La denuncia contra la médica fue radicada por una tía de la mujer que estaba embarazada. Según se desprendió de la historia clínica, el procedimiento ocurrió pasado 24 de agosto, cerca de las 15.
La ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo dispone en su artículo 4, que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, tienen el derecho a decidir acceder a la interrupción del embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.
Fuera del plazo dispuesto, existen dos excepciones contempladas por el Código Penal: una, que el embarazo fuera producto de un abuso sexual, o bien, que estuviere en peligro la vida o salud integral de la persona gestante. A prima facie, no surgió del análisis de la historia clínica ninguno de los dos casos.
Por lo expuesto, el fiscal penal Gonzalo Ariel Vega, consideró que existen motivos suficientes para que la médica intente evadir los requerimientos del proceso, como así también influir en testigos que pudieran surgir de la investigación.