Por instrucción del presidente Alberto Fernández, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, presentó hoy una denuncia penal en la Fiscalía Federal de Bariloche para que se investigue los hechos vinculados al vuelo 26.917 de la empresa Flyzar, y particularmente lo relacionado a su financiamiento.
En el escrito -presentado por el ministerio de Justicia de la Nación- sin perjuicio de que en el devenir de la investigación resulten implicadas más personas, se denunció por incumplimiento de los deberes de funcionario público y admisión de dádivas a:
– Julián Ercolini, juez del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 10.
– Carlos Mahiques, juez de la Cámara Federal de Casación Penal.
– Pablo Yadarola, juez del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 2.
– Pablo Cayssials, juez del Juzgado Nacional de 1º instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9.
– Juan Bautista Mahiques, actual Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
– Marcelo D’alessandro, actual Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.
Además, por ofrecimiento de dádivas a:
– Jorge Rendo, CEO del Grupo Clarín.
– Nicolás Van Ditmar, administrador del inmueble de Lago Escondido perteneciente a Joe Lewis.
– Leonardo Bergroth, exdirector de asuntos jurídicos, de la entonces Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).
– Tomás Reinke, publicista especializado en publicidad digital y política.
El escándalo
Los hechos a ser investigados tuvieron lugar durante la semana del 13 de octubre, cuando los denunciados compartieron un vuelo en un avión privado, desde San Fernando (Buenos Aires) a Bariloche (Río Negro), con financiamiento desconocido. Una vez concluido el vuelo, a la comitiva se habría sumado el CEO del Grupo Clarín, Jorge Rendo, y el director de Asuntos Legales e Institucionales del mismo grupo empresario y sobrino de Héctor Magnetto, Pablo Casey, entre otras personas aún no identificadas.
Según la información que tomó estado público, una vez concluido el vuelo, la comitiva completa se dirigió en vehículos privados de Joe Lewis hacia la estancia del magnate británico ubicada en Lago Escondido.
El escrito plantea que “en caso de corroborarse que el traslado, alojamiento y/u otras actividades de los funcionarios públicos descriptos, entre ellos magistrados de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires, no fue solventado por ellos mismos, sino por privados, estaríamos ante la existencia de una entrega y aceptación de dádivas, dando lugar a la comisión de diversos delitos que el Ministerio Público Fiscal tiene, además, el deber internacional de investigar y sancionar, en virtud de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”.
Al mismo tiempo evidencia que “la recepción de las dádivas no solo constituye una afectación repudiable desde el punto de vista de la independencia judicial y de la ética republicana exigible a los mencionados funcionarios; sino que es, esencialmente, un incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos, constitutivo del delito previsto en el artículo 248 del Código Penal”.
Entre las múltiples medidas de prueba solicitadas en la denuncia del Gobierno Nacional, se requiere la entrega de los aparatos de telefonía celular de todos los implicados y, de ser necesario, el secuestro de los mismos aparatos.
El cuerpo de la denuncia argumenta que el escrito “responde al objetivo constitucional de preservar la independencia del Poder Judicial” y, en cuanto a ello, agrega que “se han naturalizado en nuestro sistema de justicia las relaciones indebidas entre actores que, para quienes nos preocupa el resguardo de la independencia judicial, jamás deberían producirse.
Es justamente la falta de reacción por parte del órgano disciplinario –en este caso, el Consejo de la Magistratura- ante hechos similares que reiteradamente se han denunciado, lo que habilita a que jueces y juezas se desentiendan de sus deberes de no participar activamente en política”.
Asimismo, el escrito presentado por el ministro Soria contiene un pedido de tener al Estado Nacional por parte querellante: “gran parte de los sindicados como autores de los graves delitos ostentan los cargos de magistrados del poder judicial de la nación.
En ese entendimiento, y sin perjuicio que el artículo 4° de la ley n° 17.516 faculta al “estado” en su conjunto asumir el rol de querellante, es el artículo 22 de la ley de ministerios (ley n° 22.520, t.o. 1992 y modificatorias) el que pone en cabeza del ministerio de justicia y derechos humanos, como órgano del poder ejecutivo, la facultad de actuar en todos aquellos asuntos relacionados con el poder judicial y con el ministerio público”.