Es el caso del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que por aquel entonces consideraba que la iniciativa de Cambiemos ponía “en riesgo la independencia” del organismo y debilitaba “la figura del Procurador General”.
“El proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa ingresado al Senado de la Nación pone en riesgo la independencia y autonomía de ambos organismos. La propuesta constituye un peligro para la división de poderes y amenaza con debilitar la figura del Procurador General y del Defensor General”, remarcó el CELS en un texto publicado en su web en noviembre de 2017.
Con respecto a los cambios propuestos con vistas a la designación del Procurador, para lo que bastaría el apoyo de la mitad más uno de los senadores, afirmó que “la necesidad de mantener el requisito de los dos tercios no es un capricho”. “Esa exigencia obliga al Poder Ejecutivo a proponer candidatos idóneos que superen las diferencias políticas de los sectores legislativos en razón de reunir las capacidades necesarias que el cargo le exige redundando así en mayor independencia y legitimidad”, agregó el CELS.
Asimismo, en cuanto a la forma de removerlo de su cargo, aseguró que “un/a Procurador/a fácil de remover es menos proclive a investigar casos que afecten al poder de turno”. En ese sentido, destacó: “En el proyecto presentado se elimina el juicio político, reemplazándolo por un mecanismo endeble que permite la destitución por mal desempeño por simple mayoría en ambas cámaras del Congreso. Incluso se faculta al Presidente de la Nación a suspender al Procurador por seis meses de manera arbitraria”.
En la misma dirección, el CELS destacó que “la duración del mandato propuesta no permite generar y desarrollar un plan de acción en política criminal”, en alusión a que el cargo dejaría de ser vitalicio para tener un plazo de 5 años, renovables por 2 años más. “La duración del mandato del/la Procurador/a también se vincula con su autonomía. El cargo no debe ser vitalicio y, por lo tanto, debe tener límites temporales. Pero el proyecto establece un período sumamente corto. Por un lado, 5 años es un plazo muy exiguo para que un Procurador genere y desarrolle un plan de trabajo estratégico que enfoque las necesidades de política criminal. Por otro, no es conveniente establecer mandatos renovables, ya que la prioridad del Procurador será conseguir apoyos políticos que le permitan lograr una prórroga. Es preferible evitar la posibilidad de renovación y en su reemplazo establecer un mandato de mayor duración (7 u 8 años) que permita diseñar y ejecutar políticas de largo plazo”.
Por otra parte, por ese entonces resultaba inminente la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Nación, por lo que el CELS advirtió: “Los fiscales asumirán la dirección de las investigaciones, con un rol protagónico en el proceso penal. Una reforma como la propuesta implica que las decisiones relativas al avance o al estancamiento de las causas más sensibles –corrupción, narcocriminalidad, violaciones a los derechos humanos, trata de personas– queden en manos de un órgano debilitado y condicionado por el poder político de turno”.
Por último, el Centro de Estudios Legales y Sociales reclamó que “cualquier reforma de la ley orgánica de un organismo tan sensible como Ministerio Público Fiscal y de la Defensa debe convocar a todas las organizaciones de la sociedad civil que desde hace años trabajamos por la consolidación del Estado de Derecho”.
“Decisiones tan relevantes para el futuro de la Justicia Federal requieren un debate amplio y plural que no puede lograrse con un proyecto de ley negociado a puertas cerradas”, concluyó el texto publicado en 2017.
Tres años más tarde, en un comunicado publicado en noviembre de 2020, el CELS fijó su postura con respecto a la reforma del Ministerio Público Fiscal que promueve el kirchnerismo. “La futura implementación del sistema acusatorio en el ámbito de la justicia penal federal le dará más atribuciones a las y los fiscales lo que a su vez realzará el rol político de la procuradora o el procurador general”, opina con marcadas diferencias.
Con respecto a limitar el mandato del procurador a cinco años, con posibilidad de extenderlo por otros cinco más, ahora el CELS lo define como “un cambio positivo”, el cual “tiene un consenso amplio porque ayuda a dotar de legitimidad democrática a la conducción del MPF y favorece la rendición de cuentas”.
Sobre el proyecto de cambiar la mayoría necesaria para designar al procurador, el Centro de Estudios Legales y Sociales considera que “el criterio de la mayoría de dos tercios siempre estuvo orientado por el propósito de que la designación contara con un acuerdo político amplio. Como es evidente, el sistema político no puede llegar a este tipo de acuerdo y esta regla se ha convertido en un mecanismo de bloqueo que opera a favor de la continuidad de las gestiones transitorias, pero que tienen efectos que no lo son”. Por lo que afirma que “esta reforma legal busca resolver políticamente este bloqueo institucional”.
No obstante, en sintonía con la postura tomada con respecto al proyecto del macrismo, el CELS señaló que si se avanza con la reforma del mecanismo de remoción, “será más fácil avanzar en un proceso de juicio político contra el procurador o procuradora, lograr la acusación y obtener una suspensión en el cargo por 180 días”. En conjunto, esta reforma del procedimiento debilita la estabilidad en el cargo de la máxima autoridad del MPF, lo que resulta contradictorio con la intención de fortalecer el rol de la cabeza del Ministerio Público Fiscal: un mandato limitado y con menos resguardos para su estabilidad pueden condicionar su independencia”.