El Gobierno determinó restricciones en la contratación de empleados, sumado a la obligatoriedad de aprobar un examen. El decreto 1148/2024 publicado en el Boletín Oficial estableció que las designaciones deberán ser validadas por el ministerio de Desregulación, encabezado por Federico Sturzenegger.
Las restricciones alcanzan a la Administración Nacional y “entes públicos “excluidos expresamente” en esta órbita, “cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones”.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei y por Sturzenegger, argumentó que “en lo que respecta a la transformación de la política de gestión del empleo público corresponde adoptar medidas que optimicen los recursos del Estado asignados a las designaciones transitorias y contrataciones de personal en el Sector Público Nacional”. Los pedidos de designaciones deberán ser validados por el ministerio liderado por Sturzenegger.
La resolución determinó que estas medidas “tienen por objeto garantizar el ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional y propender al mantenimiento de una planta de personal que se adecúe razonablemente a las estructuras y necesidades del Sector Público Nacional”. Aclaró que “los límites establecidos no deben ir en desmedro de la posibilidad de realizar designaciones y contrataciones de personal cuando respondan a necesidades estratégicas para el funcionamiento del Sector Público Nacional”.
El Gobierno determinó la obligatoriedad a que los estatales deban aprobar un examen
El Gobierno determinó además por medio del decreto 1149/2024 publicado en el Boletín Oficial que los empleados públicos deberán aprobar un examen, “la Evaluación General de Conocimientos y Competencias durante el mes de diciembre de 2024, y que las personas que no lo hubiesen aprobado “no podrán ser contratadas durante el Ejercicio 2025, por períodos que excedan el 31 de marzo de 2025″.
Cuáles son las designaciones exceptuadas de las restricciones
- Las designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467 y en el marco de la Decisión Administrativa Nº 970/21 y su modificatoria; en las Universidades; en el Servicio Exterior de la Nación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus complementarios; en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.
- La cobertura transitoria de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, designaciones de titulares de unidades de departamento y división y cargos equivalentes en las estructuras orgánico funcionales vigentes, cualquiera fuera el régimen laboral y convencional aplicable al personal de cada jurisdicción y entidad.
- Las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
- Las designaciones de Personal de Gabinete, en los términos del artículo 10 del Anexo de la Ley N° 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.
- Las contrataciones efectuadas mediante el Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI), aplicable al personal que preste servicios en jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional.
- Las designaciones en las plantas permanentes de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, como resultado de procesos de selección de personal.
- La cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo de Discapacidad instaurado a través de la Ley Nº 22.431.
- Las designaciones y contrataciones que se efectúen como consecuencia de cambios del régimen de prestación de servicios, aplicable al personal de una jurisdicción o ente descentralizado, siempre que esas modificaciones no afecten el monto de presupuesto destinado a tales fines.
El 95% de los empleados públicos aprobaron el examen de idoneidad en el primer intento
El 95% de los empleados públicos que rindieron el “examen de idoneidad” impulsado por el Gobierno aprobaron en el primer intento. Según datos del ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, hasta el momento 9000 trabajadores estatales de planta transitoria y contratados completaron las pruebas, que son obligatorias e incluyen preguntas de competencias básicas.
- Hay tres tipos de evaluaciones: una orientada a “servicios generales”, otra a “administrativos” y una última a “profesionales”. Todas son anónimas, tienen una duración de una hora y se realizan de manera presencial, en formato multiple-choice. Los resultados se procesan de forma automática para evitar cualquier sesgo en la corrección.
- Cada trabajador cuenta con tres intentos para aprobar el examen aunque, por ahora, casi la totalidad de los evaluados los rindió bien en la primera oportunidad.
- La evaluación se implementa “por etapas”, y la primera fase alcanzaa Jurisdicciones y Entidades que tengan su asiento habitual de trabajo en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) con alrededor de 2000 exámenes diarios.