El pasado martes 21 de diciembre, exactamente a las 9:30, se vencía el plazo para que la Unidad de Información Financiera (UIF) presente su eventual apelación al fallo del Tribunal Oral Federal 5 que sobreseyó a la vicepresidente Cristina Kirchner y sus hijos en la causa conocida como “Los Sauces-Hotesur”, donde se investiga un presunto lavado de dinero. Pero el organismo dependiente del Ministerio de Economía decidió no apelar. No fue el único caso en que se quedó de brazos cruzados.
La UIF fue creada el 5 de mayo del año 2000, a través de la Ley 25.246, con el objetivo central de “prevenir, detectar y contribuir al control penal del Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, al recupero de bienes producto del delito y al desarrollo de propuestas político-criminales en la materia”, de acuerdo a lo que afirma su página web. Pero a veces suele incumplir con sus propios preceptos.
Es que el organismo que preside desde el pasado 7 de diciembre Juan Carlos Otero, y que desde comienzos de 2020 comandaba Carlos Cruz hasta su sorpresiva renuncia, no impulsó durante los últimos 2 años ninguna acción tendiente a explicar la conexión entre unos bienes embargados por la justicia en unas islas británicas y el dinero proveniente del ex secretario privado de los Kirchner, Daniel Muñoz, fallecido en mayo de 2016, en un desprendimiento de la causa de los cuadernos de la corrupción k.
Dicho expediente, elevado a juicio oral desde junio de 2019, investiga una presunta red de recaudación ilegal a través de la obra pública de fondos pagados por empresarios y cobrados por ex funcionarios de los gobiernos kirchneristas. De acuerdo al dictamen del fiscal Carlos Stornelli, la Jefa de la Asociación Ilícita sería la ex presidenta Cristina Kirchner, describiendo la existencia de dos grupos dentro de la organización comandada primero por Néstor Kirchner, y luego de su muerte, manejada por la actual vicepresidenta. Ambos grupos le entregaban el dinero recolectado a Daniel Muñoz.
Los fondos involucrados en este tramo de la pesquisa, ascienden exactamente a u$S69.816.600. La principal imputada es Carolina Pochetti, viuda de Muñoz, quien a su vez declaró como arrepentida, y un grupo de empresarios marplatenses, además de parientes y socios de Pochetti. La causa fue instruida por Claudio Bonadío. Tras su fallecimiento en febrero de 2020, se hizo cargo de la misma su colega Julián Ercolini.
“Tenemos por cierto y por demostrado que algunos de los imputados intervinieron como coautores en la conformación de una estructura jurídica, societaria y bancaria, en el extranjero, empleada para convertir, transferir, administrar, vender, disimular, y/o poner en circulación en el mercado fondos de procedencia ilícita, precisamente aquellos originados y receptados por Héctor Daniel Muñoz”, sostiene el dictamen emitido para pedir la elevación a juicio.
En concreto, se investigó la aplicación de los fondos presuntamente obtenidos por las coimas, a la adquisición de bienes en el extranjero, específicamente 14 inmuebles en Miami y 2 en Nueva York, disimuladas en al menos 12 personas jurídicas constituidas y radicadas en EEUU y las Islas Vírgenes Británicas, a partir del 15 de abril de 2010 y hasta el año 2015.
Parte del dinero que recolectó Muñoz se habría destinado a una inversión en las islas de Turks and Caicos. Se estima que la misma sería de unos 30 millones de dólares con el objetivo de emprender un proyecto turístico, más precisamente un hotel, que se iba a levantar enProvidenciales, una de las islas al noroeste del archipiélago que es un territorio de ultramar dependiente de Gran Bretaña.
Las autoridades de Turks and Caicos congelaron los lotes que habían comprado las sociedades que se constituyeron por orden de Muñoz, y si bien pesa sobre ellos un embargo, hasta el momento no han podido ser decomisados. Hasta fines de 2019, cuando la UIF era conducida por Mariano Federicci, faltaba cierta información para explicar la vinculación entre dichos bienes con el dinero de la corrupción. Pero desde el cambio de gobierno, “no se hizo absolutamente nada”, confiesan desde dentro del propio organismo.
En verdad, la gestión de Federicci apuntaba hacia la aplicación del art. 305 del Código Penal, que establece que “el juez podrá adoptar desde el inicio de las actuaciones judiciales las medidas cautelares suficientes para asegurar la custodia, administración, conservación, ejecución y disposición del o de los bienes”.
Al mismo tiempo, dispone que “en operaciones de lavado de activos, serán decomisados de modo definitivo, sin necesidad de condena penal, cuando se hubiere podido comprobar la ilicitud de su origen, o del hecho material al que estuvieren vinculados, y el imputado no pudiere ser enjuiciado por motivo de fallecimiento”, asegurando que “los activos que fueren decomisados serán destinados a reparar el daño causado a la sociedad”.
Aunque la ingeniería jurídica resultaba muy compleja, la UIF intentó ese camino. Pero desde comienzos de 2020, no impulsó ningún tipo de acción, por lo que desde la propia justicia reconocen que si bien los lotes están cautelados, “recuperar el dinero a esta altura parece muy difícil”.
A raíz de ello, el viernes 10 de diciembre de este año, el juez Julián Ercolini resolvió aceptar el pedido del fiscal Carlos Stornelli de solicitar la extradición a la justicia de México de Isaac Eugenio Esparza Hidalgo, detenido el 2 de diciembre en la ciudad de Monterrey, por sus vínculos con Daniel Muñoz. El 11 de febrero de 2019, Claudio Bonadío había pedido su captura.
El exhorto dictado por Ercolini señala que el mexicano Esparza Hidalgo está acusado de “integrar una estructura jurídica, societaria y bancaria tanto en el exterior como en este país, destinada al lavado de varios millones de dólares”, resaltando que “Muñoz resultó un engranaje clave en el circuito de acumulación y traslado del dinero de esa asociación ilícita, en particular en lo referido a la recaudación de los fondos ilegales”.
Muñoz se desempeñó en la función pública entre el 28 de mayo de 2003 y el 31 de octubre de 2009, primero como Secretario Adjunto y luego Secretario Privado del entonces Presidente de la Nación Néstor Kirchner, y por último como Asesor Presidencial con cargo y jerarquía de Secretario de la entonces Presidente de la Nación Cristina Fernández.
El pedido de detención contra Esparza está basado en que “tras tomar estado público los ‘Panama Papers’, tuvieron intervención en la liquidación de la estructura societaria e inmobiliaria de la organización en los Estados Unidos de América y en la posterior reconducción de los fondos a nuevas inversiones”.
Fue a partir de allí, pero mucho más desde 2015 como consecuencia de un problema matrimonial, que comenzó una operación destinada a darle apariencia lícita a los fondos provenientes de las coimas. “Al menos 16 sociedades fueron empleadas para la realización de numerosas operaciones inmobiliarias, comerciales y bancarias llevadas adelante en los Estados Unidos de América”, afirma la justicia.
Y prosigue: “En los meses de abril y mayo del año 2016, se produjo en primer término la publicidad de su existencia en los denominados “Panama Papers”, y luego el fallecimiento de Muñoz. Ello precipitó a su esposa Carolina Pochetti y al resto de las personas de su círculo, a liquidar y disolver el entramado societario en los Estados Unidos de América, con la reconducción de su producido a nuevos destinos, sociedades e inversiones alrededor del mundo”.
La importancia de la extradición de Esparza Hidalgo para dilucidar el entramado en Turks and Caicos radica en el hecho de que aquel ”habría sido acercado en ese punto a la organización para prestar su nombre en la constitución de nuevas sociedades a las que se dirigirían los fondos”.
Fue así que Carlos Gellert, primo hermano de la viuda de Muñoz, contactó con la organización a su amigo de nacionalidad mexicana Esparza Hidalgo, quien luego de que su identidad fuera verificada, fue registrado en las Islas Vírgenes Británicas como propietario por transferencia de acciones de “GOLD BLACK LTD” y “OLD WOLF LTD”, 2 de las 16 sociedades conformadas.
“Luego”, prosigue el exhorto de Ercolini, “ante la imposibilidad de acreditar la existencia de un pago de Esparza a cambio de dichas acciones o de justificar con su patrimonio la adquisición de esas sociedades con importantes intereses inmobiliarios”, se registró al mexicano “como fideicomisario para dirigir los negocios de “MARBLE HILL LTD” y “WOODHAVEN LTD” en las Islas Turcas y Caicos, aprovechando para ello su condición de abogado”.
“En otras palabras”, culmina la justicia, “la organización delictiva dedicada al lavado de activos de Muñoz, contando con la intervención de Esparza Hidalgo como prestanombre, habría inyectado parte de los fondos provenientes de la liquidación de los bienes inmuebles en los EEUU con posterioridad a tomar estado público los “Panama Papers”, circunstancia que se plasmó en la adquisición de los derechos garantizados con las cuatro parcelas por parte de “MARBLE HILL LTD”
La posible declaración de Isaac Esparza Hidalgo podría ayudar a que la UIF, si es que así lo dispone, pueda explicar dichos vínculos para intentar, al menos, “reparar en parte el daño a la sociedad”.