Cerca de las 24 horas este lunes, finalmente el Comité Operativo de Emergencia (COE) Tucumán emitió una serie de resoluciones para adecuar a las nuevas disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 720/20 que dio a conocer el Gobierno nacional (792/20). Entre ellas, publicó la resolución 113, donde señaló que “esta resolución exceptúa a los establecimientos gastronómicos, que podrán abrir de 7 a 23, sólo con mesas afuera y tres personas por mesa. También se los libera de este instrumento legal a los gimnasios, centros de entrenamientos y estudios específicos hasta las 21 en sus modalidades ya preestablecidas en resoluciones anterior”.
El resto de resoluciones del COE, son las siguientes:
Resolución 110: Podrán circular de 23.30 a 7 las personas que revisten el carácter de personal esencial.
Resolución 111: La necesidad de extremar las medidas relativas a la limitación interjurisdiccional en el territorio provincial a partir de las 18:00, hasta las 23:30 horas de Lunes a Viernes, y de 15:00 a 23:30 horas los fines de semana y feriados.
Resolución 112: Está prohibida la celebración de Cultos, ferias, velatorios, natatorios públicos y privados, practica de deportes con contacto físico, realización de salidas recreativas en plazas y parques.
Resolución 113: No está permitido:
1. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
2. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
3. Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 22 de este decreto, como las personas que realizan trabajos esenciales.
4. Turismo.