La Dirección General de Rentas de la Provincia informa que el plan de facilidades de pago fue prorrogado hasta el 31 de mayo a través de una resolución del ministerio de Economía.
Los impuestos que se pueden regularizar mediante este plan son inmobiliarios, automotores, ingresos brutos, salud pública, tasas retributivas de servicios y agentes de retención y percepción.
Las condiciones que se deben cumplir son tener abonado los impuestos, las cuotas, los anticipos que vencen en este mes. Por ejemplo, impuestos a la actividad económica se trata del anticipo cuarto y el caso de patrimoniales la cuota cinco”, dijo Juan Fernández, subdirector de Rentas.
Fernández destacó que, mediante este plan de pago, se pueden regularizar deudas que hayan vencido y sean exigibles al 30 de abril de este año.
Sobre el primer pago parcial, el subdirector afirmó que opera el 15 de junio de este año. “Se puede hacer hasta 36 cuotas”, contó.
“Los beneficios son una rebaja importante en la tasa de financiación. La tasa de financiación es el 1% mensual, cuando el plan de facilidades de pago no excede de 12 cuotas, el 1,5% cuando no excede de 24 y desde 25 a 36 es el 2% mensual”, agregó.
Bocas de cobranza
La Dirección de Rentas continúa sumando herramientas para facilitar el pago de los tributos. Felipe Carrizo, del Departamento Técnico Tributario, contó que se sumó el botón de pago en Macro Click con el que el contribuyente puede pagar vinculando una tarjeta de débito.
“Esto se suma a los botones de pago que la dirección ya tiene habilitados como los de las redes de Rapi Pago y Pago Fácil”, contó Carrizo. Y agregó: “La novedad de este nuevo botón es que permite pagar con la modalidad de debit, permite vincular una cuenta de cualquier banco para efectuar el pago”.
El contribuyente se debe dirigir a la boca de cobranza de la red de Rapi Pago o Pago Fácil, indicar el número de padrón o patente y la cuota que desea pagar.
Cabe destacar que siguen vigentes los otros medios de pago como cajeros automáticos y sitios web de medios de pago (PagoMisCuentas, LinkPago). “El contribuyente puede abonar de manera excepcional con previa autorización de la institución, el pago a través de transferencia mediante CBU”, dijo Carrizo.