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Un ex comisionado comunal admite hechos de corrupción

Los hermanos y ex funcionarios Robles (El Chañar) aceptaron la imputación a cambio de una pena de tres años de ejecución condicional.

IMPUTADOS. Los hermanos Robles luego de declarar en la Justicia en 2007. la gaceta / foto de franco vera (archivo)
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La Justicia penal provincial emitió una sentencia excepcional: condenó al ex comisionado comunal de El Chañar, Enrique Ignacio Robles, y a su hermana y ex secretaria habilitada de la comuna, María Argelia Robles, por la comisión del delito de peculado (ver definición por separado). La resolución acaeció en el ámbito de un juicio abreviado donde los acusados admitieron los hechos de corrupción a cambio de una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y de una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Si el proceso seguía adelante, los Robles se exponían a recibir una condena de hasta 10 años de privación de la libertad y a la posibilidad de ir efectivamente a la cárcel.

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El camarista penal Pedro Roldán Vázquez convalidó el acuerdo al que habían llegado los acusados y su defensor Atilio Juárez Mercé, y el fiscal de Cámara N°1, Carlos Sale, en la audiencia celebrada el 24 de junio. A ese acto también asistió el denunciante Ramón Antonio Ablanedo, quien había pedido la investigación del ex comisionado y de su hermana en enero de 2007. Otro empleado de la comuna, Juan Carlos González, refrendó la versión de Ablanedo. Hace una semana, ambos relatos adquirieron el carácter de verdad probada: los Robles se quedaron con fondos públicos y de sus colaboradores mientras gestionaron la comuna.

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Este reconocimiento liso y llano consta en el acta de la audiencia que las partes rubricaron. El documento transcribe las distintas conductas delictivas atribuidas a los imputados. En primer lugar, que los hermanos habían retenido $ 600 de los $ 750 mensuales -aproximadamente U$S 234, según la cotización de la moneda en 2007- que correspondían a Ablanedo y a González en su carácter de empleados de la comuna. En segundo término, la investigación penal preparatoria del juicio oral detectó que los ex funcionarios habían hecho firmar comprobantes “en blanco” a sus subalternos. En tercer lugar y pese a que Ablanedo era empleado de El Chañar, la habilitada Robles le encomendó trabajos en su propio beneficio consistentes en tareas de albañilería en el domicilio particular del entonces comisionado y en la construcción de un telecentro en su casa. En el requerimiento de elevación a juicio consta que para ello los Robles usaron las herramientas y materiales de la comuna.

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Entre las pruebas que acreditan la hipótesis delictiva del peculado constan la denuncia de González ante el Tribunal de Cuentas por cobro indebido de haberes. La intervención de la comuna informó que no había hallado los legajos de los empleados que protestaron porque sólo cobraban el 20% del salario que les correspondía. Interrogada por el fiscal, la hermana del ex comisionado ratificó el proceder cuestionado y comentó que el telecentro encargado a Ablanedo había sido concluido. El ex jefe comunal, que en el proceso penal se presentó como chofer de taxis y de vehículos escolares, afirmó: “se les daba $ 150 y el resto ‘era para destino propio’”.

Por los planes sociales

La diferencia entre lo que percibían y lo que debían ganar los empleados quedó expuesta a partir de averiguaciones para acceder a planes sociales. El acta de la audiencia del 24 de junio consigna que González advirtió la irregularidad al gestionar un subsidio nacional para los cosecheros del limón, ayuda que le negaron por el importe de los ingresos oficiales de la comuna.

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El proceso pasó por varios jueces y fiscales hasta desembocar en el acuerdo. Los Robles incluso intentaron evitar el juicio mediante la presentación de una probation, beneficio que les fue denegado por su condición de ex funcionarios públicos.

Además de la condena a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y de inhabilitación perpetua absoluta para ejercer cargos públicos, el juez Roldán Vázquez impuso a los ex funcionarios la obligación de mantener el domicilio actualizado y no mudarse de la provincia sin su autorización. La resolución recuerda a los acusados que, en el caso de una nueva condena, esta será de ejecución efectiva. La lectura íntegra de los fundamentos de la sentencia fue programada para el jueves 4 de julio a las 12.30.

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