El vicegobernador Osvaldo Jaldo pidió una sanción para el juez Enrique Pedicone por haber ofendido el honor de la Legislatura.
“Detrás del sepulcro blanco, lo único que hay es pestilencia, náusea y desecho. Todo el mundo lo sabe”, dijo el martes último Pedicone, señalando al edificio de la Legislatura, antes de escuchar la acusación que le formuló la comisión de Juicio Político.
Jaldo solicitó formalmente a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia que sancione al juez por los “insultos” contra el Poder Legislativo.
Jaldo pidió a la titular de la Corte, Claudia Sbdar, “su intervención, y la del cuerpo que preside, para el ejercicio de sus facultades de superintendencia que le asigna el artículo 121 de la Constitución de la Provincia, en relación a la conducta del magistrado Enrique Pedicone respecto de esta Legislatura”.
“El referido magistrado ha tenido expresiones públicas cargadas de epítetos despectivos o insultos”, indica el vicegobernador.
Afirma que la jurisprudencia permite calificar las manifestaciones de Pedicone “como ‘epítetos denigrantes’, dichos ‘groseros’, palabras que caen en la categoría de ‘insulto’ y expresiones cuyo ‘propósito primario fue lesionar el honor’ para referirse a la institución que presido y a sus miembros, incluido el personal que presta servicios en ella”.
“Las expresiones insultantes de este tipo son particularmente graves cuando emanan de un funcionario estatal de alta jerarquía, como es un juez en ejercicio, y son impropias de quienes deben comportarse con la prudencia y la moderación propias del cargo”, resalta Jaldo.
“Dado que el referido magistrado ha transgredido severamente los límites que le exigen, dentro y fuera de la institución, actuar con correcclón y abstenerse de expresiones como las antes expresados, me permito solicitar concretamente el ejercicio por parte de esta Corte de las atribuciones que prevé el artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial -Ley 6.238-”, añade.
El vicegobernador expone que, según esa norma, se impone sumario administrativo a los jueces “salvo para los llamados de atención y apercibimiento”. Agrega que “las sanciones disciplinarias aplicables a los magistrados y los funcionarios constitucionales, son: A.-Llamados de atención. B.- Apercibimiento. C.- Multa de hasta un 10% de sus remuneraciones”.