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El Gobierno solicita a la UNT que aparte a sus directores de Canal 10 al estar procesados por graves delitos

Ingrid Lausberg, directora del canal en representación del Estado provincial, consignó que la continuidad de los presuntos delincuentes Rodolfo Burgos y de Leandro Díaz "es dañosa en grado sumo para el desenvolvimiento de la explotación conjunta de la empresa".

Rodolfo Burgos - Ingrid Lausberg
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Un escándalo institucional sacude por estas horas a Canal 10, que involucra a dos de los actuales representantes de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) en el directorio de la señal, ya que al encontrarse procesados ambos por graves delitos desde el Gobierno de la Provincia solicitaron que sean apartados de sus funciones.

A través de una presentación al rector Sergio Pagani, la directora del canal en representación de la Provincia, Ingrid Lausberg, solicitó “tome en consideración el otorgamiento de licencia u otra medida que considere oportuna” a fin de apartar temporalmente a Leandro Díaz y Rodolfo Tercero Burgos, “por las graves causales” por las que se los acusa.

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“Como es público y notorio, ambos directores de la principal emisora de televisión abierta de la Provincia designados por la UNT se encuentran procesados, tanto por la justicia Federal (tal el caso del designado presidente del directorio, Ing. Leandro Díaz a quien se le endilgan la comisión de delitos contra la administración pública), como por la justicia provincial (tal el caso del director vocal Rodolfo Tercero Burgos por el delito de abuso sexual agravado contra su hija menor de edad)”, explicó la funcionaria.

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Sobre los graves delitos por los que ambos directores se encuentran procesados, Lausberg detalló que el juez federal, Guillermo Molinari, dejó en claro que “se pudo comprobar que las resoluciones de fechas 04/06/2014, 22/12/2014 y 22/12/2014 –obrantes a fs. 33/35-, dictadas por Leandro Raúl Díaz –en su carácter de Secretario Financiero de dicha casa de Altos Estudios dispusieron el pago de un “Suplemente por Antigüedad” a determinados funcionarios de la Universidad Nacional de Tucumán” y que dichas resoluciones se apartaron “de los parámetros establecidos por la Ley N° 14.473, y a partir del año 2015, el Decreto N° 1246/15 correspondiente al Convenio Colectivo para docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales”.

El juez federal consideró  que “se encuentran reunidos al presente con el grado de provisoriedad que habilita esta etapa procesal elementos de convicción suficientes en los términos del art. 306 y c.c. del C.P.P.N. para el dictado de procesamiento sin prisión preventiva de Juan Alberto Cerisola y Leandro Raúl Díaz, por considerarlos prima facie co-autores (art. 45 del C.P.), penalmente responsable del delito previsto y penado por el art. 248 (incumplimiento de deberes de funcionario público), al haber dictado resoluciones u órdenes contrarias a las leyes nacionales y el haber ejecutado las mismas, resultando responsables en los términos enunciados respecto a la sanción de las resoluciones señaladas precedentemente”.

Asimismo, el juez dictó un embargo “en tres millones de pesos ($3.000.000) en relación a Juan Alberto Cerisola y Leandro Raúl Díaz, para cada uno de ellos, sobre bienes suficientes de su propiedad” (SIC). Sobre Burgos, recordó que se encuentra imputado por el delito de abuso sexual en contra de su hija menor, además de las tres medidas de restricción impuestas por la Justicia provincial.

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“Desde diciembre de 2022 la causa está elevada a juicio oral y público. La Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual N° 2, a cargo del fiscal Fernando Blanno, consideró que existen elementos de prueba que sustentan la denuncia en contra”, especificó Lausberg.

Además, adjuntó evidencias del silencio protector de Leandro Díaz ante los pedidos de que se tomen medidas contra Burgos. A través de una carta documento, el actual presidente desestimó su solicitud ya que “se aparta de lo normado en la Ley General de Sociedades”. “Por un lado, porque dicha ley no le otorga competencia al directorio, como órgano de administración societaria, para entender en un requerimiento de esa naturaleza (art. 255 y cctes. de la LGS).

“Por otro lado, porque ese digesto no prevé la posibilidad de que el director de una SA o SAPEM solicite la licencia (ni la renuncia) de otro director (art. 256 y cctes. de la LGS)”, añadió y finalmente adujo que “esa ley no contempla la posibilidad de forzar u obligar a un director a tomar una “licencia preventiva’ por haber sido imputado de un delito y, a mayor abunda-miento, admitir algo semejante implicaría violar el principio de inocencia (art. 18 de la CN, art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, art. 8 inc. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y art. 14 inc. 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)”.

A las “gravísimas imputaciones” judiciales contra los directores se suma la causa n° 3667/2023 “LAUSBERG INGRID VS UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN S/IMPUGNACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO” que tramita en Juzgado Federal nº1 “en virtud de los nombramientos efectuados en violación del Estatuto de la empresa que represento, en ocasión del otorgamiento de licencia al director Burgos quien ejercía la presidencia en aquel entonces”. “Aclaro que este acto administrativo también fue firmado por el Secretario General de la Universidad Nacional de Tucumán y representante accionario en la Sociedad Televisora Tucumán SAPEM, licenciado José Hugo Saab”, señaló la representante provincial de Canal 10, hecho que había sido advertido al rector Pagani en marzo de este año.

Por último, Lausberg afirma que “configura una extrema gravedad institucional el desmanejo económico financiero producto de la gestión de los directores Leandro Díaz y Rodolfo Burgos que ha sido detectado y comprobado por las auditorías de la sindicatura de Canal 10”, documentos que adjuntó en el petitorio enviado al Rector de la UNT para fundamentar los graves hechos a los que refiere: “concluyo sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionadas con hechos o con condiciones que pueden generar dudas importantes sobre la capacidad de TELEVISORA DE TUCUMÁN SAPEM para continuar como empresa en funcionamiento”.

“Todos estos hechos y actitudes de ambos funcionarios públicos representantes por la UNT de TELEVISORA DE TUCUMÁN SAPEM no hacen más que dañar a la institución y entorpecer el normal desenvolvimiento de la empresa, por lo que impetro a usted a arbitrar los medios para evitar la continuidad de los mismos por dañosa en grado sumo para la explotación conjunta de nuestro querido Canal 10”, cerró, reiterando su pedido a Pagani de “tomar las medidas que la gravedad institucional denunciada reclama”.

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