El Partido Justicialista de Tucumán, a través del consejero Fernando Arturo Juri, efectuó una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para denunciar que el intendente de la Capital, Germán Alfaro, incurrió en una “maniobra procesal de ocultamiento” en la causa iniciada para requerir la suspensión precautoria de las elecciones provinciales del 14 de mayo.
En ese marco, cabe mencionar que el titular del Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán elevó un escrito -con el patrocinio letrado de Federico Gustavo Vera- para rechazar la pretensión del candidato a vicegobernador por Juntos por el Cambio en contra del decreto de convocatoria para los próximos comicios.
Tanto la demanda de Alfaro como el planteo del concejal Juri pasaron a la órbita de la Procuración General de la Nación, que debe emitir un dictamen -no vinculante- respecto de la cuestión. Juri había sido autor de la presentación judicial que derivó en la sentencia del fuero contencioso mediante la cual se habilitó el adelantamiento de los comicios.
Por eso, es menester dar cuenta acerca de que intercedió en el expediente abierto por la acción del intendente de San Miguel de Tucumán, y denunció “una maniobra procesal de ocultamiento del demandante” respecto de “un proceso anterior con sentencia firme, con idéntico objeto al presente”.
“El 4 de octubre de 2022, (la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo) declaró inadmisible el recurso de casación planteado por el actual actor en este juicio. Luego, el 4 de noviembre siguiente, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia dictó sentencia que declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada. Desde esa fecha, los actuales demandantes omitieron seguir la vía impugnativa mediante Recurso Extraordinario Federal, dejando vencer los plazos legales para hacerlo”, expuso Juri.
Y aseguró que, en lugar de seguir los canales adecuados, Alfaro y sus asesores letrados “promueven una ‘nueva acción’, cuyo objeto es idéntico al planteado en su oportunidad, al intervenir como tercero en el proceso judicial a que se hizo referencia”. Y adjuntó las presentaciones formuladas por el líder del PJS a las que hacía referencia.
“Es decir, ante la inobservancia de las reglas procesales que indicaban en el caso la necesidad de incoar un recurso extraordinario federal, la demandante (Alfaro), dejó firme aquella sentencia, pretendiendo acceder a la Justicia reeditando el mismo e idéntico planteo que el realizado en el juicio ventilado en sede provincial, mediante una demanda judicial nueva en estrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, argumentó Juri.