Cuando todo parecía indicar que la semana que pasó para jamás volver vería finalmente a la justicia caer con todo su peso sobre el clan Yapura Astorga, algo ocurrió. Y es que, como ya lo mencionamos anteriormente parafraseando a William Shakespeare, podríamos decir que algo huele mal en Tucumán. La afirmación del comienzo de esta columna encontró su origen en la magna obra “La Tragedia de Hamlet, Príncipe de Dinamarca”, firmada por el excepcional dramaturgo.
Justamente, cabe recordar que hace exactamente dos meses, Tucumán Despierta dio cuenta el pasado domingo 15 de septiembre cuando hicimos hincapié en el hecho de que ya por entonces, había un clima enrarecido, lo que nos llevó a recordar la frase “algo huele mal en Dinamarca”, con la que en la vida política se designan las cosas que no marchan bien en un país por causa de la corrupción.
En este caso, se trata de Tucumán, más específicamente, se trata de un juicio que es histórico pero que, lejos de arrojar luz sobre los hechos, echa su manto de oscuridad en torno a la falta de una resolución definitiva que debió haber ocurrido el pasado viernes y que, sin embargo, se volvió a postergar (otra vez), para el próximo miércoles 20 a las 09:00 hs de la semana que comienza mañana. ¿Será así o se postergará nuevamente?
Lo cierto es que, lejos de claridad, es la opacidad de lo que rodea a este final de juicio y lo que hace ruido, justamente, son las posibles razones/excusas por las cuales se dilata la debida sentencia con la que el tribunal debe hacer valer el peso específico de las contundentes pruebas que fueron debidamente presentadas en contra de Jorge Yapura Astorga y de todo su clan. Y es que, justamente, no se sabe por qué razón, motivo o circunstancia la resolución no llegó.
Lo cierto es que no sería casualidad este hecho bastante sospechoso, debido a que la demora en el dictado de la sentencia en contra del clan Yapura Astorga tiene nombres y apellidos, la misma se encuentra en manos de los Dres. Gustavo Aldo Romagnoli, Fabián Adolfo Fradejas y Luis Fernando Morales Lezica. Se trata de nada menos, que de los tres magistrados que integran el Tribunal de la Sala III Conclusional. ¿Por qué todavía no han fallado en esta causa extensa hasta el hartazgo?
Lo cierto es que hace un mes, desde Tucumán Despierta nos preguntábamos: ¿Acaso la Justicia local está preparando el terreno para darle un nuevo golpe de gracia a la sociedad tucumana absolviendo al clan Yapura Astorga? ¿Será cierto que existiría cobertura de parte de algún sector del poder político provincial con el objetivo de blindar al ex intendente tafinisto como así también a su clan? un mes después, todavía y lamentablemente, nos seguimos preguntando lo mismo.
Y si de volver atrás en el tiempo se trata, cabe recordar que, a lo largo de nueve años y siete meses, todos hicieron su trabajo. El juez de Garantías de Monteros, Dr. Mario Velázquez, realizó toda la instrucción por tratarse de una investigación jurisdiccional. Es decir, hizo su trabajo. Por su parte, el juez del Centro Judicial Concepción, Dr. Raúl Rubén Fermoselle cuando elevó a juicio oral la causa contra Jorge Yapura Astorga, hizo su trabajo.
Siguiendo esa misma línea, tenemos a la Cámara de Apelaciones que también hizo su trabajo en lo que hace a todos los fallos adversos con pretensiones dilatorias presentadas por Yapura Astorga. Asimismo, la Fiscalía de Cámara N° 3 que conduce el Dr. Daniel Gerardo Marranzino, secundado por los fiscales auxiliares, Dres. Gerardo Arch y Rafael Heredia Carreño, hicieron su trabajo en este debate oral y público, llevándose de todo el estudio de la documental que se encuentra en el expediente.
Es decir, la Fiscalía realizó los alegatos contundentes que expusimos en nuestro medio, además pidió la condena de la totalidad de los imputados. En definitiva, también hizo su trabajo. Y, nobleza obliga, hasta los abogados defensores, bien o mal, alegaron a su forma en defensa de sus clientes. Es decir, hicieron su trabajo.
Penas solicitadas por la fiscalía
Lo cierto es que a los ocho integrantes del clan que fueron debidamente enjuiciados se los acusa de los siguientes delitos, al tiempo que solicitaron las siguientes penas al tribunal:
1. YAPURA ASTORGA MANUEL JORGE, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés propio), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, y autor del delito de Enriquecimiento ilícito en concurso real, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, 268 2, 54 y 55 del Código Penal, en perjuicio de la administración pública, solicitando la pena de 5 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial perpetua, más la pena de multa del 50% el valor de $1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el IPC publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria
2. MUSTAFA NERINA JULIETA, por ser cómplice primario en los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública en favor de terceros, Administración Fraudulenta por fraude a La Administración pública todo ello en concurso ideal, y partícipe criminal necesaria por interpósita persona del delito de Enriquecimiento ilícito en concurso real, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, 268 2 último párrafo 54 y 55 del Código Penal, en perjuicio de la administración pública, solicitando la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas procesales, más la pena de multa de 50% el valor de $1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el IPC publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria.
3. YAPURA ASTORGA JORGE EDUARDO, participe criminal necesario por interpósita persona del delito de Enriquecimiento ilícito art 268 2 último párrafo del Código Penal, en perjuicio de la administración pública, solicitando la pena de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas procesales, más la pena de multa del 50% del valor de $1.221.284,29 a octubre del año 2015, el que deberá ser actualizado con el IPC publicado por el INDEC al momento de adquirir firmeza la sentencia condenatoria.
4. SILVA JUAN RAMON, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés DE TERCERO), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración publica e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, y 54 del Código Penal, en perjuicio de la administración publica, solicitando la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de 5 años.
5. MEDINA OSCAR OLAYO, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés DE TERCERO), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, y 54 del Código Penal, en perjuicio de la administración publica, solicitando la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de 5 años.
6. ASTORGA LAGORIA SERGIO ANDRES, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés DE TERCERO), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, y 54 del Código Penal, en perjuicio de la administración pública, solicitando la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de 5 años.
7. SAAVEDRA SONIA DEL CARMEN, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés DE TERCERO), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración publica e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, y 54 del Código Penal, en perjuicio de la administración publica, solicitando la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de 5 años.
8. MERCADO JULIO ANTONIO, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Negociaciones incompatibles con la Función pública (en interés DE TERCERO), Administración Fraudulenta por fraude a La Administración publica e incumplimiento de los deberes de funcionario público todo ello en concurso ideal, arts 45, 265,173 inc 7 y 174 inc 5, 248, y 54 del Código Penal, en perjuicio de la administración publica, solicitando la pena de 3 años de prisión efectiva y costas procesales, más la pena de inhabilitación especial por el plazo de 5 años.
Los único que hasta la fecha no terminan su labor son los integrantes del tribunal, los Dres. Gustavo Aldo Romagnoli, Fabián Adolfo Fradejas y Luis Fernando Morales Lezica.
¿Por qué un juicio que tendría que haberse resuelto en 15 días, considerando las audiencias que se realizaron, lleva ya más de dos meses? Cabe recordar que hubo intermedios bastante largos, de hecho, algunos de más de diez días en los cuales el juicio quedó en el limbo. Y justo cuando debía tener lugar la resolución en general y la sentencia en particular, se demorarán otros cinco días. ¿Por qué? ¿Se estará cocinando algo entre gallos y medianoche a espaldas de la sociedad justo en un fin de semana largo en el que los tucumanos tienen la cabeza en otra cosa?
Demasiada “casualidad” para tratarse de un juicio histórico por donde se lo mire, teniendo en cuenta que se trata de un político que en su momento manejó a diestra y siniestra a todo Tafí del Valle, localidad cuya “botonera” manejaba a sus anchas Jorge Yapura Astorga junto con su clan que no se quedó atrás a la hora de las fechorías ventiladas oportunamente a lo largo y ancho del debate oral y público como quedó reflejado en los alegatos de la Fiscalía.
En ese sentido, cabe preguntarse entonces: ¿por qué razón Gustavo Aldo Romagnoli y Luis Fernando Morales Lezica adujeron que se postergaría el fallo teniendo en cuenta que Fabián Adolfo Fradejas no se encontraba físicamente presente cuando sí estaba participando vía Zoom del alegato de la defensa de una de las imputadas? ¿Acaso el alegato no tiene validez legal? ¿Y si lo tiene, por qué entonces no tuvo lugar la resolución del juicio? ¿Por que la dilatación del final del juicio?
¿Acaso existiría una especie de monje negro de uno de los poderes del Estado detrás de este juicio? ¿Se trataría del mismo que protege a Yapura Astorga? ¿Acaso podría ser el vicegobernador de la provincia de Tucumán y presidente de la legislatura, Miguel Acevedo el verdadero artífice de que todavía no se llegue a la condena contra el clan tafinisto?
Recordemos que el día 27 de octubre de 2024 nuestro medio hizo públicas las compras por mas de 700 millones de pesos en vehículos por parte de Yapura Astorga y su mujer Nerina Julieta Mustafá, noticia que fue replicada a nivel nacional y provincial por el escándalo que significa. Curiosamente un año después de la denuncia que terminó en este presente juicio, pero un dato no menor que dichas adquisiciones comenzaron en el 2016 cuando el actual presidente de la legislatura era Ministro del Interior de la provincia, o sea, quién debía controlar los dineros enviados a los municipios y Yapura Astorga continuaba en la intendencia tafinista.
Al respecto, caber recordar que el acusado, al momento de la declaración en el juicio, manifestó que es asesor de la presidencia de la Legislatura. Entonces, ¿Acaso Miguel Acevedo sería el hombre que le brinda protección a Jorge Yapura Astorga? ¿Se estaría preparando acaso el terreno para una hipotética absolución de todos los acusados a pesar de las contundentes pruebas en su contra? ¿Se esconderán algunos “compromisos” entre Yapura Astorga y el presidente de la legislatura que datan de los años cuando Acevedo se desempeñaba como Ministro del Interior y el procesado era intendente?
En ese sentido, cabe mencionar que en los pasillos de tribunales existe mucha preocupación de parte de algunos funcionarios judiciales por la reacción de la opinión pública tras el fallo, en una época signada por el hartazgo por la corrupción de la casta política y de la inacción en muchos casos del poder judicial.
En definitiva, la sociedad toda espera que, finalmente, el próximo miércoles los jueces que integran el tribunal terminen su trabajo y concluyan con la impunidad política en la provincia, dictando una sentencia con todas las pruebas que fueron el respaldo de la fiscalía al momento de solicitar las condenas y las cuales la defensa de los acusados jamás pudo revertir a lo largo del debate.
Los tucumanos esperan poder volver a confiar en la justicia con un fallo ejemplificador, es momento de decirle BASTA a la CORRUPCION y a la IMPUNIDAD en nuestra provincia.
¿Será Justicia en Tucumán hoy y para siempre o seguirá ganando la impunidad?