Vacunación Dengue

El Gobierno dispuso aumentos de hasta el 32% de los principales biocombustibles

La Secretaría de Energía actualizó los valores de referencia del biodiésel, que tuvo la mayor variación, y del bioetanol, que tuvo un incremento del 19,2% para su versión en base a maíz y del 12,4% para la de caña de azúcar

surtidores
Vacunación Dengue

El Gobierno aumentó los precios de los principales biocombustibles, que van del 12% a más del 30% respecto a la última actualización de mediados de noviembre, según se estableció por medio de las resoluciones 963 y 964 publicadas este jueves en el Boletín Oficial con la firma de la secretaria de Energía, Flavia Royón.

En el marco de la Ley Nº 27.640, el valor del biodiesel para su adquisición, elaborado en base a aceite de soja que se mezcla con el gasoil, pasó de $520.000 a $686.986 por tonelada, lo que representa un alza del 32,1%.

Fumigación y Limpieza

El valor del bioetanol, a base de caña de azúcar que se mezcla con la nafta, varió de $310 a $348,539 por litro, lo que significa un encarecimiento del 12,43%. Mientras que el fabricado con maíz escaló del $303 a $361,167 por litro, lo que se traduce en una actualización del 19,2%.

Movilidad Urbana

El plazo de pago de este biocombustible elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente. Mientras que, en el caso del biodiésel, se fijaron los 7 días corridos como tope límite.

En la disposición, se recuerda que los precios del bioetanol, destinados al mercado interno, son actualizados mensualmente por dicha dependencia y publicados en su página web con la misma temporalidad, de acuerdo a la variación porcentual del precio en el surtidor de las naftas comercializadas a través de las estaciones de servicio de YPF en la Ciudad de Buenos Aires, lo cual fue ratificado por el decreto N° 717 del 18 de octubre de 2021.

A su vez, se incluyó la facultad de la Secretaría de Energía de establecer “mecanismos alternativos” para la determinación del precio del bioetanol, de aplicación excepcional en los casos en que se verifiquen “desfasajes sustanciales”.

Dejanos tu Comentario