En la madrugada del 17 de febrero del 2014 ocurrió lo que estaba previsto. La pared de una vivienda lindera a una construcción cedió ante el avance descontrolado de las máquinas que lastimaron sus cimientos. Como resultado, una familia tucumana despertó al borde de un abismo de 5 metros, que se había cavado para erigir un edificio de la constructora Grandi . La causa judicial recayó primero en la Fiscalía Nº2, a cargo de Carlos Albaca, quien intervino en causas tan resonantes como la de Paulina Lebbos. Luego, sin registro de novedades, el expediente pasó a la fiscalía de Adriana Giannoni, donde tampoco hubo avances. Más tarde, las pruebas llegaron al fiscal Claudio Osmar Bonari, quien firmó la elevación a juicio oral, a tres años del incidente que dejó a los damnificados sin vivienda. Finalmente, este viernes se conoció el fallo que condenó a cinco años de prisión efectiva a Miguel de la Cruz Grandi por el delito de estrago culposo agravado por peligro de muerte, en un proceso judicial que marca un importante precedente en la Provincia.
“Es el primer fallo por estrago culposo en la Provincia y, a nivel nacional, si uno se pone a investigar los antecedentes, figuran el caso Cromañón y, más atrás en el tiempo, la explosión de la fábrica militar de Río Tercero”, ejemplificó el abogado Joaquín Olaizola , quien representó a Noelí Cascales y a Eduardo Méndez, los damnificados por el derrumbe. Sobre la resolución del juez Eduardo Romano Lascano y la actuación de la fiscal Estela Velia Giffoniello, el letrado consideró que se trata de una sentencia “ejemplificadora” porque “es un mensaje muy claro de la Justicia hacia los constructores: tienen que prestar mucha mayor atención a la hora de realizar las obras, sobre todo cuando ponen en riesgo la vida y los bienes de las personas; en este caso el daño fue sólo sobre los bienes, pero el derrumbe puso en riesgo la vida de todos los habitantes de la casa”, advirtió Olaizola en diálogo con El Tucumano.
El penalista remarcó que la querella en todo momento manifestó que hubo “intención” por parte de De la Cruz Grandi de derrumbar la casa lindante al terreno en donde estaba levantando un edificio. “A los dos días del derrumbe, ofreció a mis clientes comprarles la propiedad. La compra no era dinero en efectivo, por el contrario, era una promesa de entregar departamentos que se construirían en pozo sobre el terreno siniestrado por él mismo. Lejos de solucionar, se quería aprovechar de la situación. Por eso nos inclinamos por el dolo”, explicó el letrado. Un dato no menor es que el valor de mercado de la propiedad, ubicada en pleno centro, rondaba los $6 millones de pesos. Tras el colapso de la estructura, De la Cruz Grandi ofreció sólo $3.5 millones.
“Por supuesto que pensé que podía ir preso”, asegura el abogado al ser consultado sobre su propia confianza en el proceso judicial iniciado en 2017 contra un empresario que en ese momento se percibía como “intocable” debido a la gran cantidad de causas que se acumulaban en los Tribunales, sin mostrar avance alguno mientras la estafa inmobiliaria seguía sumando damnificados en las mejores zonas de la ciudad. “Esto fue algo que fuimos construyendo, es el fruto de muchos años de trabajo. Lo condenaron a 5 años de prisión efectiva y le ordenaron la prisión preventiva por un año. Se le dio plazo de una hora para presentarse en Tribunales Penales y que la Justicia dictamine el lugar de alojamiento. Por lo general, es Villa Urquiza”.
Consultado sobre si el empresario podría recibir algún beneficio para reducir la pena de prisión, Olaizola manifestó que la Ley 24.660 de Ejecución de Pena establece que, una vez que De la Cruz Grandi cumpla el ¾ de la condena podrá acceder al beneficio de la libertad condicional. Además, tiene ahora el derecho a apelar la sentencia y brindar sus argumentos en la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. “Hay que ver si apela o no el fallo. Mientras no esté firme, mantiene la prisión preventiva porque hay peligro de fuga o entorpecimiento de la acción de la Justicia, por eso se interpuso esa medida cautelar”, enfatizó.
“A conciencia”
Durante el juicio oral contra el empresario De la Cruz Grandi que comenzó de manera presencial pero luego migró a la modalidad virtual por casos de Covid-19, la querella sostuvo en todo momento que el constructor “actúa a conciencia”. “Se trató de un estrago doloso, es decir, hubo una intención”, reafirmó Olaizola tras conocerse el fallo este viernes por la tarde. “Al finalizar el juicio, su Señoría dijo que él se hubiera inclinado por el dolo, pero que no lo puso hacer por una cuestión procesal, porque la fiscalía había acusado por estrago culposo y no se podía apartar de esa categorización por el tipo de delito del que se trata y por ser la fiscalía la que tiene la acción pública”, destacó.
A lo largo del juicio, diferentes peritos coincidieron en que De la Cruz Grandi no realizó la submuración que se había indicado en los días previos para evitar el derrumbe. “Hubo mala praxis, sí, pero la querella entiende que fue una mala praxis intencional. Al empresario le convenía que la pala de la retroexcavadora pegara contra la pared de mi cliente y la fuera debilitando.
A de la Cruz Grandi le convino que la casa se cayera para comprarla a un precio vil y, encima, ofrecerle propiedades que no tenía y que al día de hoy no existen. Todo ese cúmulo de pruebas permitieron que su Señoría llegara a la certeza de que esto se produjo por culpa y responsabilidad del constructor”, remarcó.
Un primer paso
Olaizola consideró que el fallo judicial contra De la Cruz Grandi “es un primer paso de la Justicia” y avizoró que “sin dudas va a haber más condenas”. El abogado aconsejó “seguir hasta el final” a quienes iniciaron procesos judiciales contra el constructor, aunque se mostró más confiado en que prosperen las causas penales antes que las civiles que pesan en su contra. “Tienen que hacer las denuncias y pedir justicia”, consideró, aunque señaló también que “la reparación económica a esta altura es difícil porque la estafa ya fue concretada”.
En el caso de la familia que sufrió el derrumbe, De la Cruz Grandi les alquiló un departamento de la constructora Mas & Rovira en la avenida Mate de Luna al 1.500. Nunca más pudieron volver a vivir en su casa debido a los severos daños estructurales que sufrió y que la transformaron en un peligro para sus propietarios.
A siete años de esa madrugada que les cambió la vida, Cascales y Méndez celebraron este viernes el haber recibido una reparación que devuelve el equilibrio: “están muy contentos con nuestra labor y también con el Juez y la fiscal; ellos están felices y creo que gran parte de la sociedad también lo está con este fallo que verdaderamente es ejemplificador”.