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“El siniestro plan de impunidad que estaría orquestado desde el M.P.F.”

Ante la manifiesta omisión de parte de Edmundo Jiménez en desplazar al fiscal de Cámara Daniel Gerardo Marranzino de la causa de corrupción del ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista Jorge Yapura Astorga, crecen los rumores de complicidad.

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Edmundo Jiménez
Descacharreo

Opinión. “Lo que nos dejó la semana

Dicen que en el último tiempo a Jorge Yapura Astorga se lo comenzó a ver más aliviado. En su entorno más íntimo no daban cuenta del por qué alguien procesado por graves hechos de corrupción al borde del juicio oral podía aparentar estar tan tranquilo. Y es que, en realidad, no sólo lo aparentaba, sino que, a ciencia cierta, estaba más tranquilo. Lo estaba porque claramente sabía algo que nadie más sabía… hasta que Tucumán Despierta lo descubrió.

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Resulta que este medio tuvo acceso a información que le permitió advertir aquello que se estaba cocinando a fuego lento, algo que corroe las entrañas de la sociedad por la bronca, pero que también mina las instituciones como un cáncer que se expande sin poder frenarlo. Se trata de la razón por la cual Yapura Astorga había vuelto a sonreír. Se trata nada menos del siniestro plan de impunidad que se estaría orquestando desde el M.P.F.

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Y es que desde el Ministerio Público Fiscal se habría dado luz verde a una malévola operación que en secreto se conoce como “Operación Dictamen 2° Parte”, el cual consistiría en blindar a Yapura Astorga para que no tenga que enfrentar el juicio que pesa en contra suyo y de su círculo íntimo. Ahora bien, le lector se preguntará por qué lo de “2° Parte”. Pues bien, en la semana que pasó para jamás volver, Tucumán Despierta advirtió en qué consistiría esta operación.

Todo se remonta a julio del año 2020, cuando Daniel Gerardo Marranzino, por entonces Ministro Fiscal Subrogante, reemplazaba a Edmundo Jiménez en su calidad de titular del MPF. Fue en ese momento que el Ministerio Público Fiscal emitió un dictamen, firmado por Marranzino, en el cual recomendaba a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que finalmente se le brinde a Yapura Astorga el recurso extraordinario ante el Superior Tribunal Federal.

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Daniel Gerardo Marranzino

En ese momento, lo hicieron sin justificación alguna, lo que permitiría al imputado, si la Corte Suprema hacía lo propio, ganar tiempo y dilatar el proceso ya elevado a juicio. La intención por entonces era la de hacer zafar a Yapura Astorga de tener que someterse a la Justicia. En aquél momento, Marranzino y Jiménez creían que recibirían un guiño de parte del máximo tribunal que les permitiría consagrar la impunidad de Yapura Astorga.

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Ahora bien, ¿Qué fue lo que determinó la Corte Suprema local? El máximo tribunal local decidió que al momento en que el sindicado fue citado a declarar, es decir, el 25/08/2015, ya se había producido el correspondiente desafuero, tal y como lo indica el Artículo 64 de la Constitución de la Provincia de Tucumán, en el punto 2. Así quedó avalada la apertura de la investigación jurisdiccional que se le indicó al Juez de Instrucción y de Menores de Monteros, Dr. Mario Velázquez.

Dicha investigación, involucra a Manuel Jorge Yapura Astorga, sobre el que se solicitó su desafuero ante el propio Concejo Deliberante de Tafí del Valle, el día 29/07/2015. Sin embargo, el mismo no fue tratado. Aun así, el 25/08/2015, el Juez lo citó a declarar en calidad de imputado entendiendo que el desafuero ya había sido concedido de forma tácita según los términos del Artículo 64 de la Constitución provincial.

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Jorge Yapura Astorga

Finalmente, el entonces Ministro Subrogante Daniel Marranzino, parecía desconocer algo tan elemental como que la elevación a juicio oral no significa una sentencia condenatoria y mucho menos que se podrían estar violando garantías constitucionales. Por el contrario, el debate oral y público le permite al imputado, poder ejercer el derecho de la defensa. Pero lo que quería el MPF era otra cosa: la impunidad.

Lo que quedó claro hace casi dos años fue que, mediante este accionar, el Ministerio Público Fiscal habría estado pretendiendo favorecer a Yapura Astorga por medio de la dilatación del juicio. El tiempo pasó y en este año, tanto Marranzino como Jiménez habrían visto la oportunidad de volver a intentar ayudar al legislador oficialista en lo que hace a la “2° Parte” de la operación desatada por medio de un dictamen.

En su papel de fiscal de Cámara, Daniel Marranzino, insólitamente emitió un dictamen papelonesco en que dejó por escrito que sí corresponde considerar distintos ítems que se deben ponderar basándose en las distintas funciones públicas que Yapura Astorga ha cumplido y cumple todavía hasta el día de hoy como integrante del cuerpo legislativo de la provincia de Tucumán. 

Asimismo, el fiscal dijo que debe determinarse la nulidad absoluta de los actos de citación a juicio y apertura juicio puesto que se hicieron luego de que el ex intendente tafinisto asumiera como legislador. Como si esto no fuera suficiente, Marranzino expresó que además no correspondía continuar con el proceso si no se solicitaba previamente su desafuero. Como podrá observarse, la cuestión del desafuero no es más que una miserable excusa. 

Pero lo que desde el MPF ignoran y dejaron pasar por alto es el hecho de que el accionar de Marranzino es técnicamente ilegal, debido a que el mismo Marranzino intervino anteriormente como “Ministro Fiscal ad hoc” en la Corte de Tucumán en el año 2020, emitiendo un dictamen incluso favorable al acusado ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista, Jorge Yapura Astorga.

El dictamen emitido fue por entender “lesionados derechos y garantías constitucionales tales como el debido proceso, el derecho de defensa y la igualdad ante la ley, como así también comprometido el adecuado funcionamiento de los poderes del estado” (sic). En segundo lugar, por tanto, al haber ingresado la causa “Yapura Astorga Manuel Jorge Leonel y otros” al tribunal de juicio, constituía una obligación legal y un deber ético del fiscal Marranzino inhibirse.

Conforme lo ordenado en el artículo 60 inc. 1 y artículo 78 del Código Procesal Penal Tucumán, a fin de mantener incólume los principios de objetividad y lealtad procesal. Es por ello que la conclusión es que el dictamen último Marranzino acerca de la nulidad de las actuaciones y el pedido de desafuero Jorge Yapura Astorga, es absolutamente nulo, como así también son inválidas la totalidad de sus actuaciones previas del tribunal de juicio.

El fiscal Marranzino no puede y no debe continuar actuando, tiene que inhibirse. El lector debe entender que no sólo se trata de una maniobra que busca consagrar la impunidad de alguien poderoso en el mundo de la política como Yapura Astorga. No sólo se trata de estafar a la sociedad dejando en claro que el que las hace no las paga si es amigo del poder. En realidad, es mucho más grave que eso.

Y es que el fiscal se vale de una actuación que no debería tener continuidad porque debería inhibirse. Pero el problema es que los tiempos se acortan y Marranzino sigue en la causa, continúa buscando consagrar la impunidad valiéndose de un acto ilegal de toda ilegalidad. El fiscal viola la ley para permitir que Yapura Astorga pueda hacer lo mismo. Pero, como si esto fuera poco, la situación es todavía peor.

Esto se debe a que el técnicamente ilegal accionar del fiscal de Cámara estaría avalado por nada menos que el titular del MPF, Edmundo Jiménez.

Al respecto, consultado por “Tucumán Despierta” el Dr. Gustavo Morales, abogado penalista, para que brinde su apreciación técnica sobre la existencia o no de algún tipo de responsabilidad del Ministro Fiscal Dr. Edmundo Jesús Jiménez en la causa “YAPURA ASTORGA JORGE MANUEL LEONEL”, el letrado sostuvo:

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Dr. Gustavo Morales

En primer lugar se advierte una clara responsabilidad funcional del Ministro Fiscal Edmundo Jiménez porque ignora o directamente viola, de manera grosera y hasta alevosa, una norma imperativa contenida en el artículo 94° incisos 4 y 6 de “Ley Orgánica del Poder Judicial”, que ordena al jefe de los fiscales “vigilar la recta y pronta administración de justicia, denunciando los abusos y malas prácticas de los tribunales e inferiores…” y además “velar por el estricto cumplimiento de los plazos procesales”.

En segundo lugar, resulta una obviedad que, lejos de ejercer el contralor sobre el Fiscal de Cámara Penal Conclusional de la III Nominación, no solo consintió sino hasta estimuló la ilegal doble actuación procesal de Marranzino, como Ministro Fiscal Subrogante y luego como Fiscal ante un tribunal de juicio.

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En tercer lugar, se trata de una omisión maliciosa del Ministro Fiscal Jiménez, deliberadamente delictiva y corrupta, porque coadyuva a que se genere una nulidad absoluta que termina beneficiando al acusado, el actual legislador Jorge Yapura Astorga y a su banda, pues en el supuesto de ser condenado, se configura un vicio grave que posibilita la procedencia, o sea, el éxito, de un futuro recurso de casación por la defensa de aquel parlamentario.

En cuarto lugar, con la dolosa inercia del Ministro Fiscal Jiménez se completa un cuadro anómico que agrede el derecho de las víctimas y denunciantes y exterioriza una vulneración a la “Convención Interamericana Contra la Corrupción”, “el derecho de la víctima a la tutela judicial efectiva” y de las “Reglas de Brasilia”.

En quinto lugar, por tanto, el Ministro Fiscal Jiménez podría incurrir en el delito de “violación de los deberes de funcionario público” y también es pasible de un “juicio político” por las causales de “mal desempeño en el ejercicio de sus funciones” y “comisión de delitos en el ejercicio de estas”. –

De esta forma, queda claro que Edmundo Jiménez, tiene tal grado de responsabilidad ante esta maniobra que no cabe duda alguna de que, en realidad, sería cómplice, ya que estaría armada con quien sería su ejecutor, es decir, el Dr. Marranzino. Dos funcionarios judiciales que actuarían al servicio de la impunidad. Es de esta forma en la que manejan y favorecerían a la corrupción e impunidad del poder político desde el MPF.

Edmundo Jiménez protege a Daniel Marranzino y no hará lugar a la sustitución del fiscal de Cámara porque no se trata de una casualidad, se trataría de una obra maquiavélica urdida por ambos para dotar de impunidad a Yapura Astorga. Para que jamás pague por los graves delitos por los que está acusado. Para que jamás rinda cuentas ante la sociedad. Esto es lo que estarían permitiendo Jiménez y Marranzino.

Es por ello que el titular del MPF protege, defiende y mantiene en su puesto al fiscal Marranzino. Porque es la manera en que blindarían al poder político corrupto que encarna el ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista Jorge Yapura Astorga. Para eso volvieron a intentar llevar a cabo lo que no pudieron hace dos años. Por eso es que desataron ambos la “Operación Dictamen 2° Parte”, la misma que descubrió Tucumán Despierta. La misma que, si no es desarmada, se llevará puesto al Estado de Derecho tal y como lo conocemos.

Con corrupción e impunidad, no existe república.

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