Boleto Gratuito

Claudia Sbdar podría ser denunciada penalmente por una causa de Corrupción

Intimaron mediante carta documento a la presidenta de la Corte Suprema a terminar con la dilación de un juicio oral

dra. claudia sbdar presidenta del tribunal supremo
Claudia Sbdar
Descacharreo

En el día de ayer le fue enviada una carta documento de parte del denunciante de la causa caratulada como “Yapura Astorga Manuel Jorge s/ Investigación jurisdiccional” con destino a la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Claudia Sbdar. En la misiva, se intima a la titular del máximo tribunal de Tucumán a un plazo de 48 horas para resolver la fecha de juicio de quien todavía se desempeña como legislador provincial, a pesar de estar procesado como autor de graves delitos de corrupción. Cabe mencionar que, caso contrario, si Claudia Sbdar no diera vuelta la actitud pasiva de la Corte Suprema local, sería ella misma quien quedaría incursa en los delitos estipulados en la propia carta documento (imagen). En ese marco, es menester dar cuenta del contenido de los artículos de la mismísima Constitución de Tucumán acerca del rol que debería llevar a cabo el máximo tribunal.

carta documento sbdar

En su Artículo 121, se deja en claro que “la Corte Suprema ejercerá la superintendencia de la Administración de Justicia y sus facultades en tal carácter serán las que determine la ley”. Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial Tucumán, en lo que hace a su Artículo 13. Superintendencia, señala que “la Corte Suprema de Justicia, para el gobierno del Poder Judicial, tendrá las siguientes atribuciones:

Fumigación y Limpieza

1. Ejercer la Superintendencia de la Administración de Justicia, sin perjuicio de la intervención del Ministro Fiscal y de la delegación que establezca respecto del Centro Judicial Concepción, del Centro Judicial Monteros y del Centro Judicial Este.

Movilidad Urbana

3. Nombrar y remover a su personal.

4. Fijar el régimen y el procedimiento disciplinario a los que estarán sujetos los Magistrados, los funcionarios constitucionales y de ley, los auxiliares y empleados, imponiendo el sumario administrativo previo, salvo para los llamados de atención y apercibimientos. Las sanciones disciplinarias aplicables a los Magistrados y los funcionarios constitucionales, son:

a. Llamados de atención;

Banner Tucumán Despierta
Banner Tucumán Despierta

b. Apercibimiento; y c. Multa de hasta un diez por ciento (10%) de sus remuneraciones.

5. Vigilar la conducta de los Jueces, Funcionarios, Auxiliares y Empleados del Poder Judicial, y controlar la asistencia a los despachos durante el horario de atención al público.

6. Aplicar sanciones disciplinarias a los Magistrados, los funcionarios constitucionales y de Ley, los auxiliares y empleados, de conformidad al régimen y procedimiento que se fijen.


Te puede interesar también: Claudia Sbdar cómplice por inacción, de la “corrupción” en Tucumán


Pero volviendo a la Constitución de Tucumán, en el Artículo 47, se deja en claro que:

“Corresponde a la Legislatura el enjuiciamiento político del Gobernador y del Vicegobernador, de los ministros del Poder Ejecutivo, de los miembros de la Corte Suprema, del Ministro Fiscal, de los miembros del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, por delitos comunes o falta de cumplimiento de los deberes de su cargo. Cualquier ciudadano de la Provincia tiene acción para denunciar el delito o falta a efecto de promover la acusación, y la ley determinará el procedimiento a seguir y la responsabilidad del denunciante en estos juicios. Durante la tramitación del juicio político los acusados no podrán ser suspendidos en sus funciones”.

Por su parte, el Artículo 277 del Código Penal se indica que “1) Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: a) Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta”.

Por lo señalado anteriormente, está claro que, en el caso de que persista la inacción en las obligaciones del cargo que ostenta Claudia Sbdar en su carácter de titular del máximo tribunal de Justicia de Tucumán, sería denunciada penalmente en la Justicia provincial, al tiempo que también se solicitaría de forma oportuna el correspondiente juicio político en la Legislatura provincial, según se manifiesta en la carta documento.

En esa línea, el denunciante que posibilitó que se investigara a Yapura Astorga, trámite que arrojó como resultado el procesamiento contra el legislador provincial como autor principal de actos deleznables de corrupción cuando se desempeñaba al frente de la intendencia de Tafí del Valle. Sin embargo, y a más de un año de que la elevación a juicio oral y público en contra del sindicado quedara firme, todavía no se definió la fecha de inicio del debate oral.

yapura astorga 1
Legislador Jorge Yapura Astorga

Es por ello que la carta documento le refresca la memoria a Claudia Sbdar, acerca de que debe cumplir con el imperativo ético de arbitrar los medios necesarios para que los magistrados morosos y desleales de la Cámara Penal Conclusional Sala III°, los Dres. Adolfo Fabián Fradejas, Luis Morales Lezica y Gustavo Aldo Simón Romagnoli, fijen fecha de juicio oral y público.

fabian fradejas
Fabián Fradejas

Deberá tener en cuenta la presidenta de la Corte Suprema que de continuar con su omisión funcional como presidenta del máximo tribunal, se ubica de forma cercana a la comisión del presunto delito de “violación de los deberes de funcionario público” y, además, también del presunto delito de “encubrimiento agravado”. Esto significa que existen razones suficientes por las cuales Claudia Sbdar de continuar con su inacción manifiesta, deberá responder ante los tribunales por dicha omisión en sus funciones.

Y es que, en el caso de que la presidenta de la Corte continúe con esta actitud lenta y deliberadamente pasiva, su comportamiento podrá encuadrarse en las causales de “mal desempeño” y “comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones”. En definitiva, luego de que el denunciante de Yapura Astorga le enviara la mencionada carta documento, cabe realizar una pregunta finalmente,

¿Será Justicia, Dra. Claudia Sbdar?

Dejanos tu Comentario