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Acusan a 8 automotrices de cobrarles extra en sus 0 km: hay 7.000 demandas

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Los 7 mil compradores de 0 km que iniciaron una demanda civil contra las ocho automotrices por la devolución de importes supuestamente mal cobrados cuando adquirieron los vehículos en Tierra del Fuego, están ahora a un paso del juicio oral. 

En esta “megademanda” del Fin del Mundo hay gran expectativa por la audiencia oral conciliatoria. Cuando la Justicia fije la fecha, será el próximo paso del juicio colectivo más numeroso de la historia de la provincia.

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Es llamativa la cantidad de casos en una provincia tan chica. Según el Indec, hay 112.600 mayores de 20 años en Tierra del Fuego (proyección a 2019). El 6% de la población adulta está demandando a las automotrices.

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La demanda por “protección de intereses difusos” fue entablada a fines de 2015 por un estudio jurídico de Ushuaia que llamó a adherir a posibles damnificados por la “maniobra de las automotrices” y obtuvo una respuesta masiva.

Los compradores sostienen que las fabricantes de autos se apropiaron de los beneficios impositivos establecidos en la ley de promoción económica y fiscal vigente en Tierra del Fuego, y comercializaron los vehículos a precios similares al resto del país, donde no rige la quita de impuestos
.

Las empresas, según la demanda, deberían devolver una diferencia que oscila “entre el 25 y el 60%” del valor de cada auto, incluyendo operaciones realizadas desde 2001 hasta la actualidad, precisaron fuentes ligadas al caso. 

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La prensa se comunicó con la Asociación de Concesionarios de Automotrices de la República Argentina (ACARA ) y la Asociación de Fabricantes de Automotores (ADEFA). En ambos casos dijeron que no van a “tomar parte” porque “es un litigio entre privados”.

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La causa fue iniciada ante el Juzgado Civil 1 de Río Grande, a cargo de Horacio Boccardo, y desde entonces las automotrices realizaron diversas presentaciones para conseguir que sea derivada a la Justicia federal. Alegaron que los jueces fueguinos no serían “imparciales”.

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El juez Boccardo y luego la Cámara de Apelaciones de Río Grande rechazaron tal pretensión y ratificaron la competencia de la justicia de Tierra del Fuego.

La Cámara incluso denegó un recurso de casación para que el tema fuera tratado por el Superior Tribunal de Justicia fueguino, por lo que tras un año de idas y venidas, el expediente regresó al juzgado de instrucción.

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“Ahora resta la decisión del juez de continuar con el juicio y fijar la fecha de realización de la audiencia oral”, señala el estudio jurídico demandante “Rauch y Aciar” en el sitio web donde informan sobre la causa.

La audiencia es “una convocatoria a las partes y sus letrados, de carácter público, donde el juez consultará si existe interés de llegar a una solución conciliatoria negociada y, en caso negativo, fijará definitivamente el objeto del juicio”, indicaron.

El magistrado también decidirá, entonces, sobre las pruebas ofrecidas. Definirá cuáles “resultan apropiadas, conducentes y útiles para el dictado de la sentencia”, agregaron. Las empresas demandadas son Fiat, Ford, General Motors, PSA (Peugeot y Citroën), Renault, Volkswagen, Toyota y Honda,

Ford y Toyota realizaron una presentación para incorporar al caso, “como hecho nuevo”, a la decisión de la Corte Suprema de Justicia que dejó firme un fallo anterior que revocó una multa millonaria contra las automotrices impuesta por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, bajo la acusación de haber “concertado precios” en Tierra del Fuego.

Los demandantes en la causa de Río Grande consideran que se trata de una “nueva maniobra dilatoria de las empresas”, aunque el juez deberá, primero, resolver el planteo antes de convocar a la audiencia oral.

“Las automotrices apelaron la multa del Estado nacional ante la Corte Suprema, que representaba más de cien millones de dólares en su momento, y la Corte ratificó la decisión de la Cámara que había revocado la imposición de dicha multa. Esto fue denunciado como un elemento dilatorio más dentro del expediente, pero la multa del estado nacional es totalmente ajena al reclamo que están haciendo los fueguinos, que es la demanda colectiva más grande en la historia de la provincia y a nivel continental. En definitiva estamos discutiendo por qué los beneficios de la ley 19640 (exención de impuestos) no llegan a los bolsillos de los fueguinos”, dijo a medios locales Federico Rauch, uno de los abogados de los demandantes.

“Luego de tres años y medio, los fueguinos siguen esperando respuestas definitivas de la Justicia”, afirmaron los abogados de los 7.000 accionantes fueguinos contra las automotrices.

Otras demandas colectivas, que tuvieron devoluciones de dinero
En agosto de 2018, la Cámara Nacional en lo Comercial dictó sentencia en un juicio contra el Banco Galicia y el Banco Industrial. Ordenó que sea devuelto un cargo cobrado durante nueve años a usuarios de tarjetas de crédito. Se trataba de una comisión de entre el 5 y el 10% que los bancos aplicaban cuando el usuario superaba su límite de compra. 

El ítem figuraba en los resúmenes de todos los bancos. Por lo general, decía “exceso en el límite de compra”. Pero otras veces aparecía abreviado, o como una sigla, o figuraba un asterisco y lo aclaraban en la “letra chica”. Además, se condenó en forma solidaria a Prisma Medios de Pago S.A.

Nueve años atrás, en abril de 2010, un fallo ordenó devolver dinero a un millón y medio de usuarios de celulares, con montos que iban de los $ 20 a los $ 80.

Se trató de la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sala IV, que ordenó a la empresa AMX Argentina (conocida como Claro) a devolver con intereses y multa el dinero mal cobrado a quienes en 2001 eran clientes de CTI. Todo comenzó con una acción colectiva (representa a todos los usuarios afectados) iniciada ese años por la Unión de Usuarios y Consumidores contra las compañías de celulares.

Esa fue la segunda acción colectiva que benefició a los usuarios
. La primera fue en 2007 y ordenó a Movistar (en ese momento era Movicom), a devolver los conceptos de “Fondo Fiduciario para el Servicio Universal” y “Tasa de Control”. El primero era para financiar las obras de expansión del servicio y retenía el 1% de la factura. El otro, era del 0,5% y estaba destinado a sostener el ente de control, la Comisión Nacional de Comunicaciones. Las empresas lo cobraron en 2001, por 6 meses.

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