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La Ruta del Dinero K: el juez Sebastián Casanello sobreseyó a Cristina Kirchner

Ocurrió días después del pedido del fiscal Guillermo Marijuan, replicado luego por los querellantes de la AFIP y la UIF.

el juez federal sebastian casanello
El Juez federal Sebastian Casanello, durante la reunión del capítulo judicial del G20, en 2018. Foto Federico López Claro.
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Finalmente, Cristina Kirchner fue sobreseída por el juez federal Sebastián Casanello en la causa conocida como la Ruta del Dinero K. La resolución se firmó después del pedido del fiscal Guillermo Marijuan que fue convalidado por dos organismos del gobierno, la AFIP y la Unidad de Información Financiera (UIF).

Al considerar que no había elementos suficientes para sostener la imputación por lavado de dinero contra la vicepresidenta, el juez Casanello firmó su sobreseimiento dejándola afuera de la investigación que se centró en la maniobra del blanqueo de 55 millones de dólares, y que tuvo como principal acusado (condenado a diez años de prisión) a Lázaro Báez.

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En la resolución a la que accedió Clarín, el magistrado sostuvo: “Frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer -acompañada por el resto de las agencias estatales-, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición“.

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Al ampliar esta explicación, Casanello remarcó que como juez su acción “se encuentra limitada a conocer y decidir un caso dentro del marco y con los alcances planteados por las partes. No puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación ni suplir la misión punitiva del Estado“, es decir, entiende que tras el planteo del fiscal Marijuan no había más alternativa que sobreseer a Cristina Kirchner.

Marijuan había sostenido que no contaba con los elementos necesarios “para determinar y establecer su posible coautoría (de Cristina Kirchner) o participación en esa concreta y puntual maniobra de lavado de dinero” que encabezó Báez.

El requerimiento del fiscal se formuló después de recibir el informe confeccionado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCo), que arrojó 372 comunicaciones entre Báez y el entorno de Cristina Kirchner, además de confirmar a partir de allí un evento considerado por él dirimente: la reunión de Lázaro y la entonces presidenta a finales del 2010 en la Quinta de Olivos, donde el empresario, “al ser interrogado por la entonces presidenta, niega y oculta la expatriación ilegal de capitales que para ese entonces venía realizando”.

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Ese dato había surgido de la confesión de Leonardo Fariña como imputado colaborador. Según sus relato, en el marco de esa charla “Báez le manifestó que venía de hablar con la jefa, que es Cristina Kirchner y que le había preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque desde la embajada de Estados Unidos le habían comunicado eso. A lo cual, él me dice que le responde que de ninguna manera, pero me dice que seamos más prudentes con los movimientos”. Al menos la visita a Olivos del contratista y socio de Cristina fue probada.

Con el eje puesto en ese diálogo, y tras considerar agotadas las medidas de prueba, el fiscal dio un cierre a la investigación abierta hace diez años “para dilucidar si la ex mandataria había participado de las operaciones de lavado de dinero atribuidas en esta causa a Lázaro Báez y su entorno”.

Frente a la solicitud del fiscal, fueron consultadas las dos querellas -UIF y AFIP.- Ambas agencias compartieron el criterio de la fiscalía y como resultado final, Casanello firmó el sobreseimiento poniendo punto final a la inclusión de Cristina Kirchner en el expediente.

Hay que recordar que la investigación sobre la vicepresidenta se centró en el vínculo con los imputados y condenados y, en particular, con Lázaro Báez, para establecer si ella también participó o se benefició de las maniobras ilegales analizadas en esta causa.

Es justamente esa conexión la que la fiscalía dijo no haber logrado probar.

“Aún con la claridad de esa vinculación de Lázaro Báez con Cristina Fernández, habiendo transcurrido más de diez años, desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente, no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha y avanzar a otro estadío procesal como sería el juicio”, admitió en su controvertido dictamen.

Pese a este sobreseimiento, Cristina Kirchner seguirá siendo investigada por lavado de dinero junto a Báez, en otro expediente vinculado a la Ruta del Dinero K y que tiene como objeto central el millonario patrimonio adquirido, de forma compulsiva, por el dueño de Austral Construcciones.

Entre 2010 y 2013 Lázaro Báez (mismo período de las maniobras de blanqueo en la Ruta del Dinero K), había declarado ante la AFIP un patrimonio de 66 millones de pesos, sin embargo la justicia determinó que su fortuna era aún mayor: en 2016, la justicia federal le detectó 1.420 bienes muebles e inmuebles, equivalentes entonces a 205 millones de dólares. En este tramo en el que la vice seguirá siendo investigada, se busca determinar si esas propiedades las adquirió a título personal o actuando como testaferro de los Kirchner.

Rechazo al pedido del ex titular de la UIF

Tras conocerse el pedido de las querellas de la actual gestión para que, al igual que la fiscalía, la vicepresidenta sea sobreseída, la ONG Bases Republicanas pidió ser querellante en el expediente para poder apelar la decisión de Marijuan e impedir el sobreseimiento.

En otra resolución, a la que accedió Clarín, el juez Casanello rechazó este lunes ese planteo declarándolo “inadmisible” por no cumplir “con los requisitos jurídicos” para que una parte sea aceptada como querellante.

Por otra parte, el magistrado dijo que más allá de no cumplir con los requisitos indispensable, hay otra singularidad en el escrito del espacio Bases Republicana, que reside en que “el planteo acontece a más de diez años de iniciado el trámite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del último dictamen fiscal“.

Bajo ese análisis, el juzgado indicó que “dicha demora conspira contra la demostración de la calidad de ofendida y en todo caso exhibe como real motivación un profundo desacuerdo con una posición concreta asumida por el Ministerio Público y que tomara trascendencia pública”.

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