La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de la “manteca, primera calidad, pasteurizada, marca “La Campana”, cuyo contenido neto es de 200 gramos, al estar falsamente rotulada.
A través de la Disposición 8081/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la ANMAT reveló que la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, abrió una investigación sobre el rótulo del producto en cuestión.
La idea era saber si el artículo se encontraba autorizado por el Registro Provincial de Producto Alimenticio (RPPA). Lo cierto es que la DIPA informó que la empresa asociada al Registro Nacional de Establecimiento (RNE) en la etiqueta no elabora dicho producto, y el RPPA no se encuentra vigente y corresponde a otra marca.
“La empresa asociada al RNE se comunicó con la DIPA informando que ella no elabora el producto Manteca ‘La Campana’ en cuyo rótulo se declara falsamente su RNE como establecimiento elaborador, la desconoce como propia; y solicitó la prohibición de comercialización del producto a nivel nacional, como así también la publicación de la alerta alimentaria correspondiente”, sostiene el texto oficial.
Por qué la ANMAT prohibió la venta de la manteca
Por otra parte, la DIPA emitió una alerta en su página web advirtiendo a la población que se abstenga de consumir el producto investigado y a los comerciantes que cesen su venta.
Esto se debe a que carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un RNE perteneciente a otra razón social y un RPPA que no se encuentra vigente y perteneciente a otra marca, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
De esta manera, la ANMAT resolvió la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: ‘Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca “La Campana’”.