El Gobierno imputó por presunta cartelización a un grupo de empresas de medicina prepaga, a la Unión Argentina de Salud y al empresario Claudi Belocopitt, según informó este jueves el vocero presidencial, Manuel Adorni.
El portavoz explicó que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) formalizó la imputación por los aumentos de precios de los planes de salud detectados entre diciembre de 2023 y abril de 2024. Indicó, además, que las empresas tendrán “20 días hábiles para presentar su descargo y ofrecer pruebas para desvirtuar la conducta imputada”.
La imputación avanzó por “haber hallado indicios múltiples de un acuerdo colusivo” para fijar los valores de las cuotas en los meses investigados. Adorni también contó que, en caso de que se confirme la presunta cartelización, el Gobierno podrá multar a las empresas con “el 30% de su volumen de negocios o hasta el doble del beneficio que obtuvieron por el ilícito cometido”.
Las empresas de medicina prepaga que fueron imputadas son la CNDC son Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical., Omint y OSDE. También fue imputada la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, en carácter de actual presidente de Swiss Medical y entonces presidente de la UAS.
La CNDC fijará un plazo que no podrá ser mayor a 90 días hábiles para que se produzca la prueba concedida, pero de ser necesario se podrá presentar una prórroga por 90 días hábiles más. Una vez concluido este período, las partes imputadas tendrán seis días hábiles para presentar sus alegatos.
En abril, la Secretaría de Industria y Comercio, en conjunto con la CNDC, intervinieron con una medida de tutela anticipada que obligó a las empresas del sector a retrotraer los precios de los planes de salud a los vigentes en diciembre de 2023.
También instó a las empresas de medicinas prepagas a “cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la UAS o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial”.
“La CNDC recuerda que los acuerdos entre competidores o prácticas concertadas, comúnmente conocidos como cárteles, constituyen una infracción grave a la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 30 % de la facturación de las empresas infractoras en Argentina”, detallaron desde la Secretaría de Industria y Comercio.
Desde la cartera que conduce Pablo Lavigne remarcaron que “el artículo 2 de la Ley de Cartelización clasifica a los cárteles de núcleo duro como prácticas absolutamente restrictivas de la competencia, los cuales consisten en el acuerdo entre dos o más competidores para fijar precios, restringir la oferta, repartirse el mercado o coordinar posturas en licitaciones, concursos o subastas”.