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Fernanda Vallejos. Tras la polémica, detallan cómo devolver la ayuda estatal a empresas

La información llega luego de que se endurecieran los requisitos para cubrir los salarios de mayo y de que una diputada oficialista propusiera que el Estado se quedara con una parte de las compañías que beneficia Fuente: LA NACION - Crédito: María Amasanti
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AFIP comunicó hoy el mecanismo para devolver el salario complementario de aquellas empresas inscriptas en la ayuda estatal para pagar sueldos, pero que se hayan arrepentido de participar. La información llega luego de que se endurecieran los requisitos para cubrir los salarios de mayo y de que una diputada oficialista propusiera que el Estado se quedara con una parte de las compañías que beneficia.

Quienes soliciten la baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán restituir los salarios devengados en abril hasta el 31 de mayo inclusive. Para los salarios devengados en mayo y los siguientes meses -en caso de extenderse el beneficio- la normativa establece que el reintegro del salario complementario podrá realizarse hasta el día 20 inclusive del mes en que se haya realizado el pago, explicaron fuentes oficiales.

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Se aplicarán intereses sobre ese importe que se reintegra, que se calcularán desde la fecha en que se hayan acreditado las sumas en las cuentas de los trabajadores hasta la fecha de la efectiva transferencia según la evolución del índice CER.

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Quienes soliciten la baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán restituir los salarios devengados en abril hasta el 31 de mayo inclusive

Para la segunda vuelta, cuya inscripción está abierta hasta el jueves, el programa endureció sus requisitos. Ayer se conoció que todas compañías que ingresen tendrán prohibido distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; recomprar acciones; adquirir títulos valores en pesos para venderlos en moneda extranjera o transferirlos al exterior y realizar erogaciones a sujetos “relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se halle en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación”.

Estas condiciones antes solo aplicaban a las compañías de más de 800 empleados que ingresaran en el programa, pero ayer el comité de evaluación del programa decidió que se extendiera a todas las firmas.

“Si el Estado decide subsidiar a grandes grupos sería razonable, como lo han hecho antes y lo están haciendo ahora las economías más desarrolladas, que lo haga no como un regalo a esas empresas, sino a cambio de una participación en el capital de las compañías”, dijo la diputada Fuente: Archivo

Por otro lado, la comunicación llega al día siguiente de que la diputada Fernanda Vallejos, del Frente de Todos, propusiera que el Estado nacional se quede con parte de las empresas a las que ayuda con fondos para superar la crisis profundizada por el coronavirus.

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“Si el Estado decide subsidiar a grandes grupos sería razonable, como lo han hecho antes y lo están haciendo ahora las economías más desarrolladas, que lo haga no como un regalo a esas empresas, sino a cambio de una participación en el capital de las compañías”, sostuvo a través de su cuenta de Twitter.

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (también conocido como “ATP”) contempla dos tipos de beneficios: postergación de pago o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales y una asignación compensatoria del salario. A mediados de abril, se conoció que ocho de cada 10 empresas argentinas pidieron ayuda para pagar salarios, aunque solo la mitad (unas 220.000 compañías) cumplió con los requisitos y recibió la ayuda.

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