Boleto Gratuito

Suben los topes de facturación para monotributistas: de cuánto son las cuotas mensuales a pagar

El Senado sancionó la "Ley de Alivio Fiscal", que eleva los topes de facturación para 4,5 millones de pequeños contribuyentes.

1200x800 monotributo imagen ilustrativa 927820 161133
Monotributo. Imagen ilustrativa
Descacharreo

El Senado de la Nación aprobó este jueves la “Ley de Alivio Fiscal” para Monotributistas, que tenía media sanción de la Cámara de Diputados.

La normativa, que debe ser publicada por el Ejecutivo nacional, eleva los topes de facturación para que los más de 4,5 millones de pequeños contribuyentes no “salten” hacia una escala mayor o queden afuera del Régimen Simplificado si su facturación creció por la alta inflación.

separa

Así, a partir del 1 de julio, aumentan los techos de facturación que podrán tener las distintas categorías:

-60% para las categoría A, B, C y D;

Boleto

-29,12% para las categorías E, F, G, H e I.

No habrá aumento en las cuotas mensuales a pagar en lo que resta de 2022. Además, se eximirá del pago solo del componente impositivo a las Categorías A ($288 por mes) y B ($555), consignó el sitio TN.

Banner Tucumán Despierta
Banner Tucumán Despierta

Esto se aplicará a los monotributistas “puros”, es decir, quienes no tienen otros ingresos (ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles). Se trata de unos 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total.

Monotributo 2022: cómo quedan las escalas en julio de 2022

Los límites de facturación para cada categoría del monotributo desde julio serán la siguiente:

Categoría A: $748.382,07;

Categoría B: $1.112.459,83;

Categoría C: $1.557.443,75;

Categoría D: $1.934.273,04;

Categoría E: $2.277.684,56;

Categoría F: $2.847.105,70;

Categoría G: $3.416.526,83;

Categoría H: $4.229.985,60;

Categoría I: $4.734.330,03;

Categoría J: $5.425.770,00;

Categoría K: $6.019.594,89.

Monotributo 2022: cuánto habrá que pagar de cuota mensual desde julio

El aumento de los topes de facturación no abarcan a la cuota mensual que los pequeños contribuyentes deberán pagar por el impuesto integrado y los aportes previsionales y a la obra social.

Así, desde julio, deben abonar los siguientes montos en total:

Categoría A: $3.334,24, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.

Categoría B: $3.728,29 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.

Categoría C: $4.262,11 para servicios y $4.190,06 venta de productos.

Categoría D: $5.025,96 para servicios y $4.907,34 los que venden productos.

Categoría E: $6.601,71 (servicios) y $5.936,55 para la venta de cosas muebles

Categoría F: $7.902,06 y para los que venden productos, $6825,92.

Categoría G: $9.216,76 para servicios y $7.772,01 para los productos.

Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $16.114,67. Mientras, los que venden bienes, $13.445,60.

Categoría I: La cuota mensual será de $19.328,05.

Categoría J: Será de $22.197,62 por mes.

Categoría K: La cuota mensual queda en $25.090,13 para 2022.

Dejanos tu Comentario