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Rechazaron el pedido para frenar el observatorio de medios NODIO

La jueza no hizo lugar a la impugnación que había presentado el fiscal Stornelli aunque por ahora no se pronunció sobre la indagatoria a Miriam Lewin.

Todavía falta que la Justicia se expida sobre el pedido de indagatoria a la titular de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, la periodista Miriam Lewin. (Télam. Foto: Daniena Amdan/Télam) Por: Daniela Amdan
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La Justicia rechazó este viernes por la tarde el pedido que había presentado el fiscal federal Carlos Stornelli para frenar la creación del polémico observatorio de medios NODIO, que impulsa el Gobierno.

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En cuanto al pedido de indagatoria que realizó el fiscal sobre la Defensora del Público y directora del observatorio, Miriam Lewin, la magistrada federal María Eugenia Capuchetti todavía no lo resolvió pero pidió como medida de prueba la normativa de creación del órgano, según revelaron las fuentes judiciales consultadas.

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Para tomar su resolución Capuchetti consideró que “más allá de la opinión que se pueda tener sobre la creación de un organismo como el cuestionado y de cuál o cuáles deberían ser la acciones positivas que los Estados deben realizar para combatir la desinformación en línea, lo cierto es que en el estado actual en que se encuentran las cosas los perjuicios invocados por el fiscal son meramente hipotéticos y basados en una apresurada interpretación de la norma cuestionada que incluso omite individualizar”.

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La magistrada agrega que “el desafío de abordar la problemática de la desinformación en línea que el Observatorio cuestionado tendría como objetivo es evidente y bastante común en diversas partes del mundo, pero también lo es la preocupación de la ciudadanía respecto de la forma en que se lleva a cabo este tipo de tarea pues, a través de ese tipo de iniciativas es posible limitar de manera indebida la libertad de expresión, extender el control del Estado sobre los medios, restringir la libertad en Internet y ampliar la facultad de diversos actores de recopilar datos personales”.

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Capuchetti añadió en su fallo que “respecto del necesario aporte de aquellos elementos de convicción que resultan obligatorios para quien requiere una medida cautelar, entiendo que las aisladas alegaciones que realiza el fiscal referida a que el aparato estatal se estaría arrogando la potestad de definir o calificar qué noticia o expresión pública tendría o no tal alcance malicioso, no ha sido complementada con el acompañamiento de ningún elemento que evidencie siquiera hipotéticamente el perjuicio alegado. Máxime, si tenemos en cuenta que dentro de las recomendaciones que realizan los organismos internacionales hacia los Estados se encuentra la de “evaluar la posibilidad de respaldar medidas positivas para abordar el problema de la desinformación en línea, como la promoción de instancias independientes para la verificación de información”.

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Pero a pesar de su fallo, la jueza destaca “el papel esencial que desempeñan la libertad de expresión e información como así también los medios de comunicación independientes. Por otro lado, se manifiesta cierta alarma por el uso indebido de las redes sociales y se expresa una fuerte preocupación de que muchos Estados se encuentran sancionando leyes que limitan de manera indebida la libertad de expresión, pues extienden el control del Estado sobre los medios y restringen la libertad en Internet.

El jueves Stornelli había solicitado la indagatoria de Lewin por considerar que se debe analizar un “posible abuso de autoridad y/o violación de los deberes de funcionario público”. En su presentación, el fiscal federal advirtió sobre “la aparente finalidad de impedir o estorbar la libre circulación de publicaciones o manifestaciones amparadas por la libertad de prensa y/o la libertad de expresión y/o de alentar o incitar la persecución contra una persona o grupo de personas a causa de sus ideas políticas, impidiendo, obstruyendo, restringiendo o de algún modo menoscabando el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías constitucionales”.

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