El gobernador Osvaldo Jaldo justificó esta lunes el veto parcial de la ley promulgada por la Legislatura, que establecía la ampliación de prerrogativas para los auxiliares fiscales y de territorialidad para los jueces penales. El mandatario aseguró que las medidas “eran anticonstitucionales y no respondían a leyes vigentes”.
En conferencia de prensa, el titular del Poder Ejecutivo (PE) señaló que “en los últimos 150 días designamos aproximadamente 48 jueces y fiscales, lo que no se venía haciendo en los últimos tiempos”.
“Somos los más interesados en cubrir todas las vacantes del Poder Judicial (PJ) y lo hemos demostrado con hechos concretos, al cubrir las vacantes. Hay que seguir fortaleciendo el Poder Judicial, pero dentro de los marcos constitucionales y legales”, enfatizó.
“Hoy estamos analizando 20 ternas, que próximamente vamos a mandar a la Legislatura para que los parlamentarios hagan las evaluaciones correspondientes y den los acuerdo pertinentes”, añadió.
Jaldo expresó que el objetivo es “agilizar el accionar del Poder Judicial y tener una Justicia a la altura de la circunstancias”. “Por eso, tomamos medidas como la reforma del Código Procesal Penal (CPP)m donde se creó el Ministerio Público Fiscal (MPF) y el Ministerio Pupilar y de la Defensa, vigentes ya hace más de tres años”, indicó.
El Gobernador resaltó que en el primer cuatrimestre de 2024 se registró un descenso de la cantidad de homicidios, con respecto “a los últimos siete años”. “Hubo un antes y un después con la aplicación de las normas de seguridad”, expresó.
Sobre el veto insistió: “Puede pasar que haya muchas causas y por ahí los fiscales no puedan llegar en tiempo y forma, como también hay saturación en el trabajo de los jueces o en la crisis carcelaria que vivimos, pero los auxiliares fiscales deben someterse al proceso establecido por la Constitución para llegar a ser fiscales”, dijo tajante.
Explicación jurídica
La Fiscal de Estado, Gilda Pedicone de Vals, dijo que el veto estaba “justificado ampliamente, ya que la asimilación de un auxiliar fiscal con el fiscal altera la modalidad y el equilibrio de la tarea que la constitución asignó a los Poderes Ejecutivo y Legislativo (PL) para la cobertura de los cargos de un fiscal”.
La funcionaria explicó: “Un fiscal se designa a partir de un proceso complejo, por medio del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM); se hace una selección rigurosa de candidatos y luego se eleva al Ejecutivo. El gobernador elige uno entre tres y envía a la Legislatura para prestar acuerdo”.
Siguiendo esa línea, indicó que el fiscal designado bajo esas condiciones “tiene inamovilidad, dura en su cargo mientras tenga buena conducta y su remoción debe ser producto de un juicio político”.
“La diferencia con un fiscal auxiliar es que a este último lo nombra y remueve un ministro Fiscal (…) Altera la modalidad y el equilibrio”, remarcó.