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Autorizan suba en el bioetanol, ¿cómo impacta en la nafta?

La Secretaría de Energía dio paso a una nueva suba en el cuadro tarifario del bioetanol, uno de los productos destinados a la mezcla obligatoria de naftas.

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, oficializó este lunes la suba en los precios de la adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz y destinado a la mezcla obligatoria con las naftas.

A través de la Resolución 270, el organismo conducido por Darío Martínez dio paso a un nuevo cuadro tarifario escalonado en cinco instancias, vigentes de abril 2022. 

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“Fíjanse los siguientes precios de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz destinado a su mezcla obligatoria con las naftas en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27.640”, apunta la normativa publicada en el Boletín Oficial.

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SUBA EN LOS PRECIOS DEL BIOETANOL: CÓMO QUEDAN LOS VALORES DE REFERENCIA

El artículo  1° de la Resolución 270, detalla los cinco períodos de actualización:  

a) PESOS NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y TRES MILÉSIMAS ($ 94,93) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de abril de 2022, a partir de la entrada en vigencia de la presente medida;

b) PESOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y CINCO MILÉSIMAS ($ 96,35) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de mayo de 2022;

c) PESOS NOVENTA Y OCHO CON VEINTIOCHO MILÉSIMAS ($ 98,28) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de junio de 2022;

d) PESOS CIEN CON SETENTA Y CUATRO MILÉSIMAS ($ 100,74) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de julio de 2022;

e) PESOS CIENTO TRES CON SETENTA Y SEIS MILÉSIMAS ($ 103,76) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de agosto de 2022.

Además, el inciso 2° indica que el plazo de pago del bioetanol destinado a su mezcla obligatoria con las naftas en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27.640 “no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente”.

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La suba en los valores tarifarios se corresponde, según advierte el apartado de consideraciones, al “marcado incremento en los precios de algunas materias primas originado por el contexto internacional actual y la necesidad de evitar, en consecuencia, la afectación de la disponibilidad del bioetanol destinado a la mezcla obligatoria con las naftas”.

“En el marco de dicho escenario, y conforme la información que surge del Informe N° IF-2022-36997348-APN-DBC#MEC, corresponde establecer los precios del bioetanol de maíz destinado a la mezcla obligatoria con las naftas, desde la entrada en vigencia de la presente medida y hasta el mes de agosto de 2022”, concluye el texto. 

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECR… by Edu Lalo Mejias

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