La Secretaría de Estado de Gestión Educativa del Ministerio de Educación brindó detalles de la implementación en el sistema educativo del Decreto Provincial (162/1-2021), a través de la Circular N°0002/2021, referente a la prestación de servicios en la administración pública en el marco de la situación epidemiológica por la pandemia del COVID-19.
La normativa establece que los docentes y el personal auxiliar comprendidos en grupos de riesgo que desempeñen funciones en establecimientos educativos de gestión estatal quedan dispensados de la concurrencia a su lugar de trabajo, aunque deben continuar prestando servicios de manera no presencial.
El personal docente que deba realizar este trámite debe ingresar al sitio web del SESOP (www.sesop.gov.ar) y generar el “código preventivo grupo de riesgo”. Posteriormente el Servicio de Salud Ocupacional Provincial requerirá a los establecimientos la presentación de la documentación médica que acredite la condición como historia clínica y certificado médico entre otros.
Ante cualquier inquietud de la aplicación de la normativa se pueden realizar consultas a la dirección de nivel correspondiente o al Centro de Atención Educativa (WhatsApp 3814125072 o [email protected]).
Personas consideradas dentro de los grupos de riesgo
– Mayores de 60 años
– Embarazadas
– Personas con enfermedades respiratorias crónicas
– Personas con enfermedades cardiacas
– Personas diabéticas
– Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses
– Personas con Inmunodeficiencias
– Pacientes oncológicos y trasplantados
– Personas con certificado único de discapacidad
– Personas con obesidad grado III