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Por dos robos cometidos en el microcentro, “Chuña” Brito recibió una condena a nueve años de cárcel

El condenado había asaltado un drugstore de calle Santiago al 600 y un local de 25 de Mayo al 400 el año pasado.

mpf tucumán
Ministerio Público Fiscal de Tucumán
Descacharreo

Pedro Antonio Brito, apodado “Chuña”, fue condenado a nueve años de prisión, acusado de ser el autor de dos robos a mano armada en el microcentro capitalino, ocurridos el año pasado. Ayer miércoles al mediodía y luego de cuatro jornadas de debate, el juez actuante validó la teoría del caso expuesta por el fiscal Diego López Ávila, a cargo de la Unidad Especializada de Robos y Hurtos I del MPF, cuya pretensión punitiva era de 14 años.

En su alegato de cierre, realizado en la audiencia de ayer martes 13 de septiembre, el investigador se refirió a la selectividad empleada por el agresor. “Un sujeto violento que seleccionó a sus víctimas absolutamente vulnerables, que se encontraban en una situación de inferioridad con respecto a la supremacía corporal y física del individuo, quien además estaba armado”, afirmó.

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En otro tramo de su exposición, cabe mencionar que el fiscal Diego López Ávila manifestó: “Existió un exceso de violencia por parte de “Chuña” Brito quien procedió a golpearlas e inclusive a una de las víctimas de forma desmedida provocándole, incluso, golpes en la cabeza y debajo de su ojo izquierdo, lesiones corroboradas por el médico forense con la historia clínica correspondiente.

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La innecesaria violencia es un punto en común en todas las versiones brindadas y la utilización de la vestimenta empleada (uso del barbijo y la gorra) es una constante, es decir, un modo de actuar. Una circunstancia tendiente a buscar una impunidad. No podemos no destacar la temporalidad de un mes entre ambos hechos que se suscitan en una zona muy cercana con las mismas características, es decir, la utilización del arma, la vestimenta y la forma de ocultarse de las personas”.

Sobre el elemento que empleó para atemorizar a las empleadas de los locales, ubicados en calle 25 de Mayo al 400 y en Santiago al 600, el representante del MPF agregó: “La existencia del arma utilizada (de aire comprimido) al momento de los hechos quedó plasmada en las filmaciones. Las apuntó y aumentó su poder ofensivo. La empleó como elemento contundente al provocar lesiones”.

En esa línea, es menester mencionar que, finalmente, y tras de lo que fueron las palabras finales, el juez actuante en esta causa judicial luego de un cuarto intermedio procedió a condenarlo por los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya operatividad no puede por tenerse por acreditada (primer hecho) en concurso real con abuso de armas, ambos en calidad de autor.

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