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La Corte Suprema de Tucumán sería denunciada ante Organismos Internacionales

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Claudia Sbdar - Antonio Estofán - Daniel Leiva - Daniel Posse - Eleonora Rodríguez Campos
Descacharreo

La Convención De Las Naciones Unidas Contra La Corrupción, que tiene rango Constitucional, no pareciera importarle a la Corte Suprema local, al momento de no llevar adelante urgentes medidas, para impulsar el juicio oral y público que ya se encuentra con fallo firme hace más de nueve meses, de un procesado por corrupción. Los cinco vocales que integran el máximo tribunal serían denunciados ante Tribunales Internacionales.

Desde hace tiempo, la Justicia es una de las instituciones que figura con mayor descrédito en cualquier encuesta que se realice. Esta pérdida de la confianza de parte de la sociedad no sorprende a nivel nacional en general, pero, sobre todo, en lo que hace a Tucumán en particular. Y es que el Poder Judicial se ha convertido en cómplice, por acción u omisión, de quienes cometen delitos.

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Por el contrario, lejos de juzgarlos, la Justicia de Tucumán le estaría brindando inmunidad a determinados personajes de la política local, tal es el caso del ex intendente de Tafí del Valle y actual legislador oficialista, Jorge Yapura Astorga, quien se encuentra procesado por corrupción. Este caso pone en el ojo del huracán tanto a la presidente del Tribunal Supremo, Dra. Claudia Beatriz Sbdar, como así también a los vocales que integran el mismo.

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Jorge Yapura Astorga

Ellos son el Dr. Daniel Leiva, el Dr. Antonio Daniel Estofán, el Dr. Daniel Posse y la Dra. Eleonora Rodríguez Campos. En este marco, los cinco integrantes serían denunciados en los próximos días ante los organismos internacionales. Esto se debe al hecho de que, a la fecha, han transcurrido más de nueve meses desde que el pasado 18 de agosto del 2020 quedara firme la elevación a juicio oral en contra del ex intendente de Tafí del Valle.

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Sin embargo, y a pesar de la cantidad de tiempo transcurrido, la Justicia no arbitra los medios necesarios para que se realice el correspondiente juicio oral y público. Por el contrario, pareciera que ha decidido cajonear dicho debate cada vez más. La lista de delitos que se le endilgan a Jorge Yapura Astorga emulan a un compendio enciclopédico de ilícitos que se engloban en lo que se cataloga como corrupción.

[su_note note_color=”#0A8C06″ text_color=”#ffffff” radius=”10″ class=””]En ese sentido, los delitos por los cuales este legislador oficialista deberá enfrentar un juicio oral son: “Enriquecimiento Ilícito, Coautor de los Delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de las Funciones Públicas, Fraude en Perjuicio de la Administración Pública, Malversación de Caudales Públicos (Peculado) y Asociación Ilícita”.[/su_note]

Ahora bien, cabe preguntarse: ¿Qué dice la Convención De Las Naciones Unidas Contra La Corrupción dice al respecto? En su Artículo 17 “Malversación o peculado, apropiación indebida u otras formas de desviación de bienes por un funcionario público”, deja en claro que “Cada Estado Parte adoptará las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometan intencionalmente, la malversación o el peculado, la apropiación indebida u otras formas de desviación por un funcionario público, en beneficio propio o de terceros u otras entidades, de bienes, fondos o títulos públicos o privados o cualquier otra cosa de valor que se hayan confiado al funcionario en virtud de su cargo”.

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Además, el Artículo 20 “Enriquecimiento ilícito” explicita que “con sujeción a su constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometa intencionalmente, el enriquecimiento ilícito, es decir, el incremento significativo del patrimonio de un funcionario público respecto de sus ingresos legítimos que no pueda ser razonablemente justificado por él”.

Entonces la situación del Poder Judicial local se agrava teniendo en cuenta que no sólo el legislador oficialista tiene que rendir cuentas ante la Justicia. Quienes también deberán comparecer son otros siete coimputados de su entorno más íntimo, como es el caso de su ex concubina, Nerina Julieta Mustafá, de su hijo, Jorge Eduardo Yapura Astorga, su primo y ex Director Jurídico de la Municipalidad de Tafí del Valle, el abogado Sergio Andrés Astorga, la ex secretaria de gobierno de la Municipalidad de Tafí del Valle y actual presidenta del Concejo Deliberante tafinisto, Sonia del Carmen Saavedra; el ex jefe de compras de esta misma entidad, Juan Ramón Silva; el ex Contador General de ese municipio, Julio Antonio Mercado y el ex Tesorero, Oscar Olayo Medina.

En ese sentido, en el mismísimo tratado de la Convención De Las Naciones Unidas Contra La Corrupción se deja en claro que se trata de “una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada”.

Al mismo tiempo, se aclara que “es un fenómeno maligno, sus efectos son especialmente devastadores en el mundo en desarrollo. La corrupción afecta infinitamente más a los pobres porque desvía los fondos destinados al desarrollo, socava la capacidad de los gobiernos de ofrecer servicios básicos, alimenta la desigualdad y la injusticia y desalienta la inversión y las ayudas extranjeras. La corrupción es un factor clave del bajo rendimiento y un obstáculo muy importante para el alivio de la pobreza y el desarrollo”.

También se hace hincapié desde los primeros párrafos del documento que “la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción dejará bien claro que la comunidad internacional está decidida a impedir la corrupción y a luchar contra ella. Advertirá a los corruptos que no vamos a seguir tolerando que se traicione la confianza de la opinión pública. Y reiterará la importancia de valores fundamentales como la honestidad, el respeto del estado de derecho, la obligación de rendir cuentas y la transparencia para fomentar el desarrollo y hacer que nuestro mundo sea un lugar mejor para todos”.

Sin embargo, la Justicia provincial se encuentra muy lejos de cumplir con este tratado internacional y sus preceptos. Lejos de llevar a cabo el ejercicio de la lucha tenaz en contra de la corrupción, pululan los casos en donde se encuentran involucrados funcionarios públicos, los cuales estarían siendo cajoneados por este poder del Estado. Se trata, justamente, del encargado de velar por el estricto cumplimiento de la ley y de nuestra Constitución Nacional.

Los integrantes de la Corte Suprema provincial, al no cumplir con sus obligaciones en lo que respecta a la lucha contra la corrupción, estarían violando este tratado y lo que representa. Es entonces que por esta razón, serían denunciados ante los organismos internacionales y pondría en grave riesgo a la República Argentina. Pero la Corte Suprema de Tucumán no puede hacerse la desentendida ni mucho menos mostrar sorpresa.

Más bien, por el contrario, el máximo tribunal local debería estar preocupado. Y es que no es concebible que en más de nueve meses de haberse dictado la elevación a juicio oral con fallo firme en contra de Yapura Astorga todavía no se haya activado el sorteo así como la fecha para el debate oral, algo que resulta a todas luces como un hecho gravísimo.

¿Qué significaría para el Poder Judicial nacional si los representantes del máximo tribunal en Tucumán resultaran declarados culpables por complicidad en la violación de los tratados internacionales con rango constitucional? Sbdar, Leiva, Estofán, Posse y Rodríguez Campos sin duda alguna tienen mucho que explicar. Ya que, si la Patria no se los demanda, la Convención De Las Naciones Unidas Contra La Corrupción se encargará de hacerlo.

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