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El Gobierno condicionó el ingreso de empresas al programa Repro II

Por una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo estableció nuevos requisitos y limitantes para otorgar el subsidio a empresas para el pago parte del salario. Los interesados para esta línea como para los créditos a tasa cero tienen tiempo hasta este viernes para anotarse.

Para Acceder Al Repro Ii Habrá Que Cumplir Una Serie De Requisitos
Para acceder al Repro II habrá que cumplir una serie de requisitos. (Foto NA) Por: NA
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El Gobierno introdujo una serie de cambios en las condiciones para acceder al programa Reactivación Productiva (Repro II), una de las líneas de auxilio estatal para sectores que no se recuperaron de la pandemia de coronavirus, que reemplazan al más masivo plan de Asistencia al Trabajo y a la Producción (ATP) que rigió el año pasado y que establece una suma mensual de $9000 por cada empleado activo de la empresa beneficiaria.

Mediante la resolución 1119, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo consideró necesario “realizar modificaciones, adaptaciones y aclaraciones que coadyuven al proceso de implementación del Repro II”.

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De acuerdo con la resolución, las empresas que sean obligadas por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a reintegrar las sumas correspondientes a las prestaciones del Programa ATP, tampoco podrán acceder al Repro II. Las firmas pueden ser intimadas a devolver los montos de asistencia estatal si se constata que incumplen alguna de las obligaciones firmadas al adherir al plan. Una de ellas es la prohibición de comprar dólares.

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Además, las empresas que cuenten con menos de 800 trabajadores, para acceder a la asistencia que define Trabajo tendrán que actualizar la información correspondiente al pasivo y al patrimonio neto cada tres meses. En ese caso, la información correspondiente al activo corriente y al pasivo corriente deberá presentarse mensualmente, y la falta de cumplimiento de esta carga provocará la caducidad del beneficio.

Por último, el Gobierno estableció que el beneficio se extenderá por un mes y no por dos, por lo cual empleadores deberán inscribirse en el programa Repro II en forma mensual para poder acceder.

Al programa pueden postularse hasta este viernes 8 las empresas que se hayan inscripto a mediados de diciembre en la fase 9 del ATP que no sean parte de los denominados sectores críticos. Esas firmas podían peticionar en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) créditos a tasa subsidiada o bien adherir al programa de la cartera laboral. Hasta el viernes esos empleadores tienen tiempo para agregar datos requeridos según la línea de asistencia solicitada.

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En la resolución publicada este lunes, el ministerio a cargo de Claudio Moroni estableció que el Repro II no estará disponible para los empleadores del transporte de pasajeros urbano y suburbano que perciban subsidios del Estado nacional. Tampoco las instituciones educativas privadas que reciban subsidios estatales, de cualquier nivel de gobierno, u que representen más de un 50% de las remuneraciones de sus trabajadores.

Si el subsidio es inferior a ese valor, percibirán un porcentaje del beneficio total del programa Repro II equivalente a la proporción del salario que abona efectivamente la institución educativa, excluyendo el subsidio., se indicó. El monto del beneficio resultante no podrá ser superior al valor de la remuneración neta salario que abona la institución educativa, excluyendo el subsidio por parte del Estado, se aclaró.

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