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Hasta qué hora se puede vender alcohol este sábado por la veda electoral

Entre las actividades reguladas en la previa de las comicios se encuentra el expendio de estas bebidas, que en estas PASO será hasta las 20 horas del sábado 11 de septiembre.

vino
Descacharreo

Desde el pasado viernes 10 de septiembre a las 8 comenzó a regir en el país la veda electoral, un período de 48 horas previas a las PASO de las Elecciones Legislativas 2021 en el que algunas actividades quedan limitadas o prohibidas. Entre ellas, la venta de bebidas alcohólicas. ¿Desde qué hora no se puede vender alcohol? A partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo, tres horas después de cerradas las mesas de votación.

La Justicia Electoral determina que en ese período, los negocios que se dedican al expendio de bebidas alcohólicas deben permanecer cerrados, y que romper esta disposición puede conducir a una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

Fumigación y Limpieza

Esta es una medida que corresponde a “antecedentes históricos”, según precisó en un reportaje Sebastián Schimmel, secretario de la Cámara Nacional Electoral: “Tiene que ver con la idiosincrasia de la sociedad. Durante muchos años tuvimos prácticas vinculadas con el acarreo de grupos de votantes, punteros reteniendo DNI. Y muchas de esas prácticas estaban vinculadas con el expendio o el suministro de bebidas alcohólicas. La ley busca prevenir esto”, expresó tiempo atrás el funcionario en el programa Novaresio 910 (Radio la Red).

Movilidad Urbana

El resto de las actividades no permitidas durante la veda

Las prohibiciones están detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. Su plazo se extiende hasta las 21 horas del domingo 12 de septiembre, tres horas después de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Se aplican tanto a candidatos y a los votantes, e incluyen:

Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral

Banner Tucumán Despierta
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Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral

Prohibición de portar armas

Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias

Desde el pasado viernes 10 de septiembre a las 8 comenzó a regir en el país la veda electoral, un período de 48 horas previas a las PASO de las Elecciones Legislativas 2021 en el que algunas actividades quedan limitadas o prohibidas. Entre ellas, la venta de bebidas alcohólicas. ¿Desde qué hora no se puede vender alcohol? A partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo, tres horas después de cerradas las mesas de votación.

La Justicia Electoral determina que en ese período, los negocios que se dedican al expendio de bebidas alcohólicas deben permanecer cerrados, y que romper esta disposición puede conducir a una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

Esta es una medida que corresponde a “antecedentes históricos”, según precisó en un reportaje Sebastián Schimmel, secretario de la Cámara Nacional Electoral: “Tiene que ver con la idiosincrasia de la sociedad. Durante muchos años tuvimos prácticas vinculadas con el acarreo de grupos de votantes, punteros reteniendo DNI. Y muchas de esas prácticas estaban vinculadas con el expendio o el suministro de bebidas alcohólicas. La ley busca prevenir esto”, expresó tiempo atrás el funcionario en el programa Novaresio 910 (Radio la Red).

El resto de las actividades no permitidas durante la veda

Las prohibiciones están detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. Su plazo se extiende hasta las 21 horas del domingo 12 de septiembre, tres horas después de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Se aplican tanto a candidatos y a los votantes, e incluyen:

Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral

Prohibición de portar armas

Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

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