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Cristina, Máximo y Florencia Kirchner pidieron su sobreseimiento en las causas Los Sauces y Hotesur

Lo hicieron ante el tribunal oral que tiene los casos por presunto lavado de dinero en el alquiler de propiedades

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Cristina Kirchner (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
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La vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, y sus hijos el diputado de la nación Máximo Kirchner y Florencia Kirchner pidieron su sobreseimiento en “Los Sauces” y “Hotesur”, dos causas en las que están elevados a juicio oral por presunto lavado de dinero en el alquiler sus hoteles y propiedades.

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Fuentes judiciales informaron a Infobae que el pedido fue realizado la semana pasada por Alberto Beraldi, abogado de los Kirchner, ante el Tribunal Oral Federal 5 que tiene a su cargo el expediente. Beraldi también solicitó el sobresiemiento de Romina de los Ángeles Mercado, hija de la gobernadora de Santa Cruz Alicia Kirchner, y de Patricio Pereyra Arandia, otros dos acusados del caso.

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“Previo trámite de ley, se dicte el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner, Máximo Kirchner, Florencia Kirchner, Romina de los Ángeles Mercado y Patricio Pereyra Arandia en orden a los delitos por los cuales fuera acusados, con expresa mención de que la formación de este proceso en nada afecta su buen nombre y honor”, dice la presentación de 65 páginas que hizo la defensa.

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En la causa se investiga un presunto lavado de dinero y asociación ilícita de parte de las sociedades Hotesur y Los Sauces – de la familia Kirchner- en el alquiler de sus hoteles y propiedades a los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa. La imputación es que alquilaron como contraprestación a las obras públicas que sus empresas recibieron durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.

Esa es una de las cinco causas en la que la vicepresidenta está elevada a juicio oral. En dos ya fue sobreseída sin que se haga el juicio: los expedientes de dólar futuro y la firma del memorándum de entendimiento con Irán. Por las presuntas irregularidades en las obras públicas que recibió Báez está siendo juzgada desde mayo de 2019. El cuarto expediente es por los llamados “cuadernos de la corrupción”. Y ahora en Los Sauces-Hotesur pidió su sobreseimiento.

Ante el planteo, el TOF 5 le pidió hoy opinión al resto de los acusados para saber si también solicitan el sobreseimiento. Para eso tienen tres días hábiles. Luego será el turno de que opinen el fiscal federal Diego Velasco y los abogados de la Unidad de Información Financiera (UIF), que actúa como querellante. Con eso podrán resolver los jueces del TOF 5, Daniel Obligado, Adriana Palliotti y Adrián Grünberg. A Grünberg se le vence su subrogancia en el tribunal a fin de mes. El magistrado es titular del TOF 1 y es suplente en el 5 hace dos años y el plazo finaliza a fin de mes. Su lugar será ocupado por otro magistrado y la expectativa es si el recambio se da antes de que se resuelva el planteo de Cristina Kirchner.

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Obligado y Grünberg ya resolvieron causas de la vicepresidenta. Obligado fue uno de los jueces que la sobreseyó en la causa por la firma del memorándum con Irán. Grünberg votó en el mismo sentido en dólar futuro pero en ese caso quedó en minoría frente a sus colegas del TOF 1. La Cámara Federal de Casación Penal fue quien desvinculó del expediente a la ex presidenta de la Nación.

El abogado Beraldi pidió el sobreseimiento al sostener que no hubo lavado de dinero porque todo el dinero que se utilizó en las operaciones de alquileres estaba bancarizado. “Sin excepción alguna, estaban bancarizados y fueron efectuados mediante cheques o transferencias bancarias”, sostuvo la defensa y agregó que “teniendo en cuenta la perfecta trazabilidadde todo el dinero que fue recibido en las cuentas de Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., se advierte que en los pagos cuestionados no solo intervienen las entidades bancarias en las que estas sociedades registraban sus cuentas, sino también los bancos con los cuales operaban las empresas locatarias”.

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Máximo Kirchner (Frente de Todos)

Así, para la defensa no hay que hacer el juicio oral: “la ausencia de afectación del bien jurídico tutelado en la norma que prohíbe la conducta de lavado de activos fulmina cualquier posibilidad de progreso a la imputación que en esta dirección se efectúa respecto a nuestros defendidos, por su atipicidad, lo cual entendemos evidente y no precisa de la realización de un debate oral para su comprobación”.

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