La acción de amparo impulsada por Dra. Patricia Neme en carácter de apoderada del diputado nacional Carlos Cisneros y de la Asociación Civil Red de Defensa de Usuarios y Consumidores (REDECU), se inició con el objeto de que se ordene a EDET “cumplir con la segmentación tarifaria de la Secretaría de Energía de la Nación”; que “rectifice las segmentaciones erróneas”; y a “compensar en las futuras facturas” a los usuarios afectados por los montos que pagaron de más.
Ademas, Neme y Cisneros solicitaron una medida cautelar para que el Ente Regulador de Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT), como organismo de contralor “dé trámite urgente a los reclamos individuales que ingresan en este organismo y proceda a emitir resoluciones en un plazo no mayor a 15 días, en los casos que se verifique el incumplimiento de la segmentación tarifaria de los usuarios afectados”, la cual también fue concedida por el juez Yane Mana.
Neme y Cisneros accionaron judicialmente al considerar que EDET no respeta la segmentación tarifaria establecida por la Secretaría de Energía de la Nación. En ese sentido, los demandantes sostienen que muchos usuarios, incluyendo jubilados que cumplen los requisitos para acceder a los subsidios, fueron categorizados erróneamente en el nivel de “Ingresos Altos” (N1), perdiendo así el beneficio.
Por otro lado, cabe remarcar, que la Dra. Neme también patrocinó a una jubilada de 78 años que la semana pasada denunció penalmente a EDET por defraudación, en una demanda tramitada en la Unidad Fiscal de Decisión Temprana, acusando a la empresa de facturarle el servicio de manera fraudulenta como usuaria de “altos ingresos” cuando la Secretaría de Energía de la Nación la había clasificado en el nivel de “bajos ingresos”.
En el proceso Civil, recientemente el Juez Yane Mane, logró constatar y dar por acreditado lo denunciado por la jubilada a la cual EDET le facturó como usuaria de altos ingresos siendo una consumidora catalogada de nivel “bajos ingresos” por el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) dependiente de la Secretaría de Energía de la Nación.
El magistrado, también estableció una multa de $50.000 por día, a cargo del representante legal del ERSEPT por cada día de retraso en la emisión de las resoluciones correspondientes a los casos en los que se verifiquen facturaciones y cobros indebidos que no se correspondan con la segmentación tarifaria definida por el RASE de la Secretaría de Energía de la Nación.