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Devolución del 35% por dólar ahorro: desde cuándo puede tramitarse ante AFIP y cómo reclamarla

Con el inicio del nuevo año, ya se puede pedir el reintegro por la percepción del 35% por los gastos en dólares, tanto compra de billetes como servicios en el exterior, realizados entre el 1 ° de enero y 31 de diciembre de 2021. Plazos y diferencias según el tipo de contribuyente.

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Con el inicio del año, ya se puede pedir el reintegro del 35% de adelanto de Ganancias por gastos en moneda extranjera. (Foto: NA/PABLO LASANSKY)
Descacharreo

Arrancó 2022 y los contribuyentes que compraron dólar ahorro o solidario el año pasado o tuvieron gastos en dólares por compra de bienes y servicios en el extranjero ya pueden reclamar ante AFIP el reintegro de 35% de adelanto del impuesto a las Ganancias. Es para las que hayan hecho entre el 1° de enero y el 31 de diciembre últimos.

La medida abarca tanto a quienes están alcanzados por el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales como aquellos que no lo están. El procedimiento para solicitar la devolución difiere entre uno y otro contribuyente, y también los plazos de reintegro.

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Cómo pedir el reintegro de las percepciones del 35% por dólar ahorro si está alcanzado por Ganancias

Como sucedió el año pasado, los trabajadores alcanzados por Ganancias y Bienes Personales deberán:

  • Completar las percepciones en el formulario 572web, por el que se realizan de manera habitual las deducciones al tributo como cargas de familia, alquileres o intereses de créditos hipotecarios, servicio médico, entre otros.
  • Para eso deberá ingresar al Siradig/Trabajador por la página de AFIP con su número de CUIL y clave fiscal.
  • Posicionarse en la declaración jurada 2021 (ya está disponible la del actual año fiscal y en esa no permitirá realizar las deducciones del período anterior)
  • Ir al apartado “Otras retenciones, percepciones, pago a cuenta”.
  • Clickear sobre la opción Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020. Allí se desplegará un menú de los gastos si fueron por servicios, compra de bienes o de dólares para atesoramiento.
Las opciones de devolución de impuesto por compra de divisas o gastos en el exterior
Las opciones de devolución de impuesto por compra de divisas o gastos en el exterior
  • Allí se informarán lo retenido por los bancos en concepto de adelanto de Ganancias por compra o gastos en moneda extranjera entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021.
  • El sistema tiene una precarga de los datos. El contribuyente puede aceptarlos o cargar manualmente aquellos que no estén y que haya controlado en sus resúmenes bancarios.
  • Una vez completado el paso, debe generar una DDJJ y enviar el formulario (on line) al empleador.
  • La devolución la realiza el empleador, hasta el límite anual. Las percepciones serán computadas en la liquidación anual o final.
  • El trabajador tiene hasta el 31 de marzo para informar esas percepciones y otras deducciones por 2021.
  • El reintegro del 35% llegará con los salarios de abril (habitualmente se cobran en los primeros días de mayo).
  • Para el caso de los autónomos o un monotributista alcanzado por Bienes Personales podrán cargar los montos retenidos por compras y gastos en dólares en la declaración jurada anual, que presentarán en junio de 2022.
Desde este mes se puede hacer el trámite ante AFIP para pedir la devolución del 35% de adelanto de Ganancias por gastos en divisas. (Foto: captura TN)
Desde este mes se puede hacer el trámite ante AFIP para pedir la devolución del 35% de adelanto de Ganancias por gastos en divisas. (Foto: captura TN)

Cómo pedir el reintegro de las percepciones del 35% por dólar ahorro si no es un contribuyente de Ganancias

Antes de solicitar la devolución, un trabajador en relación de dependencia o un independiente que no esté alcanzado o no esté inscripto en el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales debe:

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  • Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.
  • Allí se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021 y que fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP.
  • El contribuyente podrá cargar manualmente las percepciones que le hayan practicado y que no estén precargadas. “En estos casos, es probable que la AFIP requiera con posterioridad los comprobantes de las percepciones, fiscalice al agente de percepción y se demore el trámite de devolución”. explicó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
  • Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”.
  • El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

El año pasado, el reintegro del 35% para quienes no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales recién se activó hacia octubre y tras varias rondas de fiscalización del organismo que comanda Mercedes Marcó del Pont.

Cómo consultar las percepciones del 35% por dólar ahorro de 2021

Todo contribuyentes puede consultar las percepciones del 35% de adelanto de Ganancias por los gastos en dólares durante 2021 en el servicio de AFIP “Mis Retenciones”:

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  • Se accede con CUIT/CUIL y clave fiscal.
  • Allí debe buscarse el código del impuesto (217 o 219)
  • Realizar la búsqueda por fechas (día, mes y año).
  • El sistema devolverá un listado con el tipo, número de comprobante y descripción de la operación.
  • También el importe retenido/percibido.
En el sitio "Mis retenciones", el contribuyente puede consultar los adelantos informados por los agentes de retención. (Foto: captura de pantalla/AFIP)
En el sitio “Mis retenciones”, el contribuyente puede consultar los adelantos informados por los agentes de retención. (Foto: captura de pantalla/AFIP)

Este es el segundo año en el que la AFIP devuelve una de las cargas tributarias que encarecen la compra de dólares para atesoramiento o los gastos en el exterior, incluidos los servicios de streaming como Netflix.

La otra carga tributaria sobre el dólar, el impuesto PAIS (30%) no es reintegrable y está vigente por los próximos 3 años.

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