El ministro de Seguridad, Claudio Maley,firmó este viernes por la tarde la Resolución N°99 del Comité Operativo de Emergencia,el cual restringe la circulación de personas en la franja horaria comprendida entre las 23.30 y las 7.00.
Habrá prohibición de circulación de 23.30 a 7, solo podrán circular en ese horario personal esencial a nivel nacional y los habilitados por el COE. Quedando exceptuados el personal esencial, a los trabajadores de aquellas actividades autorizadas por el COE que sólo puedan ser cumplidas dentro, de esa franja horaria, y a los casos de emergencias médicas comprobadas; la circulación que sea estricta consecuencia del traslado hacia y desde el lugar donde deban realizarse actividades autorizadas.
La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación