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Solicitan que se separe al fiscal Fernández de una investigación penal

La CPA lo acusa de “tratar de impedir que avance una causa” y de parcialidad.

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FISCAL REGIONAL. Fernández es objetado por autoridades de la CPA.
Descacharreo

La Caja popular de Ahorros, por medio de su apoderada, la abogada Patricia Micaela Neme, solicitó al Ministerio Público Fiscal la separación del fiscal regional Mariano Fernández, “por no cumplir los deberes asignados a su cargo”. Lo acusa de “ausencia total de imparcialidad” y de “tratar de impedir que avance una causa” referida a una denuncia por presunta malversación de caudales públicos y asociación ilícita en perjuicio de la Caja, en la cual han sido involucrados un ex delegado de la CPA en el Hipódromo, un ex gerente de juego y un ex asesor.

La denuncia

El caso comenzó a tramitarse en 2018, con la llegada de la actual intervención a la CPA. Esta es autoridad de aplicación de la Ley de juegos de Azar y en ese marco está a cargo del Hipódromo. El Jockey Club de Tucumán es el titular de la concesión del Hipódromo, aunque por convenio de 1995 con la CPA esta administra y se hace cargo de las remuneraciones del personal, el cual se encuentra bajo las órdenes del delegado de la CPA. Según la denuncia, en un sumario interno se determinó que “dos funcionarios de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, René Carugatti y Luis Alberto Alarcón (exoneración y cesantía) junto a Esteban González (no fue sancionado por la institución debido a que es funcionario del Tribunal de Cuentas, desempeñándose entre 2012 y febrero de 2018 como personal de gabinete, asesor de la Intervención), formaron un grupo de personas que iban a realizar distintos tipos de tareas al Hipódromo de Tucumán, sin registración laboral de ninguna especie”.

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Especifica que “se habría extraído (por parte del Sr. Carugatti)… dinero de la Institución… para otros fines ajenos a la actividad del Hipódromo, como por ejemplo, la reparación de inmuebles en donde residen los Sres. Carugatti y González, como así también, la reparación y reacondicionamientos de propiedades del Sr. González y/o de miembros de su núcleo familiar; tal es el caso de los trabajos de albañilería realizados por los señores Víctor René Alderete, Walter González y Luis Véliz, entre otros, en el domicilio particular del Sr. Carugatti, como colocación de cerámicos, pintura, lamiplast en los techos, finalización de una pileta de natación, colocación de aire acondicionado, entre otras tareas; trabajos en la casa del Sr. González, en su negocio, colocación de pisos, realización de durloc, en el domicilio particular de este se hicieron revoques, pintura, contrapiso y colocación de cerámicos”. También –agregó- los testimonios “refieren a un tal Humara que también le han realizado trabajos en su domicilio particular”.

Añadió dice que “se habría cometido la falsificación de instrumentos, dado que, según las declaraciones del sumario, se falsificaron recibos por sumas de dinero que nunca fueron entregadas por parte de los funcionarios de la CPA intervinientes en los hechos”. Afirma que “uno de los métodos utilizados era permitir que desempeñen diferentes trabajos dentro del Hipódromo, por parte de personas que no se encontraban nombradas como empleados del Jockey Club”. Algunas de esas personas –se explica en la denuncia- “efectivamente realizaban trabajos relacionados con la construcción (albañilería, plomería, etc)”. “Y, por el otro lado, existía una cantidad de personas que concurrían a cobrar y que no prestaban servicios. Esta lista era ‘administrada’ por González”.

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Del sumario administrativo que se realizó en la CPA se determinó la cesantía de Carugatti y Alarcón. “En cuanto a González no se hizo sumario, debido a que se desempeñaba como personal de gabinete (asesor)”.

La abogada de la Caja dijo que el expediente de la investigación de los supuestos ilícitos -N° 532/360/18- y la Resolución de Intervención N° 117/19 “se encuentran agregadas en autos”. En la denuncia la apoderada de la CPA cita los detalles de la lista de quienes cobraban y no trabajaban; los arreglos en las casas particulares de los mencionados y los testimonios de los trabajadores que llevaron a cabo esas tareas y del testimonio que “describe el sistema de la maniobra creada para la comisión de los ilícitos”, así como del que menciona a los “ñoquis”, “personas que percibían dinero y no iban a trabajar”.

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Sin efecto

La abogada objetó que la Fiscalía pretendiera volver a producir las mismas testimoniales (unas 30) del sumario administrativo y argumentó que el fiscal “debió citar a prestar declaración como imputado a los supuestos autores de la comisión del delito”. “No obstante, el Dr. Fernández, por todos los medios, trató de detener la citación a prestar declaración como imputado”. Pero, “ante la evidencia, los denunciados (el fiscal y su prosecretario), no tuvieron más opción que citar a prestar declaración como imputado a González para el día 27/5/2022. No obstante, sin ninguna razón ordenó, en fecha 24/5/2022, ‘Atento al estado de la causa, y en particular las constancias de autos, déjese sin efecto la citación a prestar declaración’. Como se verifica, no existe motivo de ninguna naturaleza en la resolución que deja sin efecto la citación”. Agregó que a la fiscalía también fijó audiencias para la producción de prueba y audiencias testimoniales y no notificó a la CPA, a pesar de ser querellante. Dijo que el 24/8/2022 no se permitió el ingreso de los representantes legales de la CPA a la audiencia testimonial y que al preguntar el motivo al prosecretario, este respondió “porque no”.

La apoderada de la CPA describió que “la maniobra que realiza el fiscal es citar a los testigos de los ilícitos y formular preguntas que no mencionan a González”. También dijo que el fiscal “sistemáticamente ignora” los informes del Registro Inmobiliario donde se efectuaron los arreglos en los inmuebles propiedad de González, “a pesar de las declaraciones realizadas por los empleados en que fueron a realizar trabajos pagos por la Caja Popular y con materiales comprados con fondos de la institución”. Añade que en el caso de los testigos citados a esa audiencia –Andrés Francisco Orden, Antonio Muñoz, Pedro Correa J. Ginés- “la única pregunta (a los efectos de direccionar la declaración testimonial, para evitar se mencione en la comisión de los ilícitos a González) fue si conocían a otro de los imputados. Al momento de finalizar la declaración, no se les preguntaba a los testigos si deseaban ampliar el testimonio; más aún, luego de que el Sr. Orden manifestara que quería agregar algo más a sus dichos y, el prosecretario Visuara preguntó a Orden la temática de sus manifestaciones, cuando éste explicó que se trataba del accionar de González, éste no permitió que se agreguen en el acta”.

La apoderada dijo que “todas las pruebas que acreditan la comisión de un delito en perjuicio del Estado se encuentran realizadas por la Caja Popular de Ahorros. Basta con leer el sumario administrativo (instrumento público), citar a declarar como imputados a los mencionados en el sumario administrativo realizado por la CPA y elevar la causa a juicio”. Consultado el fiscal Fernández, dijo que no haría declaraciones y que “la causa se está investigando como corresponde”.

Neme concluyó su presentación afirmando que el fiscal y su prosecretario se encuentran incursos dentro de las causales de Ignorancia inexcusable o negligencia en el ejercicio de sus funciones y de actos de parcialidad manifiesta. Pidió que se ordene la separación de ambos de toda intervención en esta causa. La respuesta del Ministerio Público Fiscal fue que “deberá el presentante ocurrir por la vía que corresponda”.

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