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¿El M.P.F. es funcional al PODER POLITICO?

La pregunta que se hacen todos los tucumanos, luego de intervenciones muy cuestionadas, que beneficiarían al poder político

Fiscal subrogante del MPF, Dr. Daniel Marranzino-Vocal de la Corte Suprema, Daniel Leiva-Legislador, Jorge Yapura Astorga
Descacharreo

Durante el transcurso de los dos últimos meses, hechos sacudieron a la provincia y desnudaron la trama de lo que podría ser un accionar de parte del Ministerio Público Fiscal (MPF), lo acontecido llamo la atención de la opinión pública, dado que, en dos causas, la opinión de la sociedad alertaba que el Ministerio Publico habría beneficiado al poder político. Cabe recordar que el fiscal subrogante del MPF es el Dr. Daniel Marranzino, quien actuó en ambas causas y luego se tomo licencia.

Los dos hechos que habrían recibido una contundente ayuda política de parte del MPF están relacionados, una con el legislador provincial, Jorge Yapura Astorga, y la otra con el vocal de la Corte Suprema, Daniel Leiva. En el caso del ex intendente de Tafí del Valle, debe someterse a un juicio oral bajo la grave acusación de enriquecimiento ilícito, fraude en perjuicio de la administración pública y asociación ilícita, entre otros, junto con integrantes de su familia.

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Luego de un primer intento de impugnación por parte de Yapura Astorga, la Corte Suprema de Justicia manifestó que no encontraba supuesto de gravedad institucional alguno, que le permitiera admitir el recurso de casación. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal emitió un dictamen en el que recomendó al máximo tribunal de Tucumán que se le brinde a Yapura Astorga el recurso extraordinario ante el Superior Tribunal Federal.

De esta manera, el MPF habría consentido al poder político, por medio de este intento de defensa del legislador del oficialismo. Y es que se trató de un “llamativo” cambio de opinión que adoptó el Ministro Público Fiscal. Ya que, en oportunidad de que Yapura Astorga planteara la apelación en la Corte Suprema de Tucumán, en pos de obtener la nulidad del proceso, la historia fue distinta, cuando quien estaba al frente era Edmundo Jiménez.

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Sin embargo, quien ocupó su lugar luego de que tomara una licencia, fue Daniel Marranzino, quien luego de que la mismísima Corte Suprema solicitara su opinión, éste recomendó que le sea otorgado el recurso extraordinario a Yapura Astorga. Incluso, fundamentó su postura en la supuesta violación de las garantías constitucionales del acusado. De esta manera, desconocía la anterior decisión del MPF antes de su llegada.

También, había pasado por alto el propio fallo de la Corte Suprema, así como los tratados internacionales con rango constitucional de lucha contra la corrupción. Finalmente, el máximo tribunal falló en contra de las intenciones de Yapura Astorga de dilatar el proceso del trámite judicial y determinó que el legislador provincial deberá ser sometido a un juicio oral y público para dar explicaciones de los actos de corrupción que se le endilgan.

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No conforme con esta intervención, el MPF a cargo de Marranzino tenía guardada otra desagradable decisión. La misma, se echó a rodar luego de que estallara el escándalo de la denuncia del camarista, Enrique Pedicone, en contra del vocal de la Corte Suprema, Daniel Leiva, bajo la grave acusación de tráfico de influencias, coacción e incumplimiento de los deberes inherentes a su función.

Esta denuncia debería ser investigada bajo el Nuevo Código Procesal Penal, que entró en vigencia el mismo día de la acusación formal, es decir, el 1° de septiembre, el cual consiste básicamente en la puesta en práctica de un sistema de audiencias públicas y de plazos más breves. Sin embargo, Marranzino decidió cederle el trámite judicial a la fiscal Mariana Rivadeneira para que investigue el caso con el anterior código procesal.

El asunto es que ese sistema está caduco y remplazado por el nuevo código, algo que no resulta antojadizo, sino que fue establecido por la propia Corte Suprema de Justicia de Tucumán por medio de la acordada N° 806/2020 emitida el 31 de agosto, que incluye la firma de Daniel Leiva. En la misma, se dictamina que a partir del 1° de septiembre, toda causa deberá tramitarse dentro del nuevo Código Procesal Penal de la provincia bajo ley N°8933.

Esto no habría sido un error de parte de Daniel Marranzino, sino que estaría hecho con deliberación para poder interceder en favor del vocal del máximo tribunal de la provincia, servil del poder político, según se desprende de la denuncia de Pedicone. Y es que el anterior código consiste en un régimen “escrito y secreto”, con la intención de que se desarrolle una investigación eterna, que terminaría impune, como los demás trámites judiciales contra los miembros de los poderes del Estado.

Los casos de Jorge Yapura Astorga y de Daniel Leiva no harían más que comprobar que existiría una clara intromisión del poder político en el Ministerio Público Fiscal. De esta manera, el MPF en lugar de defender los intereses del pueblo, tal y como lo indican sus funciones, procuraría obedecer al poder político de turno.

Esto mismo, coloca al ciudadano de a pie en un completo estado de indefensión. En esa línea, otro organismo que no se ocupa de la protección de los integrantes de la sociedad tucumana, es la Defensoría del Pueblo, cuyo titular es Fernando Juri Debo. Lejos de ello, tendría cierta afinidad con el poder político, recordamos que fue uno de los que enarboló la bandera de los pedidos de informes de las causas que lleva adelante Pedicone a la propia Corte Suprema.

En estos dos meses, los hechos anteriormente relatados dieron cuenta que habría un entramado de poder que se estaría desarrollando desde las sombras en Tucumán, el cual, estaría orquestado desde las más altas esferas. Los organismos como la Defensoría del Pueblo, pero, sobre todo, el Ministerio Público Fiscal, parecieran más bien defensores de los funcionarios de turno, en lugar de velar por la defensa de la sociedad, la verdadera víctima de un poder político cada vez más sospechado de cometer actos espurios.

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