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El Gobierno impulsa un proyecto en Diputados para eliminar las jubilaciones de privilegio

La iniciativa, presentada por Oscar Zago y Eduardo Falcone con aval de la Casa Rosada, busca derogar las leyes que otorgan regímenes especiales en materia previsional a funcionarios públicos, judiciales y eclesiásticos.

El jefe de bloque del MID en la cámara baja, Oscar Zago
El jefe de bloque del MID en la cámara baja, Oscar Zago (de saco blanco), es uno de los autores del proyecto. (Foto: NA)
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El Congreso se sumerge nuevamente en el tratamiento de proyectos que solicitan la derogación de leyes que establecen jubilaciones de privilegio o regímenes especiales en materia previsional. Los diputados Oscar Zago y Eduardo Falcone, del MID, presentaron una iniciativa que fue avalada desde el Poder Ejecutivo. “Nos interesa ese proyecto”, les dijeron los ministros Guillermo Francos y Federico Sturzenegger a Falcone en la reunión semanal de los lunes en Casa Rosada.

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La próxima semana habrá un nuevo encuentro de la mesa de estrategia parlamentaria. El diputado Falcone, en su proyecto, propone derogar normas que fueron sancionadas durante los gobiernos militares de Jorge Videla y Reynaldo Bignone, y una tercera ley aprobada durante la gestión del expresidente Carlos Menem: “Deróguense las leyes que establecen privilegios previsionales para ciertos funcionarios políticos, judiciales y eclesiásticos en Argentina”. A partir de la derogación, dichas personas pasarían a depender del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

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El artículo tercero aclara: “A partir del cese en sus funciones, el Presidente de la Nación gozará de una asignación mensual vitalicia por los servicios prestados a la Nación durante su mandato. Dicha asignación mensual será equivalente al 80% de la remuneración del Presidente de la Nación en ejercicio”.

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En sus fundamentos, Zago y Falcone expresaron: “Consideramos que el pueblo argentino se ha expresado claramente en las urnas en favor de la racionalización del gasto público y la reducción de impuestos, como condiciones necesarias para liberar las fuerzas productivas de nuestro país y superar el subdesarrollo”.

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Además, aclararon por qué no acompañaron el artículo del proyecto de la ley de Movilidad Jubilatoria que establecía la derogación del beneficio para el binomio presidencial: “Adoptamos entonces esa incómoda postura política porque consideramos que esa derogación, limitada solamente a los dos cargos más relevantes de la gestión del Estado, era oportunista y además insuficiente. A nuestro juicio, la derogación de los privilegios previsionales debía extenderse a todos los funcionarios públicos y no solamente a dos, como preveía el proyecto en debate en ese momento”.

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Los diputados desarrollistas tomaron como antecedente la legislación comparada internacional de los EE.UU.: “La ley de expresidentes de los Estados Unidos, además de una asignación monetaria importante, les otorga altos honores a los expresidentes, quienes ejercen importantes funciones internacionales y son personas de consulta para los Presidentes en ejercicio”. También, en el articulado de la iniciativa, invitan a quienes ya cuentan con regímenes especiales a renunciar a las jubilaciones de privilegio.

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Los beneficiarios de las jubilaciones

Carlos Ruckauf, el único que renunció al beneficio.
Carlos Ruckauf, el único que renunció al beneficio.

En la actualidad, hay 14 expresidentes y exvicepresidentes que cobran jubilaciones de privilegio. Cristina Kirchner percibe jubilación y pensión de privilegio por ser viuda del expresidente Néstor Kirchner, al igual que Alberto Fernández y Mauricio Macri.

Además, están alcanzados por este beneficio los expresidentes María Estela Martínez de Perón y Adolfo Rodríguez Saa. Las viudas de los expresidentes Fernando de la Rúa, Carlos Menem, Marcelo Levingston y la hija de José María Guido también perciben beneficios. Asimismo, los exvicepresidentes Gabriela Michetti, Julio Cobos, Amado Boudou y Daniel Scioli perciben jubilaciones. Carlos Ruckauf renunció a ese beneficio.

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Antecedentes legislativos

En junio pasado, los diputados no avanzaron en el marco del debate de la ley de Movilidad Jubilatoria con el artículo que eliminaba las jubilaciones vitalicias de presidentes y vicepresidentes. Ya en enero, con el envío al Congreso del proyecto de ley Bases, el presidente Javier Milei propuso eliminar las jubilaciones del presidente y vicepresidente de la Nación. “Elimínense las asignaciones mensuales vitalicias destinadas a Presidente y Vicepresidente de la Nación, establecidas por la ley 24.018, para quienes culminen sus mandatos con fecha posterior a la sanción de esta ley”, narraba el texto. La propuesta no prosperó.

En 2022, la diputada María Eugenia Vidal (PRO) propuso la eliminación del beneficio para el presidente y vicepresidente, tal como lo impulsó cuando fue gobernadora de la Provincia de Buenos Aires (2015-2019), con la intención de terminar con asignaciones vitalicias para exgobernadores, exvicegobernadores y exlegisladores de ambas Cámaras del parlamento bonaerense.

Otro antecedente parlamentario data de 2016 y fue representado en 2022 por los diputados Nicolás del Caño, Alejandro Vilca y la exdiputada Myriam Bregman, todos del Frente de Izquierda, quienes buscan derogar las leyes que otorgan estos beneficios. “Estas tres leyes instauran un régimen de privilegios para una casta especial de funcionarios políticos, judiciales y eclesiásticos intolerable”, señalaron los legisladores en sus fundamentos. Aclararon que: “Dos de estas normas fueron sancionadas como ‘decretos/leyes’ en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional por los exgenerales del Ejército condenados por delitos de lesa humanidad Jorge Videla y Reynaldo Bignone, por lo que gozan de nula constitucionalidad. Pese a ello, aún siguen vigentes”.

En agosto de este año, la diputada Silvana Giudici (PRO) presentó una modificación a la ley que beneficia a expresidentes, exvicepresidentes y exjueces de la Corte Suprema, especificando que “perderán el derecho a pensión vitalicia quedando fuera del presente régimen especial, pasando a regirse por el régimen general conforme a las previsiones de la Ley 24.241, en caso de ser condenados por delitos cometidos mientras se encontraran en ejercicio de su función pública. En caso de que se tratase de delitos por causa de corrupción, incumplimiento de deberes de funcionario público y los estipulados en el Título III, ‘Delitos contra la integridad sexual’, Capítulo II del Código Penal, cuando estos tengan condena firme en segunda instancia”.

En sus fundamentos, la diputada Giudici fue específica: “Han tomado estado público diversos hechos de suma gravedad vinculados al expresidente Alberto Fernández, quien a fines de febrero de 2024 quedó formalmente imputado en la causa que investiga el escándalo por la trama de contrataciones por parte del Estado nacional a Nación Seguros, en beneficio de intermediarios y empresas privadas vinculadas al entorno presidencial. La denuncia refiere a delitos de violación a los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y malversación de caudales públicos por parte del expresidente.

En el marco de esa causa y de la pericia realizada sobre los dispositivos móviles de la entonces secretaria presidencial, surgieron evidencias de hechos de violencia de género por parte de Alberto Fernández hacia su entonces pareja, Fabiola Yáñez, quien posteriormente realizó la denuncia judicial y refirió públicamente haber sido abusada física y psíquicamente durante los últimos cinco años, sin haber recibido ayuda o acompañamiento de ningún organismo o persona vinculada al gobierno en ese momento”.

Las leyes en discusión

Las normas fueron sancionadas durante la última dictadura.
Las normas fueron sancionadas durante la última dictadura.

La ley 21.540 de 1977, firmada por Jorge Rafael Videla, otorgó a los arzobispos, obispos y prelados castrenses de la Iglesia Católica una asignación mensual vitalicia equivalente al 60 o 70 por ciento, según el caso, de la remuneración fijada para el cargo de Juez Nacional de Primera Instancia. Con la ley 22.731 de 1983, dictada por Reynaldo Bignone, se otorgó al personal jerárquico del Servicio Exterior de la Nación y a miembros de la Administración Pública Nacional el privilegio de poder jubilarse con el 85 por ciento móvil del mejor haber recibido.

La ley 24.018, sancionada durante el gobierno de Carlos Menem en 1991, ratificó las pensiones vitalicias para el Presidente y Vicepresidente de la Nación, jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y el resto de los funcionarios del Poder Ejecutivo y Judicial, así como para legisladores nacionales.

En octubre de 2002, tras los sucesos de diciembre de 2001 que motivaron la renuncia del expresidente Fernando de la Rúa, el Congreso sancionó la ley 25.668, derogando las leyes 22.731, 24.018 y 21.540, las tres normas cuestionadas. Sin embargo, el expresidente Eduardo Duhalde, mediante el Decreto 2322/2002, la vetó, salvo en lo referente a los privilegios de los legisladores nacionales y funcionarios del Poder Ejecutivo. Argumentó: “Que corresponde observar el proyecto por cuanto al tratar de combatir privilegios inaceptables contradice principios jurídicos fundamentales y genera mayores desigualdades”.

De acuerdo con la ley, los presidentes cobran el equivalente al sueldo de un juez de la Corte Suprema de Justicia, mientras que a los vicepresidentes les corresponde el 75% de ese monto. En tanto, las viudas e hijos menores o discapacitados cobran una pensión equivalente al 75% del haber original.

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