Federico Dangelo Martínez, autor del blog Derecho y Turismo, dijo que, en casos de hechos de naturaleza imprevisible, también entra a jugar la culpa de la víctima. “Ante una turbulencia, ¿sería responsable la aerolínea? Sí, pero habrá que ver también si no es el caso de que la aerolínea dio indicaciones visuales y sonoras de una turbulencia, pidiendo a los pasajeros que se abrochen los cinturones. Me acuerdo de que, hace unos años, pasó algo parecido en un viaje de España a la Argentina, hubo personas que no lo hicieron y sufrieron daños. Las personas que sí tenían abrochado el cinturón no sufrieron daños graves. De ocurrir esto, no sería responsable la aerolínea”, relató.

Los pies del hombre que quedó atascado durante una turbulencia en un vuelo de Air europa.
Los pies del hombre que quedó atascado durante una turbulencia en un vuelo de Air europa.

En cambio, en el supuesto de que la empresa dé aviso y los pasajeros utilicen los cinturones y aun así sufran daños, sí sería responsable la aerolínea por los daños que se ocasionan hasta los 128.821 DEGs, según Dangelo Martínez. “Si se reclama hasta ese monto o menos, van a medirlo en un esquema de responsabilidad atribuida objetivamente. Esto es, hay daño, punto, se responde. En cambio, si uno reclama por más de ese dinero, lo que implementan los jueces es un esquema de atribución subjetiva donde además de que haya un daño, se necesita comprobar que ese daño fue ocasionado por la intención, esto es el dolo, o fue ocasionado por culpa, esto es impericia, negligencia o imprudencia”, cerró.

Problemas con Boeing

En las últimas semanas, se reportaron varios incidentes de turbulencias aéreas en aviones de la marca Boeing. Uno de los más graves ocurrió en un vuelo de Boeing 777-300ER de Singapore Airlines entre Londres y Singapur: “El avión comenzó a descender bruscamente y quienes no llevaban el cinturón de seguridad salieron proyectados contra el techo”, relató un pasajero. Este incidente resultó en un muerto y varios heridos de gravedad.

El mes pasado, Boeing anunció que llevará a cabo inspecciones adicionales de algunos de sus aviones 787 de fuselaje ancho después de revelar que los elementos de fijación en los fuselajes de algunos aviones pueden haber sido instalados incorrectamente. Es el último de una serie de problemas de calidad que han plagado el gigante aeroespacial.

El problema afectó a aviones que aún no han sido entregados. Aunque dijo que los 787 Dreamliners actualmente en servicio son seguros para operar, planea determinar si las aerolíneas con aviones en operación necesitan tomar alguna medida.

Los científicos apuntan que el cambio climático puede provocar más turbulencias en los vuelos, a veces invisibles en el radar.

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