Pese al planteo del fiscal Marcelo Colombo, el Tribunal integrado por los jueces José Michilini, Gabriela López Íñiguez y Daniel Obligado resolvió que “por inexistencia del delito” no debía realizarse el juicio oral y sobreseyó a todos los acusados por encubrimiento agravado del atentado de la AMIA por la firma del Pacto con Irán. La principal imputada era Cristina Kirchner. Ahora, correrán diez días hábiles para que se presenten las apelaciones, algo que las querellas anticiparon que harán. Después será la Cámara de Casación, pero está en discusión qué sala y no se descarta que todo termine en la Corte Suprema de Justicia.
Cuando las apelaciones sean formuladas, será Casación la que se pronuncie al respecto. La causa está radicada hace una semana en la Sala I, considerada por muchos como más afín al Gobierno. La modificación se debió a que cuando se firmó la reapertura del expediente en diciembre de 2016 (ya que el juez Daniel Rafecas había cerrado la causa), los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos (de otra sala del máximo tribunal penal) se encontraban en carácter de subrogantes.
Estos camaristas integran originalmente la Sala IV, que es la que terminó interviniendo en el expediente. Pero ambos fueron señalados por la vicepresidenta y los demás imputados, porque tuvieron unas 15 reuniones en la quinta de Olivos con Mauricio Macri cuando era presidente. Según la acusación del kirchnerismo, esos encuentros están relacionados con decisiones adoptadas luego contra Cristina y otros ex funcionarios.
Ahora se reabre el debate por el cambio de sala que actúa en el caso. La modificación fue previa a la decisión del Tribunal de no hacer el juicio, pero el fiscal ante la Casación, Raúl Plee, interpuso un reclamo que llegó a la Corte Suprema. Para Plee, el expediente debía y debe continuar en la sala que integran Borinsky y Hornos.
Así, con un planteo que debe resolver el Máximo Tribunal respecto a qué sala de la Casación debe intervenir para saber si el juicio oral se realizará o no, puede ser una vez más la Corte la que tenga la palabra final. Si se convalida la decisión del TOF 8 de sobreseer a los imputados sin la instancia oral y pública, las partes pueden ir en queja hasta la última instancia, donde no hay plazos fijados para un pronunciamiento final.
Decisión polémica: ya había más de 300 testigos
La decisión del último jueves de sobreseer a Cristina y el resto de los acusados por el fallecido fiscal Alberto Nisman por el Pacto con Irán trajo mucho polémica. Ocurre que en agosto de 2020, el mismo Tribunal Oral Federal 8 había aceptado a 300 testigos, cuando le dio la razón al fiscal, quien sostenía que debía realizarse el juicio oral y público en contra de la ex presidenta, Oscar Parrilli, Carlos Zannini, Juan Martín Mena, Luis D´Elía y Fernando Esteche, entre otros imputados.
Pero tras la presión encabezada por la ex presidenta, finalmente se convocaron a estas inéditas audiencias previas, que terminaron con la decisión del sobreseimiento.
La causa había llegado al Tribunal el 5 de marzo de 2018 y desde entonces no se había pronunciado nunca sobre la imposibilidad de realizar el juicio de oral; por el contrario ratificado la realización del debate hace tan sólo un año. En este expediente que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman en enero de 2015, intervinieron 16 jueces de diversas instancias, incluyendo a los ministros de la Corte Suprema de Justicia que rechazaron una serie de planteos confirmando la realización del juicio. Además, participaron en distintos tramos cuatro fiscales.
En algunos despachos de Comodoro Py la crítica inmediata fue que en un proceso donde participaron tantos funcionarios judiciales y en el cual el mismo Tribunal había determinado realizar el juicio se dicte un sobreseimiento sin el proceso del debate oral y en medio de una fuerte presión política.
El fiscal Colombo sostuvo un mismo criterio: el debate oral es la mejor instancia para dirimir la culpabilidad o no de los acusados. “Impone avanzar rápidamente a la instancia de debate para que sea allí, con la publicidad y amplitud probatoria que esta etapa garantiza, se resuelvan definitivamente las imputaciones”, señaló en su momento.
Ese planteo se escuchó en la inédita audiencia de julio, que convalidó tanto la fiscalía como el TOF 8. Fue pedida por Cristina para plantear allí sus argumentos en base a los cuales sustentó el reclamo de nulidad del caso y evitar que se realice el juicio. Esa instancia no está contemplada en el Código Procesal Penal, y fue la antesala para la decisión que tomaron los jueces en una resolución de 400 páginas divulgada el jueves pasado a última hora.
El argumento del TOF 8, alineado con Cristina
El argumento de la decisión fue en línea con el pedido de la vice. Con tres puntos centrales:
1) “Deja al descubierto que la intención de los funcionarios y las funcionarias públicas de nuestro país involucrados en la presente causa tenían como objetivo lograr que la justicia argentina pueda recibir las declaraciones indagatorias de los prófugos iraníes por el caso AMIA, así como también, que la República Islámica de Irán conteste las rogatorias cursadas por la justicia de nuestro país”.
2) Señalaron que el Memorándum de Entendimiento fue sometido “y aprobado por los canales constitucionales” es decir, el Congreso. Pero además indicaron que “nunca entró en vigencia; sumado a que fue declarado inconstitucional por la justicia federal de nuestro país”.
3) Alegaron que el Pacto con Irán respondía a una política de Estado: “No corresponde valorar el acierto o desacierto de la política exterior argentina. Sino por el contrario poner enérgico control sobre las cuestiones federales que podrían afectar los intereses de la sociedad dentro del cartabón penal”.
El caso quedó anulado por el TOF 8 y las querellas (la DAIA y un grupo de familiares de víctimas del atentado) aspiran a que en instancias superiores ese fallo sea revertido.