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Juicio político: mañana se define el futuro de la jueza Carolina Ballesteros

HORAS DECISIVAS. La jueza Carolina Ballesteros podría ser apartada de su cargo por el Jurado de Enjuiciamiento. PRENSA HLT

El Jury convocó para las 8 a la audiencia por la resolución definitiva contra la magistrada. Pesan tres cargos en su contra.

El Jurado de Enjuiciamiento decidirá este jueves si Carolina Ballesteros continuará o no siendo jueza del Colegio de Jueces y Juezas del Centro Judicial Capital. La Secretaría notificó a las partes que la audiencia final para pronunciación de la resolución definitiva comenzará a las 8 y se desarrollará en el auditorio del tercer piso de la Legislatura. Será transmitida en vivo, a través del canal oficial de la Cámara en la plataforma de YouTube.

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Son tres los cargos que pesan sobre la magistrada. Bastará con que el Tribunal encuentre culpable a la jueza Ballesteros de alguna de las acusaciones para que sea removida de su cargo como magistrada, en los términos que establece la Constitución de Tucumán.

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El Jurado de Enjuiciamiento está presidido por Eleonora Rodríguez Campos (vocal de la Corte Suprema de Tucumán). También lo integran Javier Morof (funcionario del Poder Ejecutivo), Silvia Peyracchia (en representación de los abogados), y los legisladores Jorge Leal (h), Tomás Cobos, Alberto Olea, Sara Lazarte y Rolando Alfaro.

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El procedimiento

El inciso 10 del Artículo 124 de la Carta Magna establece que la resolución definitiva se debe efectuar por votación nominal sobre cada cargo, por sí o por no, ante la pregunta del presidente del Tribunal: “¿Es el acusado culpable o no culpable del crimen, delito o falta que se le hace cargo en el artículo … de la acusación?”. Los miembros del Jury deberán responder “es culpable” o “no es culpable”, según su conciencia jurídica.

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El Artículo 130 de la Constitución, en tanto, establece que ningún acusado podrá ser declarado culpable sin el voto de los dos tercios de los miembros del Jurado de Enjuiciamiento (seis de los ocho). A su vez, dispone que “el fallo no tendrá más efecto que el de destituir al acusado y aun declararlo incapaz de ocupar ningún puesto de honor o a sueldo de la Provincia, sin perjuicio de la responsabilidad común que pudiera corresponderle, la que se hará efectiva ante los tribunales ordinarios”.

Por último, se aclara que “la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento es irrecurrible y no sujeta a revisión por el Poder Judicial”. Y se añade: “cuando a criterio del Jurado, la falta en virtud de la cual se hubiese formulado la acusación sólo comprometiese la responsabilidad disciplinaria de su autor, podrá disponer la absolución y solicitar a la Corte Suprema de Justicia la aplicación de la sanción que correspondiere, remitiéndole a tal efecto las actuaciones”.

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De modo complementario, el Artículo 37 de la ley que regula el proceso de destitución de magistrados (N°8.734) establece que si no hay número suficiente para condenar al acusado, se lo declarará absuelto. Aclara que, de ser absuelto, si hubiera sido suspendido, se lo reintegrará inmediatamente a sus funciones. “En caso de que hubiera número suficiente de votos para la condena, el Jurado de Enjuiciamiento procederá a redactar la sentencia dentro de los siete días corridos siguientes”, añade.

Las acusaciones contra la jueza

Ballesteros esta acusada de haber incumplido en forma injustificada los deberes inherentes al cargo (artículo 129 de la Constitución de la Provincia y 28 de la Ley Nº8.734) y por reiteración de irregularidades en el procedimiento (inciso 5 del articulo 19 de la Ley N°8734).

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Más de medio centenar de testigos declararon de manera presencial y por escrito respecto a las tres cargos contra la magistrada: haber “violentado la esencia del proceso” en una causa en la que su padre fue víctima, en 2022; haberse excedido en su actividad jurisdiccional, en su rol de magistrada, por “haber realizado afirmaciones y expresiones despectivas contra funcionarios del MPD y el MPF”, en 2023; y por denuncias de malos tratos del personal del Juzgado Penal de la V Nominación, en 2019.

El pedido de destitución fue presentado por el abogado Mario Leiva Haro. En tanto que la comisión de Juicio Político que impulsó el proceso está conformada por los legisladores: Sergio Mansilla (presidente), Mario Leito, Rodolfo Ocaranza, Claudio Viña, Aldo Salomón, Francisco Serra, Eduardo Verón Guerra, Tulio Caponio, Paula Galván, Leopoldo Rodríguez, Sara Assan y José Orellana.

Fuente: LAGACETA

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