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Covid: el Ministerio de Salud de la Nación elimina la recomendación de distanciamiento obligatorio

Se mantienen otras medidas preventivas, como el uso adecuado del barbijo en espacios interiores.

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DISTANCIAMIENTO SOCIAL EN UN BANCO. Foto ilustrativa de archivo / LA GACETA
Descacharreo

A más de dos años de la declaración de emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, la Argentina parece haber dejado atrás la tercera ola de contagios causada por la variante Ómicron. Y, si bien existe preocupación a nivel global por la nueva subvariante BA.2, los indicadores epidemiológicos vigentes dieron lugar a una serie de flexibilizaciones en cuanto a las recomendaciones preventivas dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación para hacerle frente al coronavirus.

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución 705/2022, firmada por la ministra Carla Vizzotti.

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La principal novedad en el instrumento es que, a través del artículo 2), se deja “sin efecto el distanciamiento social de dos metros” dentro del listado de pautas de prevención.

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La medida fue adoptada sobre la base de los informes elevados por los titulares de las carteras sanitarias de todo el país en el Consejo Federal de Salud (CoFeSA), el pasado 18 de marzo.

En ese sentido, se acordó mantener una serie de recomendaciones de cuidado general para la prevención de la covid-19 y de otras enfermedades respiratorias:

– continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos y el transporte público;

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– asegurar la ventilación de los ambientes;

– la higiene adecuada y frecuente de manos;

– toser o estornudar sobre el pliegue del codo;

– ante la presencia de síntomas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público.

Por otro lado, y “a los efectos de determinar la modalidad de prestación de servicios laborales” (presencial o remota), la resolución advierte que “se recomienda solicitar una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, toda vez que en el marco de dichas medidas, no resultará suficiente, a tales efectos, la sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial 627/20”, que establece los criterios para el aislamiento preventivo.

Además, en el instrumento se deja “sin efecto la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación ‘Cuidar'”, que había sido dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21.

Entre otros argumentos, la resolución publicada hoy advierte que, por un lado, “existe incertidumbre a nivel mundial acerca del comportamiento del virus SARS-CoV-2 durante los próximos meses”; especialmente “durante el invierno del hemisferio sur”, debido “a la potencial emergencia de nuevas variantes, nuevas olas de contagio, o co-circulación con otros virus respiratorios”.

Sin embargo, “considerando la situación epidemiológica, sanitaria y los avances de la campaña de vacunación”, las autoridades consideraron que correspondía “actualizar las medidas generales para prevenir tanto la covid-19 como otras infecciones respiratorias estacionales, con el fin de proteger la salud pública”.

Con este marco de criterios establecido a nivel nacional, las autoridades sanitarias de cada jurisdicción ahora podrán actualizar los protocolos dictados para el ámbito local.

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