Vacunación Dengue

Se conoció el primer fallo por tenencia de droga en el marco de la nueva ley de narcomenudeo

Se trata de una mujer de Alderetes que tenía 40 gramos de marihuana y 60 de cocaína recibió una pena de tres años condicional.

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Tres semanas después de que se pusiera en marcha y gracias a la agilidad que aporta el nuevo Código Procesal Penal, ayer se firmó la primera condena por la ley de narcomenudeo. Si bien es histórico, el fallo tiene una mayor importancia porque generó cuatro precedentes para el futuro. La primera pena fue por tenencia; los errores en una mala investigación policial complican el accionar de la Justicia; la prueba de campo que se le hace a la sustancia es suficiente para llegar a una pena; y la polémica que puede generar el destino final de la droga secuestrada.

El 7 de diciembre, personal de la comisaría de Lastenia consiguió que el juez Guillermo Taylor autorizara el allanamiento en el domicilio de Imelda Bustos por una causa en la que investigaban el robo de una moto. En el domicilio, ubicado en el barrio Santa Isabel de Alderetes. Al realizar la medida, los policías encontraron 48 bagullos de marihuana (poco más de 40 gramos) y unas 60 dosis de cocaína (menos de 10 gramos).

Asistencia Pública

La mujer fue detenida y, en un primer momento, acusada de comercialización de drogas. En dos semanas, el defensor de la acusada, Gustavo Cornejo, y los referentes de la Unidad Fiscal de Narcomenudeo que conduce José Sanjuán, acordaron cerrar el expediente a través de un juicio abreviado. La acusada aceptaría su culpabilidad, haría un resarcimiento económico de $98.000 (el dinero que se secuestró en el allanamiento, que será destinado a los centros de recuperación de adictos).

Movilidad

Y realizaría un tratamiento para las adicciones y no cometería ningún otro delito a cambio de que se le impusiera una pena de tres años de cumplimiento condicional. En la audiencia que se realizó el pasado jueves, la auxiliar Brenda Deroy, siguiendo las instrucciones del fiscal Sanjuán, señaló que la acusada debía ser penada por tenencia simple (porque no se pudo probar que era para la venta ni para consumo) y no por comercialización de drogas.

Argumentó que debieron reformular los cargos porque no tenían pruebas para sostener la primera imputación. Relató, por ejemplo, que, en las actuaciones enviadas a la fiscalía, la Policía presentó un testigo (su identidad se preserva) que les había asegurado que Bustos vendía drogas. Sin embargo, al ser citado para que ratifique sus dichos, el hombre dijo que él no había declarado eso.

La fiscalía buscó en vano otras alternativas para mantener la acusación. En un informe socioambiental en el vecindario, ningún habitante la acusó como vendedora de drogas. Personal de la Didrop Este tampoco encontró imágenes tomadas por las cámaras –en la zona no existen- para tratar de encontrar alguna escena en donde apareciera una operación de compra de sustancia. En el allanamiento tampoco hubo secuestros de elementos que permitieran presumir que la sustancia era para la venta.

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